Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 58 de 23/05/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Trabajo e Industria

RESOLUCION de 6 de mayo de 1998, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone el cumplimiento de la Sentencia dictada en el recurso contencioso-administrativo núm. 2139/95, interpuesto por don Ramón Cejas Rivas.

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En el recurso contencioso-administrativo núm. 2139/95, interpuesto por don Ramón Cejas Rivas, contra la resolución de fecha 2 de octubre de 1995, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo de la Junta de Andalucía, por la que se desestima el recurso ordinario deducido contra la del Delegado Provincial de Córdoba de fecha 15 de febrero de 1995, que procedía a efectuar la liquidación por fraude en el suministro de energía eléctrica, autorizando a la empresa suministradora a suspender el suministro si la misma no es abonada en el plazo de un mes, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso- Administrativo de Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, ha dictado sentencia con fecha 28 de abril de 1997, que es firme, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso interpuesto por don Ramón Cejas Rivas contra la resolución del Director General de Industria, Energía y Minas por la que se desestima el recurso ordinario deducido contra la del Delegado Provincial de Córdoba de 15 de febrero de 1995 que procedía a efectuar la liquidación por fraude en el suministro de energía eléctrica, autorizando a la empresa suministradora a suspender el suministro si la misma no es abonada en el plazo de un mes. Sin costas¯.

Por Providencia de fecha 3 de diciembre de 1997, se declara firme la sentencia dictada en el recurso contencioso- administrativo número 2139/95.

En virtud de lo establecido en el artículo 2.5 de la Orden de 8 de julio de 1996 de la delegación de competencias y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de

1956, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el BOJA.

Sevilla, 6 de mayo de 1998.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.