Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 29 de 14/03/1998

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Consejería de Salud

RESOLUCION de 14 de julio de 1997, del Servicio Andaluz de Salud, sobre reintegro de cantidades indebidamente percibidas.

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Resultando que por la Dirección Económica Administrativa del Hospital Virgen de las Nieves de Granada se detectó la existencia de cantidades indebidamente percibidas por don José Marín Cano y por importe de 33.172 ptas. en concepto de nómina.

Resultando que con fechas 2-2-93 y 10-7-96 se requirió fehacientemente al interesado, según se acredita mediante los correspondientes acuses de recibo debidamente diligenciados, para que se procediese a reintegrar la cantidad mencionada.

Resultando que mediante escrito con fecha de entrada en el Registro General de los Servicios Centrales del SAS de 5-8-96, el interesado manifiesta que dicha cantidad fue abonada en ventanilla de la Escuela de Enfermeros del Centro «Ruiz de Alda¯ de Granada con fecha 15-3-93.

Resultando que mediante escrito de fecha 13-9-96, esta Subdirección le comunica al interesado que, en el Hospital Virgen de las Nieves de Granada no hay constancia de la realización del ingreso, por lo que se solicitó fotocopia del justificante de abono.

Resultando que mediante escrito de fecha 23-12-96 y de conformidad con lo establecido en el art. 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, se le comunicó al interesado la apertura dentro del expediente, del trámite de alegaciones por término de 15 días, con expresión de que, transcurrido el mismo, se procederá a emitir la oportuna Resolución.

Resultando que expirado el plazo anteriormente indicado, el interesado no ha hecho uso de su derecho así como tampoco ha procedido a ingresar el importe de la deuda reclamada.

Considerando que, de conformidad con lo establecido en el art. 44 del Decreto 46/1986, de 5 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de Tesorería y Ordenación de Pagos, en juego conjunto con la Instrucción de la Dirección General de Tesorería y Política Financiera de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía de 26 de julio de 1994, y Resolución de 25 de marzo de 1996 del Servicio Andaluz de Salud, sobre delegación de facultades en el ámbito del mismo, así como Decreto 208/92, de

30 de diciembre, y Ley 6/83, de 21 de junio, de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma, esta Subdirección de Gestión Económica y Financiera es el órgano competente para la instrucción, tramitación y resolución de los procedimientos de reintegro en el ámbito del Servicio Andaluz de Salud.

Considerando que los preceptivos requerimientos han sido fehacientemente notificados al interesado en tiempo y forma, habiéndose dado traslado del pertinente trámite de alegaciones como se establece en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

Considerando que ha quedado debidamente acreditada la existencia de una deuda con la Hacienda de la Comunidad por cantidad indebidamente percibida por don José Marín Cano por importe de 33.172 ptas.

Considerando que se ha dado cumplimiento a todos los trámites y requisitos preceptuados para este procedimiento por las normas que le son de aplicación y ya referidas.

Vistos los preceptos aplicables al caso, en particular el art. 44 del Reglamento General de Tesorería y Ordenación de Pagos aprobado por Decreto

46/1986, de 5 de marzo, así como lo establecido en la Instrucción de la Dirección General de Tesorería y Política Financiera de la Consejería de Economía y Hacienda de 26 de julio de 1994.

Esta Subdirección ha resuelto declarar la existencia de una deuda por importe de 33.172 ptas. en concepto de nómina contraída por don José Marín Cano, por lo que el interesado debe proceder en el plazo de quince días a partir de la recepción de esta Resolución, a efectuar el ingreso de dicha cantidad en la «Cuenta Restringida de Ingresos de los Servicios Centrales del SAS¯, Banco Central Hispano, sucursal Avda. de la Constitución, 3,

41004, Sevilla, código cuenta núm.-2588-77-2814036687, haciéndose constar que, expirado este plazo, se procederá a la exacción de dicha cuenta por la vía de apremio.

Esta Resolución agota la vía administrativa, pudiéndose interponer contra la misma recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

Sevilla, 14 de julio de 1997.- La Directora General de Gestión Económica, Victoria Pazos Bernal.