Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 50 de 05/05/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo y Deporte

RESOLUCION de 31 de marzo de 1998, de la Delegación Provincial de Málaga, por la que se delega la competencia de autenticar copias de documentos.

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La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, reconoce en sus artículos 35.c) y 46, respectivamente, por una parte el derecho de los ciudadanos a obtener copia sellada de los documentos que presente, aportándola junto con los originales, así como a la devolución de éstos salvo cuando los originales deban obrar en el procedimiento, y atribuye, por otra parte, a cada Administración Pública la facultad de determinar reglamentariamente los órganos que tengan atribuidas las competencias de expedición de copias auténticas de documentos públicos o privados.

En desarrollo de la precitada norma legal, el artículo 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, dispone que la competencia para la autenticación de copias de documentos privados y públicos, realizadas mediante cotejo con los originales, corresponde a las jefaturas de sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General de Documentos.

Por último, la presente delegación de competencias se realiza en al ámbito del artículo 13 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y del artículo 47 de la Ley del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Por cuanto antecede, y en uso de las facultades que me confiere el Decreto 181/1996, de 14 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo y Deporte.

R E S U E L V O

Primero. Se delega la competencia de autenticación de copias de documentos privados y públicos que vayan a tramitarse en esta Delegación en los titulares de los puestos de trabajo que se relacionan en el Anexo de esta Resolución.

Segundo. Esta delegación, que será revocable en cualquier momento, se ejercerá en todo caso con sujección al Decreto

204/1995, de 29 de agosto, de la Consejería de Gobernación, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, a la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo

47.2.d) de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tercero. En las compulsas que se realicen en virtud de la presente delegación se hará constar expresamente tal circunstancia.

Cuarto. De conformidad con lo establecido en el artículo 13.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la presente Resolución deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, entrando en vigor a partir del día siguiente al de su publicación.

Málaga, 31 de marzo de 1998.- El Delegado Provincial, Juan Harillo Ordóñez

ANEXO

Jefe del Servicio de Administración y Promoción Turística. Jefe del Servicio de Deporte.

Jefe de la Sección de Gestión Económica.

Jefe de la Sección de Deportes.

Jefe de la Sección de Turismo.

Jefe del Departamento de Promoción y Actividades Turísticas. Jefe de la Unidad de Instalaciones y Asociaciones Deportivas. Jefe del Negociado de Régimen Interior.

Jefe del Negociado de Gestión Económico-Administrativa. Jefe del Negociado de Gestión de Personal.

Jefe del Negociado de Inspección y Sanciones.

Jefe del Negociado de Registro de Empresas Turísticas.

Jefe del Negociado de Gestión de Infraestructura Turística. Asesor Técnico.