Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 5 de 11/01/1997

1. Disposiciones generales

Consejería de Economía y Hacienda

DECRETO 516/1996, de 10 de diciembre, por el que se acepta la donación a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el Ayuntamiento de Granada, de una parcela de 2.347 metros cuadrados de superficie, sita en el Plan Parcial P-10 de esa ciudad, para la construcción de un Centro de Día para la Tercera Edad.

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Por El Ayuntamiento de Granada, fue ofrecida a la Comunidad Autónoma de Andalucía una parcela de 2.347 metros cuadrados de superficie, sita en el Plan Parcial P-10 de esa ciudad, para la construcción de un Centro de Día para la Tercera Edad.

Por la entonces Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales (hoy de Asuntos Sociales) se considera de interés la aceptación de la referida donación en orden a la mejora de la atención a la Tercera Edad.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 10 de diciembre de 1996,

DISPONGO

Primero. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 80 de la Ley

4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la donación ofrecida por el Ayuntamiento de Granada, cuyo objeto es la siguiente parcela:

- Porción de terreno de 2.347 m a segregar de la finca que se describe como: Urbana. Espacio Docente y Social. Porción de suelo que en la documentación del Plan Parcial del Sector P-10 del PGOU de Granada, se identifica como espacio D-ES, situado en la Unidad Básica. Linda: Norte, con rotonda de acceso a la Circunvalación; Sur, calle que lo separa del solar número siete; Este, calle que desde la rotonda de Circunvalación discurre en dirección al río Genil; Oeste, calle que lo separa del límite del Plan. Extensión: Cinco mil seiscientos diez metros cuadrados. Destino: Centro Docente y Equipamiento Social. Edificabilidad: Mil quinientos veintidós metros cuadrados de Centro Docente y dos mil novecientos diecisiete metros cuadrados en equipamiento social.

Figura inscrita en el Registro de la Propiedad número de Granada, al Libro

141, Tomo 629, Folio 075, Finca núm. 15.773, inscripción 1ª a favor del Ayuntamiento de Granada.

Segundo. De acuerdo con el artículo 14 de la citada Ley, los terrenos deberán incorporarse al Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía una vez inscritos a su nombre en el Registro de la Propiedad, quedando adscritos a la Consejería de Asuntos Sociales para la construcción de un Centro de Día para la Tercera Edad.

Tercero. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto se dispone en el presente Decreto.

Sevilla, 10 de diciembre de 1996

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda

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