Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 59 de 22/05/1997

1. Disposiciones generales

Consejería de Trabajo e Industria

ORDEN de 25 de abril de 1997, por la que se convocan los Premios Arco Iris del Cooperativismo 1996, en su novena edición, y se publican las bases que regirán los mismos.

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Instituidos los Premios «Arco Iris del Cooperativismo¯ con la finalidad de distinguir, con carácter anual, la labor de las cooperativas andaluzas, personas e Instituciones que más se hayan destacado en la defensa y práctica de los principios universales del cooperativismo, procede ahora, de conformidad con lo establecido en el artículo tercero de la Orden de 19 de septiembre de 1988, convocar los Premios «Arco Iris del Cooperativismo 1996¯ en su novena edición, y publicar las bases que los rijan.

En relación con las modalidades previstas en la Orden creadora de los Premios, se ha considerado oportuno incluir una nueva modalidad «A la mejor iniciativa cooperativa¯, destinada a la creación de proyectos cooperativas que a su vez promocionen el empleo en su área de actuación, actividad enmarcada en el artículo 102.1 y 2 de la Ley de Sociedades Cooperativas Andaluzas, que resulta desarrollada en el Capítulo Segundo del Decreto/1995, de 21 de marzo, sobre medidas de Promoción Cooperativa.

La modalidad «a la mejor investigación cooperativa¯, destinada a promover la labor de investigación y estudios directamente relacionados con el cooperativismo andaluz, se enmarca dentro de las ayudas que para la Formación y Divulgación se regulan en la Orden de 5 de mayo de 1995, sobre desarrollo de las medidas de promoción cooperativa.

En su virtud, y a propuesta del Director General de Cooperativas

D I S P O N G O

Artículo 1º Se convocan los premios «Arco Iris del Cooperativismo 1996¯ en su novena edición, que se regirán por las Bases que se publican como Anexo a la presente Orden.

Artículo 2º Los premios «Arco Iris del Cooperativismo 1996¯ en su novena edición tendrán las siguientes modalidades:

- «A la mejor experiencia de cooperativa juvenil¯.

- «A la mejor experiencia de integración cooperativa¯.

- «A la mejor labor de fomento del cooperativismo andaluz¯.

- «A la mejor cooperativa¯.

- «A la mejor iniciativa cooperativa¯.

- «A la mejor investigación cooperativa¯.

Disposición final primera. Entrada en vigor.

La presente Disposición entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 25 de abril de 1997

GUILLERMO GUTIERREZ CRESPO

Consejero de Trabajo e Industria

A N E X O

BASES QUE RIGEN LA CONVOCATORIA DE LOS PREMIOS «ARCO IRIS DEL COOPERATIVISMO

1996¯ EN SU NOVENA EDICION

1º Finalidad.

Los Premios «Arco Iris del Cooperativismo¯, en su novena edición, nacen con la finalidad de premiar, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía:

1.1. A aquellas cooperativas que en su actividad resalten y potencien los principios cooperativos y se enmarquen dentro de una gestión empresarial eficaz.

1.2. A las personas físicas o jurídicas e Instituciones públicas o privadas que se hayan destacado en una actividad continuada y relevante en favor del desarrollo cooperativo andaluz, o que lleven a cabo iniciativas cooperativas que promuevan actividades empresariales o de empleo.

1.3. La actividad de investigación y estudio de los temas relacionados con el cooperativismo andaluz o que puedan tener una repercusión o aplicación en el cooperativismo andaluz, así como el de contribuir a la difusión y conocimiento de los resultados obtenidos.

2º Modalidades.

Los Premios «Arco Iris del Cooperativismo 1996¯ en su novena edición tendrán las siguientes modalidades:

- «A la mejor experiencia de cooperativa juvenil¯.

- «A la mejor experiencia de integración cooperativa¯.

- «A la mejor labor en fomento del cooperativismo andaluz¯.

- «A la mejor cooperativa¯.

- «A la mejor iniciativa cooperativa¯.

- «A la mejor investigación cooperativa¯.

3º Valoración.

Con el objeto de conceder los Premios en las distintas modalidades, cada una de ellas indicará una serie de criterios que vendrán a facilitar la labor del Jurado, y que serán:

3.1. «A la mejor experiencia de cooperativa juvenil¯.

