Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 53 de 8/5/1997

1. Disposiciones generales

Consejería de Cultura

RESOLUCION de 24 de abril de 1997, de la Dirección General de Juventud y Voluntariado, por la que se regula y convoca el Programa de Campos de Trabajo de Servicio Voluntario para Jóvenes.

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A la Dirección General de Juventud y Voluntariado de la Consejería de Cultura le corresponde, con carácter general, la asistencia de la juventud y del voluntariado, por lo que además de las que le atribuyan otras disposiciones, en virtud de lo establecido en el artículo 9.1, apartados e) y j), del Decreto 259/1994, de 13 de septiembre, de Estructura Orgánica Básica de la citada Consejería, desempeñará por un lado las funciones de fomentar, reglamentar y organizar servicios y actividades que hagan posible la participación, la promoción social y cultural y el desarrollo de la actividad de los/las jóvenes; y por otro lado, la promoción de la participación, a través del voluntariado y la iniciativa social en Andalucía, impulsando y desarrollando a estos efectos los necesarios mecanismos de coordinación, reglamentación, planificación, seguimiento y evaluación correspondientes.

En este marco competencial y funcional, y con el fin de fomentar la cooperación, la solidaridad y el voluntariado entre la juventud andaluza, se oferta el «Programa de Campos de Trabajo de Servicio Voluntario para Jóvenes¯, que comprende la realización de actividades con un claro interés social y que revierten en beneficio de la comunidad, además de establecer un medio para facilitar el intercambio, la interculturalidad y la convivencia de los participantes.

A tal fin, previo informe favorable, y teniendo en cuenta la disposición anteriormente citada y las normas de general aplicación, esta Dirección General resuelve:

Primero. Plan de actividades.

Ofertar el plan de actividades denominado «Programa de Campos de Trabajo de Servicio Voluntario para Jóvenes¯.

El Programa de Campos de Trabajo de Servicio Voluntario para Jóvenes comprende 16 proyectos, a desarrollar durante los meses de julio y agosto de

1997, con un total de 490 plazas.

La oferta del Programa es la que se detalla en el Anexo I a esta Resolución, especificando por cada proyecto su denominación, tipo de clave identificativa de la provincia en la que se va a desarrollar, la modalidad, el lugar donde se va a celebrar, la forma de alojamiento, la fecha de desarrollo, la edad de los/las participantes y el número de plazas.

Segundo. Participantes.

De acuerdo con las plazas disponibles, podrán solicitar su participación los/las jóvenes andaluces/zas o integrantes de Comunidades Andaluzas asentadas fuera de Andalucía, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 del Estatuto de Autonomía, así como jóvenes residentes en nuestra Comunidad Autónoma, con las edades que se especifican para cada campo, teniendo en cuenta que el día del inicio del turno correspondiente ha de tenerse cumplida la edad mínima señalada y no sobrepasar la máxima. También podrán participar jóvenes de otras Comunidades Autónomas del Estado, o de países extranjeros, en régimen de intercambio recíproco y previamente concertado. Esta participación se coordina con los Servicios de Juventud de aquéllas o el Injuve, gestionando estos Organismos las plazas que se concedan.

Tercero. Servicios que comprende.

- Alojamiento, en la forma que se especifica para cada proyecto.

- Manutención en régimen de pensión completa.

- Material necesario para la realización de las actividades.

- Equipo de técnicos y especialistas encargados de la realización del proyecto y de velar por su normal desarrollo.

- Atención sanitaria de primeros auxilios y seguro de accidentes.

- Con carácter general, el transporte para la incorporación al lugar de desarrollo de la actividad y retorno al de origen, no está incluido dentro de los servicios que se prestan.

Cuarto. Procedimiento de solicitud.

Las solicitudes deberán formularse obligatoriamente en el modelo que figura como Anexo II de la presente Resolución.

Cada joven podrá solicitar los campos que le interesen siempre que no coincidan en las fechas, cumplimentando un solo boletín por cada uno de ellos.

Las solicitudes, debidamente cumplimentadas y dirigidas al Ilmo. Sr. Director General de Juventud y Voluntariado, se remitirán o presentarán, preferentemente, junto con la fotocopia del DNI (o, en su defecto, documento oficial acreditativo de la edad), en la Delegación Provincial de la Consejería de Cultura organizadora de la actividad, según la clave correspondiente detallada en el Anexo III, en donde aparecen las direcciones de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Cultura o por cualquiera de los medios establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Quinto. Plazos.

El plazo de solicitud se inicia el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y finaliza el día 26 de mayo.

Sexto. Adjudicación de plazas.

1. Las Delegaciones Provinciales correspondientes, una vez finalizado el plazo de inscripción y recibidas todas las solicitudes, realizarán la adjudicación de las plazas de aquellos Campos de Trabajo que se desarrollen en su provincia.

