Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 6 de 17/01/1998

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Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 11 de diciembre de 1997, de la Dirección General de Transportes, por la que se hace pública la revisión de las tarifas máximas de aplicación en la Estación de Autobuses de Andújar. (PP. 3980/ 97).

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Con fecha 3 de noviembre de 1997 ha sido presentado en la Dirección General de Transportes de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, por el Excmo. Ayuntamiento de Andújar, expediente de revisión de las tarifas máximas de aplicación en la Estación de Autobuses de dicha localidad.

Las tarifas actualmente en vigor fueron ratificadas por Resolución de la Dirección General de Transportes de 12 de diciembre de 1995.

En el expediente remitido consta la certificación de la Secretaria General Accidental del Excmo. Ayuntamiento de Andújar, del acuerdo adoptado por el Pleno de dicho Ayuntamiento en sesión extraordinaria celebrada el día 9 de octubre de 1997, por el que aprueban las tarifas solicitadas por la empresa concesionaria Promoandújar, S.L., a propuesta de la Comisión Informativa de Servicios del día 18 de septiembre de 1997, en base al informe emitido por el Interventor Accidental, del que se deduce que la cuestión planteada se encuentra debidamente justificada.

A la vista de lo anterior, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 19, 127 a 132 de la Ley 16/87, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, y 183 a 187 de su Reglamento de aplicación de 28 de septiembre de 1990, se considera conveniente ratificar las tarifas aprobadas por el Excmo. Ayuntamiento de Andújar.

Por todo ello, esta Dirección General, haciendo uso de las competencias que le confiere el Decreto número 30/82, de fecha 22 de abril, de la Presidencia de la Junta de Andalucía,

RESUELVE

Primero. Ratificar las tarifas máximas de aplicación en la explotación de la Estación de Autobuses de Andújar aprobadas por el Excmo. Ayuntamiento de Andújar, que a continuación se exponen, con detalle de los conceptos por los que han de percibirse las mismas y con expresa advertencia de que tales tarifas habrán de ser incrementadas en su correspondiente IVA, sin que puedan ser recargadas con ningún otro gravamen:

Concepto Tarifas máximas

1. Por entrada o salida de un autobús

con viajeros, al finalizar o iniciar

viaje o bien escala de autobús

en tránsito:

1.1. Con recorrido menor de 30 km 74 ptas.

1.2. Con recorrido entre 30 y 90 km 80 ptas.

1.3. Con recorrido mayor de 90 km 145 ptas.

2. Por alquiler de la zona de taquillas:

2.1. Alquiler mensual por cada taquilla 8.000 ptas.

3. Por la utilización de los viajeros

de los Servicios Generales de la Estación, con cargo a aquéllos que salen

o rinden viaje en la misma:

3.1. Por recorrido menor de 30 km 8 ptas.

3.2. Por recorrido entre 30 y 90 km 13 ptas.

3.3. Por recorrido mayor de 90 km 15 ptas.

Quedan excluidos de la obligatoriedad del abono de las tarifas por los conceptos que les sean imputables aquellos viajeros que se encuentren en tránsito, a través de servicios de transporte cuyo tiempo de permanencia en la Estación sea inferior a 60 minutos.

La percepción de las tarifas de la Estación a los viajeros se hará por los concesionarios de las líneas de transporte simultáneamente a la venta del billete de transporte, haciéndose constar en éste que en el importe del mismo está incluida la tarifa correspondiente a la Estación de Autobuses.

4. Por la utilización del servicio de consignas:

4.1. Depósito de equipaje por día o fracción 43 ptas.

5. Facturación de equipajes:

5.1. Por cada bulto o maleta 50 ptas.

6. Aparcamiento:

6.1. De 8 a 22 horas 194 ptas.

6.2. De 22 a 8 horas 290 ptas.

Segundo. El cuadro de tarifas deberá obligatoriamente hallarse expuesto al público.

Tercero. Las tarifas máximas de aplicación en la Estación de Autobuses de Andújar entrarán en vigor el día siguiente de su publicación en el BOJA.

Contra la presente Resolución, que no opone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso ordinario ante el Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas y Transportes, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su notificación.

Sevilla, 11 de diciembre de 1997.- El Director General, Miguel Durbán Sánchez.

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