- Se entenderá como cooperativa juvenil aquella que esté integrada mayoritariamente por socios menores de 35 años.

- Originalidad del proyecto.

- Esfuerzo de los socios en la superación de las etapas de creación de la empresa-cooperativa.

- Esquema organizativo, social y empresarial.

- Valores que sirvan de ejemplo y estímulo en el ámbito juvenil, como respuesta profesional y laboral al desempleo juvenil.

3.2. «A la mejor experiencia de integración cooperativa¯.

- Dirigido a cooperativas de segundo o ulterior grado y otras formas de integración.

- Repercusión en el desarrollo de las actividades empresariales de las cooperativas asociadas.

- Esfuerzo personal y económico de los socios.

- Influencia en el fortalecimiento del tejido cooperativo andaluz.

3.3. «A la mejor labor en fomento del cooperativismo andaluz¯.

- Dirigido a las personas e instituciones que se hayan destacado, de forma continuada y relevante, en el esfuerzo de dar a conocer el cooperativismo. La creación, apoyo o participación en proyectos cooperativos de cualesquiera índole, así como la defensa constante y destacada del cooperativismo andaluz.

3.4. «A la mejor cooperativa¯.

- Profundización y esfuerzo en la aplicación de los principios cooperativos.

- Esfuerzo en la formación permanente de sus socios.

- Política de distribución de excedentes.

- Gestión empresarial de la cooperativa.

- Esfuerzo en la actualización de los métodos de gestión en los diversos ámbitos de la empresa.

- Su contribución a la integración cooperativa.

3.5. «A la mejor iniciativa cooperativa¯.

- Al proyecto más emprendedor.

- La promoción de empleo en su área de actuación.

- Esfuerzo de los socios en la implantación del proyecto.

- Apertura del campo empresarial a la actividad cooperativa.

- Incidencia en el entorno social de la cooperativa.

3.6. «A la mejor investigación cooperativa¯.

- Tendrán cabida, todos los trabajos de investigación de carácter jurídico, histórico, socio-económico o de cualesquiera otro carácter técnico, que respondan a lo definido por esta modalidad. Podrán presentarse a la misma trabajos que avalen por sí mismos el rigor científico necesario en toda investigación.

4º Presentación.

Los candidatos a las modalidades que integran los Premios «Arco Iris del Cooperativismo 1996¯ en su novena edición serán propuestos al Consejo Andaluz de Cooperación, con base en los siguientes criterios:

4.1. Los candidatos a cualquiera de las modalidades que integran los Premios «Arco Iris del Cooperativismo 1996¯, en su novena edición, con la única excepción de la modalidad «A la mejor investigación cooperativa¯, deberán ser propuestos al Consejo Andaluz de Cooperación, al menos, por tres cooperativas andaluzas; o por las Federaciones de cooperativas o sus asociaciones.

Ni las Federaciones de cooperativas ni sus asociaciones podrán concurrir como candidatos a los Premios «Arco Iris del Cooperativismo 1996¯ en su novena edición.

4.2. Para la modalidad «A la mejor investigación cooperativa¯ serán admitidos los trabajos realizados individualmente o en grupo, sin que para ello sea preciso ser avalado o presentado por terceros.

En el supuesto de que el trabajo sea presentado en grupo, se entenderá por autor, a los efectos de lo dispuesto en estas Bases, al primer firmante.

5º Documentación.

5.1. Las propuestas de candidaturas a los Premios «Arco Iris del Cooperativismo 1996¯ en su novena edición, excepción hecha de la modalidad «A la mejor investigación cooperativa¯, se formalizará por triplicado, con la siguiente documentación:

a) Instancia, dirigida al Consejo Andaluz de Cooperación y suscrita por los respectivos Presidentes de las cooperativas andaluzas, de las Federaciones de cooperativas andaluzas o asociaciones proponentes. En ella se efectuará la propuesta de candidatura, haciéndose constar los datos de identificación y domicilio de las entidades que las formulan.

b) Datos de identificación y domicilio del candidato propuesto, así como la denominación de la modalidad del Premio «Arco Iris del Cooperativismo 1996¯ en su novena edición a la que concurren.

c) Propuesta, que deberá ser razonada, a la que se acompañará memoria detallada y toda aquella documentación que se considere necesaria en orden a valorar los méritos reunidos por el candidato en función de los valores que se exponen en el punto tercero de estas Bases, referidos a las distintas modalidades del Premio «Arco Iris del Cooperativismo 1996¯ en su novena edición.

