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En el recurso contencioso-administrativo número 1482/94, interpuesto por Operibérica, S.A., contra Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Andalucía, número
14/02363/92, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha dictado sentencia, que es firme, de fecha treinta de julio de mil novecientas noventa y seis, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
«Fallamos. Desestimamos el recurso interpuesto por Operiberica, S.A., contra el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Andalucía, y en consecuencia, ratificamos la Resolución impugnada, que es ajustada al ordenamiento jurídico¯.
En virtud de la delegación de competencias, por Orden de 25 de febrero de 1994 y de conformidad con lo establecido en los arts. 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento, en sus propios términos, de la referida sentencia, así como su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Córdoba, 25 de noviembre de 1998.- El Delegado, Antonio Hurtado Zurera.
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