Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 130 de 14/11/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 27 de octubre de 1998, por la que se concede una subvención al Ayuntamiento de Espiel (Córdoba) para la ejecución de proyectos de inversión a afectar al Programa de Fomento de Empleo Agrario.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Ilmos. Sres.: La Junta de Andalucía, en virtud de la Ley Orgánica 6/1981, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía para Andalucía, tiene competencia exclusiva en materia de carreteras, cuyo itinerario se desarrolle íntegramente en su territorio, así como en materia de vivienda, suelo, etc. Asimismo, en el ámbito de colaboración del Instituto Nacional de Empleo con las Corporaciones Locales, la Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de 2 de marzo de 1994, modificada por la Disposición Adicional Quinta del Real Decreto

939/97, de 20 de junio, que regula la afectación al Programa de Fomento de Empleo Agrario, de crédito para inversiones de las Administraciones Públicas en las Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura y en zonas rurales deprimidas, establece las bases para la concesión de subvenciones por el Instituto Nacional de Empleo para la contratación de trabajadores desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social.

La Consejería de Obras Públicas y Transportes, dentro del Convenio de Colaboración firmado entre las Consejerías de Trabajo, Obras Públicas y Transportes, Asuntos Sociales y el Ayuntamiento de Espiel (Córdoba) para la ejecución de proyectos de inversión a afectar el programa de Fomento del Empleo Agrario, se ha comprometido, en el marco de sus competencias y dado el problema de desempleo agrario que existe en el medio rural, a aportar los recursos necesarios para sufragar los materiales para la ejecución de obras de infraestructura generales.

Por todo ello, considerando la finalidad pública e interés social de dicha iniciativa, así como la imposibilidad de promover la concurrencia, a efectos de lo dispuesto en el art. 107 de la Ley General de la Hacienda Pública, así como la Ley 7/1997, de 23 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 1998, por esta Consejería se ha resuelto lo siguiente:

Primero. Se concede una subvención de carácter excepcional al Ayuntamiento de Espiel (Córdoba) por un importe de un millón doscientas mil (1.200.000 ptas.) pesetas para financiar el coste y puesta a disposición de los materiales correspondientes a la ejecución de obras a afectar al programa de Fomento de Empleo Agrario.

Segundo. El importe de la subvención no podrá ser destinado a finalizad ni actividad distinta de la indicada en el punto anterior de la presente Orden. Su incumplimiento obligará a la devolución de los fondos percibidos.

Tercero. La subvención se hará efectiva mediante un primer libramiento, sin previa justificación, por un importe correspondiente al 75% del total de la subvención. El resto será abonado, previa justificación de la partida anterior, contra certificaciones de las obras convenientemente conformadas por la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

En todos los casos, en el plazo de quince días a partir de la recepción de los fondos, se aportará por el Ayuntamiento certificación de haber sido registrado en contabilidad el ingreso de los mismos, con expresión del asiento contable, de conformidad con lo dispuesto en el art. 38 del Reglamento de la Intervención de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto

149/1989, de 5 de abril, en relación con el artículo 53.4 de la Ley General de la Hacienda Pública.

Cuarto. La Consejería de Obras Públicas y Transportes podrá requerir la documentación que estime necesaria a fin de comprobar la efectiva realización de la inversión y su

adecuación a la finalidad de la subvención.

La Consejería de Obras Públicas y Transportes podrá comprobar en todo momento, mediante las inspecciones que considere oportunas, la efectividad de la inversión objeto de la presente Orden.

Quinto. Esta Orden se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, entrando en vigor al día siguiente al de su publicación.

Lo que se comunica a VV.II. para su conocimiento,

notificación a los interesados y demás efectos.

Sevilla, 27 de octubre de 1998

FRANCISCO VALLEJO SERRANO

Consejero de Obras Públicas y Transportes

Ilmos. Sres. Viceconsejero, Secretario General de

Planificación, Secretario General Técnico.

Descargar PDF