Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 133 de 21/11/1998

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 9 de noviembre de 1998, de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, por la que se hace pública la composición de los Tribunales que han de efectuar la selección de los aspirantes admitidos en el procedimiento selectivo para la adquisición de la condición de catedrático en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.

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La base 5 de la Orden de la Consejería de Educación y Ciencia de 2 de abril de 1998, por la que se convoca procedimiento selectivo para la adquisición de la condición de catedrático en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, regula lo relacionado con los Tribunales seleccionadores.

En su virtud, esta Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, en uso de las competencias que tiene delegadas por Orden de 21 de mayo de 1996, ha resuelto:

Primero. Hacer pública la composición de los Tribunales que han de efectuar la selección de los aspirantes y que figuran en el Anexo I de la presente Resolución.

De conformidad con el apartado 5-1-1 de la Orden de 2 de abril de 1998, el Tribunal de cada especialidad actuará como Comisión de Selección.

Segundo. De acuerdo con lo establecido en el apartado 5.2 de la Orden de 2 de abril de 1998, la suplencia de los Presidentes de los Tribunales será autorizada por la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos y la de los Vocales, por el Presidente que haya de actuar. No obstante, si llegado el momento de actuación de los Tribunales, éstos no hubieran podido constituirse por el procedimiento previsto, la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos adoptará las medidas oportunas necesarias a fin de garantizar el derecho de los aspirantes a la participación en el procedimiento selectivo.

Tercero. Los Tribunales tendrán derecho a la indemnización por razón del servicio prevista en el Decreto 54/1989, de 21 de marzo (BOJA de 21 de abril), modificado por el Decreto

190/1993, de 28 de diciembre (BOJA del 3 de febrero de 1994), en función de la categoría que se señala en el Anexo V del primer Decreto citado.

Categoría Primera: Grupo A. Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.

Todos los miembros de los Tribunales a los efectos previstos en los artículos 9 y 10 del Decreto 54/1989, de 21 de marzo, se considerarán incluidos en el grupo segundo de los mencionados en el Anexo I del mismo.

Cuarto. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía previa comunicación a la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, conforme a lo establecido en los artículos

37.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y

110.3 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 9 de noviembre de 1998.- La Directora General, Clotilde Sancho Villanova.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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