Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 42 de 10/04/1997

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 19 de febrero de 1997, de la Dirección General de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado, por la que se concede la participación a los centros seleccionados en el programa Aulas Viajeras de Andalucía 96-97.

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Habiéndose convocado para el presente curso 96-97 el programa «Aulas Viajeras de Andalucía 96-97¯ por Orden de esta Consejería de 10 de diciembre de 1996 (BOJA núm. 10, de 23-1-97) para escolares de 1º y/o 2º de ESO y

8º de EGB de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de acuerdo con el artículo duodécimo de la citada Orden de convocatoria, y a propuesta de la Comisión Seleccionadora, esta Dirección General de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado

HA RESUELTO

Primero. Conceder la participación en el programa educativo «Aulas Viajeras de Andalucía 96-97¯ a los centros relacionados en el Anexo I para la ruta de Andalucía Occidental y Anexo II para la ruta de Andalucía Oriental, una vez valoradas las solicitudes por la Comisión Seleccionadora constituida según el artículo séptimo de la Orden de convocatoria, y en función de las fechas y plazas disponibles, de acuerdo con las asignaciones presupuestarias destinadas a dicho programa educativo.

Segundo. Las ayudas concedidas a los centros participantes para la financiación de la actividad comprenden lo especificado en el artículo décimo de la Orden de convocatoria, con cargo a la aplicación presupuestaria

01.18.00.03.00.22900.32F de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Los grupos deberán ajustarse al módulo de 25 alumnos/as y 1 profesor/a acompañante, que deberá ser el tutor/a o alguno/a de los que habitualmente imparte clases al grupos de alumnos/as.

Tercero. Los profesores/as participantes se comprometen a:

1. Realizar en el centro un trabajo de Preparación Previa de la ruta asignada, en base al material didáctico y a las orientaciones pedagógicas y organizativas remitidas desde la Dirección General de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado, elaborando un Cuaderno de Ruta para cada alumno/a, donde cumplimente las actividades de cada jornada.

2. Desarrollar la ruta durante las fechas asignadas, en función de los objetivos de la ruta y de las actividades y visitas programadas.

3. Elaborar una Evaluación posterior de la actividad mediante la redacción de una Memoria evaluadora y la puesta en marcha de mecanismos para extender lo aprendido durante la experiencia al resto de la Comunidad Educativa.

Cuarto. La Consejería de Educación y Ciencia enviará el material didáctico y divulgativo, junto con las orientaciones necesarias en los aspectos educativos y organizativos para el mejor desarrollo de la actividad.

Quinto. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses tras la publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a los artículos 37.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y 110.3 de la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 19 de febrero de 1997.- La Directora General, Isabel de Haro Aramberri.

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