2. A cada Boletín de Solicitud se le asignará, en la Delegación Provincial correspondiente, un número de entrada correlativo que se hará público, exponiéndolo en el tablón de anuncios de cada Delegación Provincial de la Consejería de Cultura.

3. La adjudicación de plazas se realizará de la siguiente forma:

a) Por adjudicación directa, en el caso de que el número de solicitudes sea inferior o igual al de plazas ofertadas.

b) Por sorteo, cuando el número de solicitudes sea superior al de las plazas ofertadas.

4. El sorteo se realizará en presencia del/de la Delegado/a Provincial de la Consejería de Cultura correspondiente, que velará por los principios de publicidad, concurrencia y objetividad, levantando Acta del mismo, el/la Secretario/a General de la Delegación Provincial.

5. El resultado del sorteo se hará público, confeccionándose las correspondientes listas de admitidos y de espera por cada Campo de Trabajo, que se expondrán igualmente en el tablón de anuncios de cada una de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Cultura y, asimismo, se le comunicará a los/las solicitantes admitidos/as el turno que le haya correspondido.

Séptimo. Documentación.

Los/las jóvenes que hayan resultado seleccionados/as deberán abonar la cuota correspondiente mediante ingreso o transferencia bancaria en: Banesto, Oficina Principal de Sevilla, c/c núm. 641984/271, a nombre de InturjovenCampos de Trabajo de Servicio Voluntario para Jóvenes 1997 y presentar en la Delegación Provincial de la Consejería de Cultura organizadora de la actividad que figure en la clave en el plazo de 4 días naturales a contar desde la notificación, la siguiente documentación:

- Original del resguardo del ingreso bancario.

- Cuestionario Médico-Sanitario, según modelo Anexo IV.

- Fotocopia de la Cartilla de la Seguridad Social u otro documento sanitario que acredite la cobertura en caso de enfermedad o accidente.

Octavo. Cuota.

Se establece una única cuota de 9.000 ptas. por Campo de Trabajo.

Sevilla, 24 de abril de 1997.- El Director General, Federico Pérez Peralta.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

ANEXO II

Boletín de Solicitud (ANVERSO)

(Campos de Trabajo de Servicio Voluntario para Jóvenes)

A) DATOS DEL/DE LA SOLICITANTE

Apellidos: ..................... Nombre: ......................... Fecha de nacimiento: .../.../... Edad años: ..... DNI: ........... Dirección: ............................. , núm. ...... Piso: ..... Localidad: ............ CP: ......... Provincia: ................. Teléfono: ................... Idiomas que hablas: ................ Actividades de este tipo que has realizado anteriormente: ........ .................................................................. ..................................................................

B) Solicita el siguiente Campo de Trabajo:

CLAVE DENOMINACION FECHAS EDAD

El/la abajo firmante solicita su inscripción en el Campo de Trabajo señalado en el apartado B) del presente Boletín, comprometiéndose a aceptar la normativa legal vigente para este tipo de actividades, así como las condiciones de participación y manifiesto que conozco y acepto cuanto consta al dorso de este Boletín.

Asimismo, el/la solicitante se responsabiliza de la certeza de los datos consignados.

En ................., a ..... de ................. de 19..

Firma

Fdo.:

ILMO. SR. DIRECTOR GENERAL DE JUVENTUD Y VOLUNTARIADO

Nota: Adjunto documento acreditativo de la edad.

Es imprescindible rellenar todos los datos de este Boletín.

ANEXO II

Boletín de Solicitud (REVERSO)

(Campos de Trabajo de Servicio Voluntario para Jóvenes)

«El Campo de Trabajo es una actividad en la que un grupo de jóvenes de diferentes procedencias se compromete, de forma voluntaria y desinteresada, a desarrollar un proyecto de trabajo de proyección social, y de actividades complementarias, durante un tiempo determinado. Siendo la realización del proyecto un medio para fomentar valores de convivencia, tolerancia, solidaridad, participación, aprendizaje intercultural, etc.¯

«Como voluntario de este campo de trabajo para jóvenes, acepto el siguiente compromiso:

1. Trabajar desinteresadamente los días y horas estipuladas en el proyecto.

2. Colaborar en el desarrollo de la programación de las actividades de animación y participar en las mismas.

3. Contribuir a la organización general del campo en las tareas propias del mismo.

4. Respetar las distintas creencias, ideologías y diferencias personales, de todos/as los/las participantes del campo.

5. Permanecer en el campo desde el inicio hasta el final de la actividad programada.

6. Respetar las normas de régimen interno y de convivencia propias de cada campo que serán entre otras:

- Aceptar las indicaciones de los responsables de la actividad.

- Cumplimiento de los horarios en general.

- No utilización de vehículos particulares durante el tiempo de duración del Campo de Trabajo¯.

«El no cumplimiento de las normas establecidas puede dar lugar a la expulsión del campo de trabajo.¯

VEANSE ANEXOS III y IV EN EL BOJA

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