Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 7 de 20/1/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

ORDEN de 16 de diciembre de 1997, por la que se financia la operación de crédito contraída por la Diputación Provincial de Sevilla, con el Banco de Crédito Local para la ejecución de proyectos de obras municipales incluidas en conciertos con el Inem y afectas al Programa de Fomento de Empleo Agrario 1997.

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Determinada por Decreto 219/1997, de 30 de septiembre, la financiación por la Administración de la Junta de Andalucía de los créditos que, durante el ejercicio 1997, contraigan las Diputaciones provinciales con el Banco de Crédito Local para la ejecución de proyectos de obras realizadas por las Corporaciones Locales en concierto con el Inem y de acuerdo con el Programa de Fomento de Empleo Agrario, la Diputación Provincial de Sevilla ha solicitado de esta Consejería, de conformidad con el Convenio tripartito Administración de la Junta de Andalucía/Banco de Crédito Local/Diputaciones Provinciales, así como con el suscrito entre la Administración de la Junta de Andalucía y dicha Diputación Provincial, la subvención a que hace referencia el artículo 2 de la citada normativa, acompañándose de expediente en el que quedan debidamente acreditados los extremos a que hace referencia el artículo 4.1 del mismo Decreto.

Teniendo en cuenta las atribuciones que me confiere la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma, y en virtud de lo dispuesto por el Decreto 219/1997, de 30 de septiembre, de financiación de los créditos contraídos por las Diputaciones provinciales con el Banco de Crédito Local para la ejecución de proyectos de obras municipales afectas al Programa de Fomento de Empleo Agrario 1997,

D I S P O N G O

Primero. Dentro de los límites establecidos por el artículo 3 del Decreto

219/1997, de 30 de septiembre, se financien en un 75% las cantidades que en concepto de amortización de capital e intereses ha de sufragar la Diputación Provincial de Sevilla al Banco de Crédito Local por los créditos concedidos por esta Entidad para la ejecución de los proyectos de obras afectos al Programa de Fomento de Empleo Agrario del ejercicio 1997.

Segundo. Se concede una subvención a la Diputación Provincial de Sevilla por un importe total de 164.544.772 ptas. desglosado en las cantidades que figuran en Anexo a la presente Orden y con destino a las Corporaciones locales detalladas en el mismo, en el que consta, igualmente, las aportaciones de la Administración estatal, provincial y local.

Tercero. Los proyectos de obra que se subvencionan son los determinados en el acuerdo alcanzado por la Comisión Provincial de Seguimiento para el Programa de Fomento de Empleo Agrario de 1997 y para las Entidades locales que se relacionan en el Anexo.

Cuarto. Conforme dispone el artículo 8 del Decreto 219/1997, de 30 de septiembre y a los efectos de financiar el coste de materiales de los proyectos de obras afectos al Programa de Fomento de Empleo Agrario de 1997, la Diputación Provincial de Sevilla podrá disponer del préstamo suscrito con el Banco de Crédito Local por un importe máximo de 219.393.014 ptas.

Quinto. La Diputación Provincial de Sevilla deberá remitir a la Consejería de Gobernación y Justicia antes del 31 de diciembre de 1998, valoración definitiva de las obras ejecutadas en los términos que establece el Decreto y el Convenio regulador del Programa de Fomento de Empleo Agrario 1997.

En cualquier caso, el expediente correspondiente a la citada valoración debe aportar certificación acreditativa en la que se indique relación municipalizada de todos y cada uno de los proyectos de obras realizadas con indicación expresa de las cuantías finales aportadas por cada uno de los organismos participantes.

Sexto. De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del Decreto 219/1997, de 30 de septiembre, las Entidades locales beneficiarias deberán colocar en cada obra afecta al Programa de Fomento de Empleo Agrario 1997 y en lugar visible, un cartel en el que consten expresamente las Entidades que cooperan en la financiación del mismo.

El logotipo de identificación corporativo de la Junta de Andalucía en dicho cartel deberá ajustarse al Decreto 127/1985, de 12 de junio, regulador del manual de identidad corporativo de la Junta de Andalucía.

Séptimo. Se ordena la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía así como su traslado a la Diputación Provincial de Sevilla y al Banco de Crédito Local, a los efectos pertinentes.

Sevilla, 16 de diciembre de 1997

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación y Justicia

ANEXO

CORPORACION APORTACION APORTACION APORTACION LOCAL INEM JUNTA AND. DIP.PROV.

AGUADULCE 3.540.530 1.062.158 354.053. ALANIS 2.197.531 659.259 219.753. ALBAIDA DEL ALJARAFE 362.925 108.878 36.292. ALCALA DEL RIO 4.499.520 1.349.856 449.952. ALCOLEA DEL RIO 3.227.031 968.109 322.703. ALGAMITAS 2.932.414 879.725 293.241. ALMADEN DE LA PLATA 2.105.380 631.614 210.538. ARAHAL 11.134.128 3.340.238 1.113.413. AZNALCAZAR 2.330.152 699.046 233.015. AZNALCOLLAR 3.646.182 1.093.855 364.618. BADOLATOSA 8.675.755 2.602.727 867.575. BENACAZON 2.483.558 745.067 248.356. BRENES 5.538.565 1.661.570 553.856. BURGUILLOS 1.599.671 479.901 159.967. CABEZAS DE SAN