La instancia, acompañada de la documentación a que se refieren los apartados

b) y c), se presentará en sobre cerrado y bajo el lema Premios «Arco Iris del Cooperativismo 1996¯, en su novena edición, preferentemente, en el Registro General de la Consejería de Trabajo e Industria, sito en Avenida Héroes de Toledo, s/n, Sevilla, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.2. En la modalidad «A la mejor investigación cooperativa¯ deberá presentarse, por triplicado, la siguiente documentación:

a) Instancia, dirigida al Consejo Andaluz de Cooperación en la que se recoja el nombre, apellidos, domicilio y DNI del candidato o candidatos.

b) Curriculum vitae del candidato o candidatos, con expresa indicación de sus respectivos títulos académicos y profesionales, así como de sus escritos y de las obras o trabajos publicados.

c) El trabajo que se presenta al Premio.

6º Plazo de presentación.

El plazo para presentar la documentación que se exige en los puntos 5.1 y

5.2 de estas Bases finaliza el día 4 de junio de 1997.

7º Comisión.

Con el objeto de facilitar la labor del Jurado que ha de fallar los Premios «Arco Iris del Cooperativismo 1996¯ en su novena edición se constituirá una Comisión, designada por el Consejo Andaluz de Cooperación, que en función de su especialidad, se encargará de estudiar la documentación aportada y de solicitar cuanta documentación complementaria sea precisa, así como de remitir al Jurado una memoria de las solicitudes presentadas.

8º Jurado.

8.1. El fallo del Premio «Arco Iris del Cooperativismo 1996¯ en su novena edición corresponderá a un Jurado designado por el Consejo Andaluz de Cooperación cuya composición se hará pública mediante Resolución de la Dirección General de Cooperativas, siendo su fallo inapelable.

8.2. El citado fallo será hecho público mediante Resolución de la Dirección General, antes del 30 de septiembre de 1997.

8.3. El Jurado designará, de entre sus miembros, un Presidente y un Secretario, y aprobará sus propias normas de funcionamiento siendo de aplicación supletoria a este respecto, las normas que sobre los órganos colegiados recoge el capítulo II del título II de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

9º Premio.

9.1. El Premio consistirá en una figura alusiva al símbolo cooperativo figurando en su base el lema Premio «Arco Iris del Cooperativismo 1996¯ en su novena edición, modalidad a la que corresponde y nombre o denominación del premiado.

9.2. Con independencia de lo establecido en el apartado anterior, el Premio a la modalidad «A la mejor investigación cooperativa¯ estará dotado con

1.000.000 pesetas y se considerará como beneficiario del importe del Premio a quien aparezca como único o primer firmante del trabajo presentado.

9.3. La propiedad del trabajo premiado corresponde a sus autores, si bien, teniendo en cuenta la finalidad del mismo, la Consejería de Trabajo e Industria se reserva el derecho a editar el trabajo por una sola vez, derecho que habrá de ejercitar dentro de los 3 meses siguientes a hacerse público el fallo, sin que por ello los autores devenguen cantidad alguna por ningún concepto.

9.4. Cuando, a juicio del Jurado, las propuestas recibidas en todas o algunas de las modalidades establecidas no reuniese los méritos suficientes, éste podrá ser declarado desierto.

9.5. Asimismo, cuando a juicio del Jurado, los méritos reconocidos a los candidatos así lo aconsejen, el Premio, en cualquiera de sus modalidades, puede ser compartido. En ningún caso la dotación económica prevista para la modalidad «A la mejor investigación cooperativa¯ se verá incrementada.

10º Coordinación.

El Consejo Andaluz de Cooperación y la Dirección General de Cooperativas establecerán las normas de procedimiento adecuadas en orden a la coordinación y ejecución del Premio «Arco Iris del Cooperativismo 1996¯ en su novena edición.

11º Consideraciones generales.

Las personas, entidades e Instituciones premiadas podrán hacer uso del Premio recibido, indicando, de forma expresa, la modalidad y año al que corresponda.

12º Aceptación de Bases.

El hecho de participar en los Premios «Arco Iris del Cooperativismo 1996¯, en su novena edición, supone la aceptación previa de estas Bases.

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