Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 56 de 19/05/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

ORDEN de 20 de abril de 1998, por la que se modifica la de 1 de diciembre de 1995, por la que se normalizan las características que han de reunir los sellos oficiales empleados en la actuación administrativa.

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La Orden de la entonces Consejería de Gobernación de 1 de diciembre de 1995 normalizó las características que han de reunir los sellos oficiales empleados en la actuación administrativa.

El Decreto 245/1997, de 15 de octubre, aprobó el Manual de Diseño Gráfico para su utilización por el Gobierno y Administración de la Junta de Andalucía.

Afectando el referido Manual a determinados extremos puntuales de los Anexos de la referida Orden, procede su modificación con la conformidad de la Dirección General de Comunicación Social de la Consejería de la Presidencia.

En su virtud, de conformidad con el artículo 44.4 de la Ley del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma y el Decreto

315/1996, de 2 de julio, modificado por el Decreto 84/1997, de

13 de marzo,

DISPONGO

Artículo único. Se modifican los Anexos I, II y III de la Orden de esta Consejería de 1 de diciembre de 1995, por la que se normalizan las características que han de reunir los sellos oficiales en la actuación administrativa de la Junta de Andalucía, quedando redactados como sigue:

ANEXO I

En sus apartados 3-2-3 y 4-2-3 donde dice «Avant garde gothic¯ queda sustituido por «Eras Demi¯.

En los apartados 3-2-4, 3-2-5, 4-2-4 y 4-2-5 donde dice «Avant garde gothic¯ queda sustituido por «Eras Medium¯.

ANEXO II

En su apartado 2-3-3 donde dice «Avant garde gothic¯ queda sustituido por «Eras Demi¯.

En sus apartados 2-3-1, 2-3-5, 2-3-6 y 2-3-7 donde dice «Avant garde gothic¯ queda sustituido por «Eras Medium¯.

ANEXO III

El apartado 2 quedará redactado en los siguientes términos:

2. Características del sello de compulsa de copias de documentos.

El sello de compulsa será rectangular. Se incluye como figura 1 de este Anexo representación gráfica del mismo. Estará constituido por un cerramiento y su contenido, de acuerdo con las siguientes especificaciones.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

Su apartado 3-2-1 quedará redactado en los siguientes términos:

3-2-1. Leyenda «Junta de Andalucía¯.

Tipo y tamaño de letra: Lo establecido en el Manual de Diseño Gráfico vigente, reducido el conjunto en un porcentaje tal que las letras tengan una altura de 3 mm.

Situación: Parte superior del rectángulo, centrado respecto al cerramiento lateral, separando el borde superior 2 mm de la línea de cerramiento superior.

En los números 3-2-3, 3-2-4, 3-2-5, 3-2-6 y 3-2-8 donde dice «Avant garde gothic¯ queda sustituido por «Eras Medium¯.

Su apartado 3-2-7 quedará redactado en los siguientes términos:

3-2-7. Identificación del funcionario que ha realizado el cotejo.

Inscripción con la abreviatura Fdo.:, se podrá optar por dejar un espacio suficiente para incluir en cada diligencia que se practique el nombre y dos apellidos del que la realiza o por inscribir en el sello los del titular del órgano con

competencia en la materia.

En el supuesto de que se actúe por delegación existirá otro sello alternativo en el que la abreviatura Fdo.: deberá ir precedida de la inscripción «por delegación¯.

Tipo y tamaño de letra: Eras Medium, estrecha y mayúsculas las primeras letras de cada palabra, con una altura de 1,5 mm.

Situación: Penúltima línea del sello, estará separada 1,5 mm de la siguiente inscripción y centrada horizontalmente.

Se añade un nuevo apartado, el 3-2-9, que quedará redactado en los siguientes términos:

3-2-9. Escudo.

En su versión condensada según los criterios del Manual de Diseño Gráfico.

Situación: Parte inferior del rectángulo, separando el borde inferior 2 mm de la línea de cerramiento inferior y ajustado al margen izquierdo del cerramiento lateral.

Sevilla, 20 de abril de 1998

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación y Justicia