Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 28 de 12/03/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 18 de febrero de 1998, por la que se acuerda ampliar la acreditación concedida al laboratorio de Vorsevi, SA, localizado en Puerto de Santa María, Cádiz, y la inscripción en el Registro de Entidades Acreditadas.

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Por don Jesús Barrios Sevilla, como representante legal, ha sido presentada solicitud para la ampliación de la acreditación del laboratorio de «Vorsevi, S.A.¯, localizado en Puerto de Santa María (Cádiz), Polígono Industrial El Palmar, nave 23-25, parcela 9, Edificio C, acompañada de la documentación correspondiente.

El mencionado laboratorio se encuentra inscrito en el Registro de Entidades Acreditadas, con el número L061-05CA, y acreditado en el área: «Area de control de hormigón en masa, de cemento, de áridos y de agua¯ (HC).

Realizada inspección al laboratorio para la evaluación técnica de la entidad, se estima que cumple las condiciones requeridas.

Considerando que se ha dado cumplimiento a lo previsto en la Orden de esta Consejería de 15 de junio de 1989, por la que se regula el Registro de Entidades Acreditadas para la prestación de asistencia técnica a la construcción y obra pública, así como a lo previsto en las disposiciones reguladoras específicas para las diversas áreas de acreditación, establecidas mediante Ordenes de 5 de febrero y de 24 de octubre de 1991, y Orden de 15 de julio de 1997, a propuesta de la Secretaría General Técnica, y en virtud de las facultades atribuidas por la Orden de 15 de junio citada, esta Consejería ha resuelto lo siguiente:

Primero. Ampliar la acreditación concedida al laboratorio de «Vorsevi, S.A.¯, localizado en Puerto de Santa María (Cádiz), como laboratorio de ensayos para el control de calidad de la construcción y obra pública, en la siguiente área técnica: «Area de ensayos de suelos, áridos, mezclas bituminosas y sus materiales constituyentes en viales (SV)¯.

Segundo. Inscribir la ampliación de la acreditación en el Registro de Entidades Acreditadas para la prestación de asistencia técnica a la construcción y obra pública de esta Consejería.

Tercero. Publicar esta Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Cuarto. La acreditación otorgada tendrá validez por un período de cinco años, quedando supeditada al cumplimiento de lo establecido en la Orden de

15 de junio de 1989 y disposiciones específicas de cada una de las áreas acreditadas, debiendo en todo caso el interesado solicitar la prórroga de la misma dentro de los seis meses anteriores a la expiración de dicho período.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados a partir del día de su publicación, previa comunicación a esta Consejería, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de

1956.

Sevilla, 18 de febrero de 1998

FRANCISCO VALLEJO SERRANO

Consejero de Obras Públicas y Transportes