Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 108 de 24/09/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

RESOLUCION de 14 de septiembre de 1998, de la Dirección General de Farmacia y Conciertos, por la que se delega la competencia en materia de autorización de facultativos para la prescripción de medicamentos.

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El artículo 2 del Decreto 159/1998, de 28 de julio, por el que se regula la prestación de determinados medicamentos con cargo a fondos propios de la Comunidad Autónoma de Andalucía, faculta a esta Dirección General para autorizar a los facultativos no adscritos al Sistema Sanitario Público de Andalucía para que puedan prescribir los medicamentos incluidos en el Anexo I del mismo.

El número de facultativos a los que habría que autorizar y los cambios frecuentes que en ellos se producen dificulta la tramitación de estas autorizaciones. Por ello, a fin de agilizar la concesión de las mismas, y correspondiendo al Servicio Andaluz de Salud la gestión de la prestación farmacéutica, parece oportuno delegar en el Director General de Asistencia Sanitaria de dicho Organismo la competencia que el artículo del Decreto 159/1998, de 2 de julio, atribuye a la Dirección General de Farmacia y Conciertos.

Por otra parte, el artículo 13.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, posibilita la delegación de competencias en otros órganos administrativos aunque no sean jerárquicamente dependientes.

En su virtud, esta Dirección General de Farmacia y Conciertos, de conformidad con lo establecido en el artículo 47 de la Ley

6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 13 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

R E S U E L V E

Primero. Se delega en el Director General de Asistencia Sanitaria del Servicio Andaluz de Salud la competencia para la autorización de los facultativos susceptibles de prescribir los medicamentos recogidos en el Anexo I del Decreto 159/1998, de

28 de julio, por el que se regula la prestación de determinados medicamentos con cargo a fondos propios de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Segundo. La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 14 de septiembre de 1998.- El Director General, Rafael de la Torre Carnicero.

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