Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 10 de 27/01/1998

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Consejería de Gobernación y Justicia

ANUNCIO de la Delegación del Gobierno de Huelva, notificando acuerdo de iniciación formulado en el expediente sancionador incoado que se cita.

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Intentada sin efecto la notificación del acuerdo de iniciación formulado en el expediente sancionador que se detalla, por supuesta infracción a la normativa que se cita, y en cumplimiento de lo prevenido en los arts. 59.4 y

61 de la Ley 30/92 (LRJAP y PAC), de 26-11-92, se publica el presente, para que sirva de notificación de los mismos; significándole que en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de aquél en que se practique la notificación, queda de manifiesto el expediente, en el Servicio de Juego y Espectáculos Públicos de esta Delegación del Gobierno, Plaza Isabel la Católica, 9, de Huelva; pudiendo formular los descargos que a su derecho convenga, con la proposición y aportación de las pruebas que considere oportunas, a tenor de lo dispuesto en los arts. 18 y 19 del Real Decreto 1398/93.

Expediente: H-112/97-ET.

Persona o entidad denunciada y domicilio: Don Angel Romero Pizzamiglio. C/ Benavente, núm. 1, de Ayamonte.

Hechos denunciados: A las 20,30 horas del día 6 de septiembre de 1997, en la corrida de toros que se estaba celebrando en la plaza de toros de Ayamonte, durante la lidia del quinto toro, al procederse al descabello del mismo, don Angel Romero Pizzamiglio se lanzó al ruedo y siendo advertido por el Delegado Gubernativo para que depusiese tal actitud, haciendo caso omiso al llamamiento que se le había dado, fue expulsado de la plaza.

La conducta del denunciado provocó la protesta de los espectadores asistentes, originando una alteración del orden público en el acto.

Infracción: Art. 34 del Reglamento de Espectáculos Taurinos, aprobado por R.D. 145/1996, de 2 de febrero.

Tipificación: Leve, según el art. 14 de la Ley 10/1991, de 4 de abril.

Sanción propuesta: De acuerdo con el art. 17 de la citada Ley, las infracciones calificadas como leves serán sancionadas con multa comprendida entre 5.000 ptas. y 25.000 ptas.

Huelva, 22 de diciembre de 1997.- El Delegado, José Antonio Muriel Romero.

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