Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 137 de 01/12/1998

1. Disposiciones generales

Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 12 de noviembre de 1998, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se convoca el II Curso de Especialización en Intervención y Uso del Suelo, CEM-9846- H.11622, a celebrar en Granada.

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El Instituto Andaluz de Administración Pública convoca el «II Curso de Especialización en Intervención y Uso del Suelo¯, que organiza el Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional (CEMCI) de Granada, en colaboración con la Universidad Carlos III de Madrid, con sujeción a las siguientes bases:

Primera. Contenido, fecha y lugar de celebración. Este curso, que se enmarca dentro del Programa de Formación para Cuadros Superiores, engloba a cuatro módulos:

- Módulo I. Licencias urbanísticas. CEM-9846-1.11623 (25 y 26 de febrero de 1999).

- Módulo II. Licencias urbanísticas y legislación sectorial. CEM-9846-2.11624 (25 y 26 de marzo de 1999).

- Módulo III. Ordenes de ejecución, ruinas y rehabilitación urbana. CEM-9846-3.11625 (29 y 30 de abril de 1999).

- Módulo IV. Disciplina urbanística y protección penal de la legalidad urbanística. CEM-9846-4.11626 (27 y 28 de mayo de

1999).

Estos módulos, aun formando parte de una acción formativa integral, son independientes entre sí y tienen autonomía docente singularizada, de tal manera que se admitirá la matriculación en uno solo o en varios de los cuatro módulos programados.

Todos los módulos se celebrarán en la sede del CEMCI, Plaza de Mariana Pineda, núm. 8, Granada, en horario de 9,30 a 14,30 y de 16,30 a 19,30 horas.

La celebración efectiva del curso programado queda supeditada a que exista un número idóneo de alumnos matriculados.

Segunda. Condiciones generales de admisión. El curso estará dirigido a los Cargos Electos, Directivos y Funcionarios con Habilitación de Carácter Nacional al servicio de las Entidades que integran la Administración Local de Andalucía.

Si el número de solicitudes lo permitiese, podrán ser admitidos quienes presten servicios en la Junta de Andalucía y otras Administraciones y Entidades actuantes en el territorio de la Comunidad Autónoma y que lo hubieran solicitado.

Tercera. Criterios de selección.

El número de asistentes al curso será limitado, por lo que si es necesario, la selección de solicitantes se atendrá a los siguientes criterios:

- Puesto de trabajo desempeñado.

- Solicitud de realización del curso completo (1999) o de módulos con los que se complete el curso de Especialización sobre Intervención Administrativa en la Edificación y Uso del Suelo (1997).

- Realización del curso completo de Especialización en Planificación y Gestión Urbanística 1998.

- Prioridad en la presentación de solicitudes de asistencia y pago anticipado de los derechos de matrícula.

El CEMCI podrá reservar el 10% de las plazas para su adjudicación discrecional a los colaboradores de ese Centro o a otras personas que presten servicio en entidades con las que el CEMCI mantenga relaciones de colaboración.

Para que la admisión se considere firme será requisito haber abonado los derechos de matrícula y que el CEMCI la comunique por escrito.

Cuarta. Solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes para participar en el curso o módulos respectivos que se convocan se extenderá desde la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía hasta veinticinco días hábiles antes del comienzo del primer módulo del curso.

Las solicitudes deberán dirigirse, según modelo adjunto, al CEMCI, Plaza Mariana Pineda, número 8, C.P. 18009, Granada, o presentarse en cualquiera de los registros u oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

Quinta. Derechos de matrícula y expedición del certificado. Los solicitantes de cada módulo deberán abonar, antes del comienzo de éste, en el CEMCI en Granada, la cantidad de 30.000 pesetas, en concepto de derechos de matrícula y expedición del certificado (los solicitantes del curso en su globalidad deberán abonar, antes del comienzo del primer módulo, 120.000 pesetas, por la realización efectiva de los cuatro módulos). Se podrá realizar el abono de los derechos de matrícula mediante giro postal o telegráfico, o en efectivo, que en el supuesto de que no fuese posible la admisión del solicitante, le será devuelto en el plazo máximo de quince días desde el inicio del curso o de cada módulo, en su caso.

La cancelación de matrícula, para que conlleve la devolución del importe de los derechos abonados, se deberá comunicar al CEMCI al menos cinco días hábiles antes del comienzo del curso o módulo a que se refiera. Pasado ese plazo, sólo se procederá a la devolución del 50% del importe de los derechos. Una vez comenzado el curso o módulo no procederá devolución alguna.

Sexta. Puntuación.

La puntuación otorgada a este curso, de conformidad con la Resolución del INAP de 26 de octubre de 1994 (BOE de 8 de noviembre de 1994) será la siguiente:

- Por la asistencia al curso (64 horas): 0,75 puntos.

- Por la asistencia al curso con aprovechamiento evaluado mediante trabajo individualizado (80 horas): 1,30 puntos.

Séptima. Certificado de asistencia/Diploma de

Especialización.

Finalizado el curso, o cada módulo, con una asistencia mínima del 90% del total de horas lectivas, los participantes tendrán derecho a la expedición del oportuno certificado acreditativo. Quienes asistan al curso de Especialización en su integridad (cuatro módulos) obtendrán a la finalización de las actividades un certificado de asistencia por el total de horas de presencia activa (64 horas) y en caso de que presenten el trabajo de evaluación, y éste sea considerado apto por el Director Académico del curso, entonces obtendrán un Diploma de

Especialización con aprovechamiento (80 horas). Quienes asistan a alguno/s de los módulos sin llegar a completar el curso obtendrán un Certificado de asistencia diferente por cada una de las concretas actividades realizadas (16 horas), sin posibilidad de obtenerlo con aprovechamiento ni puntuación.