JUAN (LAS) 14.165.955 4.249.787 1.416.595. CAMAS 208.485 62.546 20.848. CAMPANA (LA) 7.727.013 2.318.104 772.701. CAÑADA ROSAL 1.811.108 543.332 181.111. CANTILLANA 6.754.105 2.026.232 675.410. CARMONA 8.151.858 2.445.557 815.186. CARRION DE LOS CESPEDES 265.414 79.625 26.541. CASARICHE 8.505.308 2.551.592 850.531. CASTIBLANCO DE LOS

ARROY 1.204.473 361.342 120.447. CASTILLEJA DE LA CUESTA 222.538 66.761 22.254. CASTILLO DE LAS GUARDAS 1.766.294 529.889 176.629. CAZALLA DE LA SIERRA 4.370.799 1.311.240 437.080. CONSTANTINA 14.222.812 4.266.844 1.422.281. CORIA DEL RIO 3.306.857 992.057 330.686. CORIPE 5.534.829 1.660.449 553.483. CORONIL (EL) 8.008.614 2.402.585 800.861. CORRALES (LOS) 9.448.578 2.834.573 944.858. CUERVO DE SEVILLA, EL 17.447.698 5.234.309 1.744.770. DOS HERMANAS 1.664.714 499.415 166.471. ECIJA 15.855.077 4.756.523 1.585.508. ESTEPA 4.372.708 1.311.812 437.271. FUENTES DE ANDALUCIA 10.013.896 3.004.169 1.001.389. GERENA 3.924.845 1.177.454 392.484. GILENA 5.751.856 1.725.557 575.185. GUADALCANAL 2.684.566 805.370 268.456. GUILLENA 71.573 21.472 7.157. HERRERA 4.981.368 1.494.410 498.137. HUEVAR 944.404 283.322 94.440. LANTEJUELA (LA) 19.257.718 5.777.315 1925.772. LEBRIJA 26.136.387 7.840.916 2.613.639. LORA DE ESTEPA 453.597 136.079 45.360. LORA DEL RIO 17.954.797 5.386.439 1.795.480. LUISIANA (LA) 5.059.954 1.517.987 505.995. MADROÑO (EL) 334.831 100.449 33.483. MAIRENA DEL ALCOR 1.192.202 357.661 119.220. MARCHENA 5.038.544 1.511.564 503.854. MARINALEDA 2.886.711 866.013 288.671. MARTIN DE LA JARA 3.303.805 991.142 330.380. MOLARES (LOS) 2.331.046 699.314 233.104. MONTELLANO 17.518.773 5.255.632 1.751.877. MORON DE LA FRONTERA 17.649.955 5.294.987 1.764.995. NAVAS DE LA

CONCEPCION (L 2.789.820 836.946 278.982. OLIVARES 851.220 255.366 85.122. OSUNA 49.244.538 14.773.361 4.924.454. PALACIOS Y

VILLAFRANCA (L 18.863.599 5.659.080 1.886.360. PARADAS 5.279.746 1.583.924 527.974. PEDRERA 7.281.168 2.184.350 728.117. PEDROSO (EL) 1.109.397 332.819 110.940. PEÑAFLOR 4.048.941 1.214.682 404.894. PILAS 8.441.640 2.532.492 844.164. PRUNA 5.435.183 1.630.555 543.518. PUEBLA DE CAZALLA (LA) 14.086.904 4.226.072 1.408.690. PUEBLA DE LOS

INFANTES (L 5.914.353 1.774.306 591.435. PUEBLA DEL RIO (LA) 1.541.590 462.477 154.159. REAL DE LA JARA (EL) 219.505 65.852 21.950. RINCONADA (LA) 4.914.579 1.474.374 491.458. RODA DE ANDALUCIA (LA) 5.126.137 1.537.841 512.614. RUBIO (EL) 12.535.841 3.760.752 1.253.584. SALTERAS 354.230 106.269 35.423. SAN JUAN DE AZNALFARACHE 188.948 56.684 18.895. SAN NICOLAS DEL PUERTO 249.322 74.797 24.932. SAUCEJO (EL) 7.422.372 2.226.712 742.237. SEVILLA 2.895.029 868.509 289.503. TOCINA 7.345.283 2.203.585 734.528. TOMARES 119.228 35.768 11.923. UMBRETE 2.131.642 639.493 213.164. UTRERA 23.138.402 6.941.521 2.313.840. VALENCINA DE LA

CONCEPCIO 162.014 48.605 16.201. VILLAFRANCO DEL

GUADALQUI 6.364.012 1909.204 636.401. VILLAMANRIQUE DE LA

CONDE 3.806.474 1.141.943 380.647. VILLANUEVA DE SAN JUAN 3.465.073 1.039.522 346.507. VILLANUEVA DEL ARISCAL 129.737 38.921 12.974. VILLANUEVA DEL RIO Y

MINA 2.099.853 629.956 209.985. VILLAVERDE DEL RIO 2.713.422 814.027 271.342. VISO DEL ALCOR (EL) 1.433.928 430.178 143.393.

TOTAL: 548.482.537 164.544.772 54.848.242.

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