Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 51 de 07/05/1998

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO PRIMERA INSTANCIA Nº 5 DE MADRID

EDICTO. (PP. 1300/98).

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Don José Sierra Fernández, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia Núm. Cinco de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado a mi cargo, en los autos abajo referenciados, se ha dictado la siguiente resolución del tenor literal siguiente:

Cinco Civil. Sección Cuatro. Ejecutivo-Letras de cambio. Número 0448/91.

Oliol, S.A./Santos de Gandarillas Carmona. Luis Vázquez Deza.

Providencia Magistrado-Juez Sr. José Sierra Fernández.

En Madrid, a veintiséis de marzo de mil novecientos noventa y ocho.

Dada cuenta: Por presentado el anterior escrito de fecha 18 de marzo pasado, por el Procurador Sr. Gandarillas Carmona, en la representación procesal que tiene debidamente acreditada en el presente procedimiento, junto con el exhorto sin cumplimentar que se acompaña, únanse a los autos de su razón a los efectos oportunos.

Se tienen por hechas las manifestaciones que contiene y dado que el demandado se encuentra en paradero desconocido, procédase de conformidad con lo acordado en auto dictado por este Juzgado el 26 de enero pasado a la mejora de embargo solicitada, decretando el embargo de los siguientes bienes propiedad del demandado:

- Derechos de propiedad o derechos sobre la parte indivisa del local núm. 17 en La Resinería, módulo 1, en Estepona, finca registral núm. 30.367 del Registro de la Propiedad núm. de Estepona.

- Derechos de propiedad o derechos sobre la parte indivisa del local núm. 6 en La Resinería, módulo 2, en Estepona, finca registral núm. 30.373 del Registro de la Propiedad núm. de Estepona.

- Derechos de propiedad o derechos sobre la parte indivisa del local núm. 18 en La Resinería, módulo 4, en Estepona, finca registral núm. 30.395 del Registro de la Propiedad núm. de Estepona.

- Créditos y derechos de cualquier tipo, incluyendo subvenciones y devoluciones impositivas por cualquier impuesto, que ostente frente a la Administración Central del Estado.

- Créditos y derechos de cualquier tipo, incluyendo subvenciones y devoluciones impositivas por cualquier impuesto, que ostente frente a la Administración Central de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

- Créditos y derechos de cualquier tipo, incluyendo subvenciones y devoluciones impositivas por cualquier impuesto, que ostente frente a la Diputación Provincial de Málaga.

- Pensión o emolumentos de cualquier clase que perciba de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Notifíquese la mejora de embargo acordada respecto de los bienes del demandado, que se encuentra en paradero desconocido, por medio de edictos que se publicarán en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Boletín Oficial de la Comunidad de Andalucía y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado.

Hágase entrega de los referidos despachos al Procurador de la parte actora, quien cuidará de su diligenciado y reporte. Lo mando y firma S.S. de lo que doy fe.

M/ Ante mí.

Y para que sirva de notificación en legal forma al demandado rebelde en paradero desconocido don Luis Vázquez Deza (DNI

50.656.693), haciendo constar que los referidos bienes

responden por las sumas de 20.781 ptas. que restan de principal más 250.000 ptas. presupuestadas para costas, y su publicación en legal forma, expido el presente en Madrid, a veintiséis de marzo de mil novecientos noventa y ocho.- La Secretaria, El Magistrado-Juez.