No obstante, al personal al servicio de la Junta de Andalucía, que reúna los requisitos para ello, se le expedirá:

- Certificado de asistencia (64 horas).

- O Certificado de asistencia (80 horas) en el supuesto de que se presente el trabajo de evaluación (optativo) y sea

calificado apto por el Director Académico del curso.

El CEMCI podrá disponer de los sistemas de control que estime oportunos para comprobar la asistencia.

Octava. Diploma de Experto y Máster.

De acuerdo con el Plan de Formación para 1999, la realización del presente curso de Especialización y la obtención del correspondiente Diploma será computable para la posterior obtención del Diploma de Experto en Urbanismo y del Máster en esta especialidad, siempre que se cumplan el resto de

requisitos contemplados para la obtención de dichas

titulaciones.

Sevilla, 12 de noviembre de 1998.- El Director, Juan Luque Alfonso.

ANEXO I

«II CURSO DE ESPECIALIZACION EN INTERVENCION Y USO DEL SUELO¯

I. Contenido:

- Módulo I. Licencias urbanísticas (25 y 26 de febrero de

1999).

- Módulo II. Licencias urbanísticas y legislación sectorial (25 y 26 de marzo de 1999).

- Módulo III. Ordenes de ejecución, ruinas y rehabilitación urbana (29 y 30 de abril de 1999).

- Módulo IV. Disciplina urbanística y protección penal de la legalidad urbanística (27 y 28 de mayo de 1999).

II. Objetivos:

1. Determinar con exactitud y detalle la situación del

régimen urbanístico del derecho de propiedad del suelo, así como las posibilidades de actuación y aprovechamiento, tanto de los propietarios del suelo como de las diferentes entidades públicas en relación con la intervención administrativa en el mercado y uso del suelo.

2. Profundizar en el conocimiento del régimen de licencias, así como en los diferentes aspectos colaterales que le afectan (aspectos notariales, registrales, fiscales, etc.).

3. Analizar la protección de la legalidad urbanística y aquellos aspectos fundamentales de la responsabilidad de la Administración en materia de disciplina urbanística.

III. Destinatarios.

El curso está dirigido a los Cargos Electos de las Entidades Locales, Directivos y Funcionarios con Habilitación de Carácter Nacional y todo el personal asimilado de nivel superior con funciones organizativas, de gestión o de dirección,

responsables de áreas urbanísticas o afines.

IV. Avance de Programa:

Módulo I. Licencias urbanísticas:

I.1. La propiedad urbana en la Ley estatal 6/1998, de 13 de abril. Articulación y diferencias con la legislación

urbanística andaluza. Problemas de constitucionalidad.

I.2. Requisitos de planeamiento y gestión previos a la

concesión de licencias. En especial las transferencias de aprovechamiento urbanístico y su articulación con la Ley 6/98, de 13 de abril.

I.3. La necesidad de proyecto técnico para la obtención de licencia y competencia profesional para la redacción del mismo.

I.4. El procedimiento para el otorgamiento de licencias.

I.5. Actos sujetos a licencias promovidos por órganos del Estado y de las Comunidades Autónomas.

I.6. Licencias en suelo no urbanizable.

I.7. Inscripción registral de obra nueva: Edificio en

construcción o construido. Técnico competente para certificar. La inscripción de garajes y su posible afección a fincas horizontales.

Módulo II. Licencias urbanísticas y legislación sectorial:

II.1. Las licencias de obras y las licencias de primera ocupación. Las licencias de apertura de establecimiento. Licencias de uso y obras particulares.

II.2. Las licencias de actividad sujetas al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, informe y calificación ambiental de Andalucía.

II.3. Licencia de espectáculos y establecimientos públicos. Licencia de obras de nueva planta y de obras de adaptación o reforma. Licencia de apertura de locales y recintos. Licencias provisionales y adicionales.

II.4. Legislación sectorial y licencias urbanísticas.

II.5. Licencias urbanísticas y legislación del Patrimonio Histórico.

II.6. La responsabilidad administrativa por las licencias urbanísticas.

II.7. La fiscalidad municipal en materia de licencias

urbanísticas.

Módulo III. Ordenes de ejecución, ruinas y rehabilitación urbana:

III.1. La ruina urbanística: Concepto, clases y

procedimiento.

III.2. Aspectos técnicos de la ruina urbanística.

III.3. La orden de ejecución como instrumento para exigir el deber de conservación. Procedimiento.

III.4. Políticas de rehabilitación urbana.

III.5. El incumplimiento del deber de edificar y del deber de conservación, consecuencias e incidencia en el Registro de solares y terrenos sin urbanizar.

III.6. Obras sin licencia o sin ajustarse a la otorgada: A) En curso de ejecución; B) Totalmente terminada.

III.7. La revisión de licencias urbanísticas.

Módulo IV. Disciplina urbanística y protección penal de la legalidad urbanística:

IV.I. Infracciones urbanísticas: Concepto, clases y efectos. Responsables de las infracciones urbanísticas. Circunstancias modificativas. La prescripción de las infracciones.

IV.2. Las sanciones urbanísticas. Las multas: Graduación, infracciones conexas.

IV.3. Procedimiento sancionador.

IV.4. Los ilícitos penales en el nuevo Código Penal: Estudio del contenido de los artículos 319 y 321.

IV.5. El otorgamiento de licencias y el artículo 320 del Código Penal.

IV.6. Aspectos administrativos de los delitos

urbanísticos.IV.7. Los delitos contra el medio ambiente.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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