Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 135 de 26/11/1998

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Consejería de Gobernación y Justicia

ANUNCIO de la Delegación del Gobierno de Sevilla, por el que se notifica resolución de expediente sancionador que se cita. (Expte. SAN/ ET-79/97-SE).

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Examinado en esta Delegación del Gobierno el expediente sancionador de referencia seguido a don Juan González Jiménez, con domicilio en la calle Lirio, número 18, de Sevilla, y sobre la base de los siguientes

ANTECEDENTES

Primero. Mediante denuncia formulada por la Guardia Civil, con fecha 2 de octubre de 1997 fue acordada la iniciación del presente expediente sancionador contra don Juan González Jiménez por lidiarse un novillo nacido en febrero de 1996 en un festejo autorizado como novillada sin picadores, en la plaza de toros portátil instalada en La Puebla de Cazalla, celebrado el día 14 de septiembre de 1997. Dicho novillo fue lidiado a pesar de ser declarado no útil por el Presidente del espectáculo, de acuerdo con el informe de los veterinarios evacuado en los reconocimientos previos.

Segundo. Con fecha 26 de junio de 1998 se dictó la propuesta de resolución, sin que el interesado haya realizado alegaciones a la misma.

HECHOS PROBADOS

Del examen del expediente y de la documentación incorporada al mismo quedan probados los hechos relatados en el antecedente primero.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La Comunidad Autónoma de Andalucía tiene competencias en materia de espectáculos públicos en virtud del artículo 13.32 del Estatuto de Autonomía aprobado por la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre. La transferencia de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma en esta materia se realizó por el Real Decreto 1677/1984, de 18 de julio, y por el Decreto 294/1984, de 20 de noviembre, se asignan a la Consejería de Gobernación y Justicia dichas funciones y servicios.

Segundo. Los hechos constituyen una infracción de los artículos 25.c) y 45.1, en relación con los artículos 55.5 y

57.2 del Reglamento de espectáculos taurinos, aprobado por el Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero, tipificados como falta grave en el artículo 15.s) de la Ley 10/1991, de 4 de abril, sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos.

Vistos los textos legales citados y demás normativa de general aplicación, esta Delegación del Gobierno ha resuelto sancionar a don Juan González Jiménez con ciento cincuenta mil pesetas (150.000 ptas.) de multa, conforme a lo dispuesto en los artículos 18 y 20 de dicha Ley 10/1991, de 4 de abril, en relación con el artículo 95 del Reglamento aprobado por el Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso ordinario en el plazo de un mes, conforme a lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación y Justicia de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 10 de septiembre de 1998.- El Delegado, José Antonio Viera Chacón.

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