Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 70 de 19/06/1997

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Consejería de Agricultura y Pesca

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Granada, notificando resolución recaída en el expte. E.F. 297/94.

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De conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante el presente Anuncio se notifica a don Antonio Navarro Fernández, la resolución que a continuación se transcribe literalmente, por cuanto, intentada ésta en el domicilio del interesado sito en C/ Alférez García Villatoro, núm. 14-3º E de Motril (Granada), no se ha podido practicar.

«Resolución de la Presidencia del Instituto Andaluz de Reforma Agraria, de fecha 26 de noviembre de 1996, por la que se aprueba el crédito necesario para el pago de los justiprecios a don Miguel Puerta Puerta, don Angel Peña Frías y don Antonio Navarro Fernández, afectados por la expropiación de terrenos necesarios para la ejecución del proyecto de obras de "Construcción de caminos y conducciones principales para la mejora de los regadíos de La Contraviesa (Granada)".

Por Decreto 78/1990, de 27 de febrero, se declara de interés general de la Comunidad Autónoma la mejora de los regadíos de La Contraviesa en la provincia de Granada, aprobándose el Plan de Obras, por Orden de 29 de abril de 1991 y por Orden de 20 de julio de la Consejería de Agricultura y Pesca, se acuerda iniciar el expediente expropiatorio y se convoca el levantamiento de actas previas de ocupación de tierras en la Zona de Nuevos Regadíos de La Contraviesa (Granada).

Por la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca se instruyó el expediente expropiatorio de los bienes y derechos de titularidad de don Miguel Puerta Puerta, don Angel Peñas Frías y don Antonio Navarro Fernández, afectados por el proyecto de obras de construcción de caminos y conducciones principales para la mejora de regadíos en la Comarca de La Contraviesa (Granada).

Que trasladadas las respectivas Hojas de Aprecio de la Administración a los propietarios, se formularon las alegaciones por los propietarios en el sentido de rechazarlas y ratificar las valoraciones consignadas en sus respectivas Hojas de Aprecio.

Rechazado por los propietarios el precio fundado ofrecido por la Administración se remitió la pieza separada del expediente de justiprecio al Jurado Provincial de Expropiación.

Por Resolución motivada del Jurado Provincial de Expropiación se acordó fijar el justiprecio en la cantidad de un millón sesenta y siete mil setecientas cuarenta y cinco pesetas (1.067.745 ptas.), diecisiete mil seiscientas cuarenta pesetas (17.640 ptas.), y once mil sesenta y siete pesetas (11.067 ptas.), en que respectivamente habrán de ser indemnizados don Miguel Puerta Puerta, don Angel Peña Frías y don Antonio Navarro Fernández.

Transcurrido el plazo para interponer recurso contencioso-administrativo, el Secretario del Jurado ha informado a nuestra Delegación Provincial que no se ha tenido conocimiento de la interposición de recurso alguno.

Por Orden de 20 de julio de 1994, se faculta al Presidente del Instituto Andaluz de Reforma Agraria para que se proceda a la tramitación del expediente expropiatorio en la zona.

A la vista de lo anteriormente expuesto, esta Presidencia,

HA RESUELTO

Aprobar el crédito necesario para el pago de los justiprecios en la cantidad de un millón sesenta y siete mil setecientas cuarenta y cinco pesetas (1.067.745 ptas.), diecisiete mil seiscientas cuarenta pesetas (17.640 ptas.), y once mil sesenta y siete pesetas (11.067 ptas.), en la que respectivamente habrán de ser indemnizados don Miguel Puerta Puerta, don Angel Peña Frías y don Antonio Navarro Fernández. El Presidente del IARA; Fdo.: José Emilio Guerrero Ginel¯.

Lo que le notifico, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, haciéndole saber que contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso ordinario ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura y Pesca, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de la notificación del presente acto administrativo, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y siguientes de la precitada Ley

30/1992.

Granada, 27 de mayo de 1997.- El Secretario General, Jesús Gil del Pino.

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