Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 48 de 24/04/1997

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Consejería de Economía y Hacienda

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Sevilla, por el que se practican notificaciones tributarias correspondientes a la Oficina Liquidadora de Dos Hermanas.

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Expedientes de comprobación de valores y liquidaciones tributarias.

Por la presente se hace saber a los señores que a continuación se relacionan, en la actualidad en ignorado paradero, que por esta Oficina Liquidadora de Dos Hermanas, en el expediente de comprobación de valores y su correspondiente proyecto de liquidación que en ella se tramita por el concepto tributario que se señala, se han practicado las valoraciones y liquidaciones correspondientes por los conceptos y ejercicios que se indican:

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

En caso de disconformidad con la valoración practicada podrán solicitar Tasación Pericial Contradictoria, en el plazo de quince días a contar desde el siguiente a la publicación de esta notificación.

Igualmente contra el resultado de la valoración o la liquidación practicada puede interponer recurso de reposición en idéntico plazo ante esta Oficina Liquidadora.

Ante el Tribunal Económico Administrativo Regional, en idéntico plazo, pueden interponer reclamación económico-administrativa no siendo simultaneable esta reclamación con el recurso de reposición.

Los expedientes se encuentran a disposición de los interesados en la Dependencias de la Oficina Liquidadora de Dos Hermanas.

Lo que se publica en el Boletín Provincial de la Junta de Andalucía para su notificación a los sujetos pasivos, con la advertencia de que deberán ingresar en la Caja de esta Oficina Liquidadora o entidades colaboradoras el importe de la deuda tributaria en los siguientes plazos: Los publicados en el Boletín de la Junta de Andalucía del 1 al 15 de cada mes hasta el día 5 del mes siguiente. Los publicados entre los días 16 y último de cada mes hasta el 20 del mes siguiente. Transcurridos dichos plazos será exigido el ingreso en la vía ejecutiva con recargo del 20%.

Cuando cualquier de los anteriores finalice en el día inhábil, quedará automáticamente ampliado su término en el día hábil inmediato posterior.

Sevilla, 3 de marzo de 1997.- El Delegado, Juan Fco. Sánchez García.

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