Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 4 de 13/1/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 15 de diciembre de 1997, por la que se modifica la Orden que se cita.

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Por Orden de 25 de noviembre de 1997 (BOJA de 4 de diciembre) se han clasificado como de especial dificultad determinados puestos docentes.

No obstante, en la aplicación de la Orden se han planteado dificultades en la interpretación de su Disposición Adicional, así como en la determinación del alcance de la Disposición Derogatoria, atendiendo a su actual redacción.

Asimismo, se han detectado errores en los Centros relacionados en el Anexo I.

Por todo ello, y en uso de las atribuciones conferidas, esta Consejería de Educación y Ciencia

HA DISPUESTO

Artículo 1. La Disposición Adicional queda redactada en los siguientes términos:

El desempeño de los puestos clasificados de especial dificultad en la presente Orden podrá ser computado en cuantos procedimientos así lo prevean desde las siguientes fechas:

a) Los puestos de los Centros relacionados en los Anexos I y II, desde la fecha de entrada en vigor de las Disposiciones que a continuación se relacionan:

Ordenes: De 26-4-88 (BOJA de 6 de mayo), de 15-7-88 (BOJA de 19 de agosto), de 17-10-88 (BOJA de 17 de enero de 1989), de 15-10-89 (BOJA de 31 de octubre), de 11-6-90 (BOJA de 15 de junio), de 25-7-91 (BOJA de 13 de agosto), de 9-7-92 (BOJA de 25 de julio), de 15-7-93 (BOJA de 29 de julio), de 25-7-94 (BOJA de 5 de agosto), de 19-7-95 (BOJA de 5 de agosto), de

5.2.97 (BOJA de 18 de marzo) y 18-7-97 (BOJA de 7 de agosto).

Resoluciones: De 6-5-88 (BOJA de 31 de mayo), de 9-3-89 (BOJA de 21 de marzo) y de 15-10-89 (BOJA de 17 de octubre).

b) Los puestos de los Centros relacionados en los Anexos III, IV y V, desde la entrada en vigor de la presente Orden.

Artículo 2. La Disposición Derogatoria queda redactada en los siguientes términos:

Quedan derogadas cuantas Disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente Orden, declarando expresamente la vigencia de las relacionadas en la Disposición Derogatoria de la Orden de 25 de noviembre de 1997.

Artículo 3. Quedan excluidos del Anexo I los siguientes Centros:

- C.P. «La Paz¯ de Granada, Código 18003648.

- C.P. «Joaquín Romero Murube¯ de Sevilla, Código 41008568.

- C.P. «Vicente Aleixandre¯ de Sevilla, Código 41007370.

Disposición Final. Los efectos de la presente Orden se retrotraen a la fecha de entrada en vigor de la Orden de 25 de noviembre de 1997.

Sevilla, 15 de diciembre de 1997

MANUEL PEZZI CERETO

Consejero de Educación y Ciencia

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