Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 73 de 02/07/1998

1. Disposiciones generales

Parlamento de Andalucía

ACUERDO de 10 de junio de 1998, de la Mesa, de Convocatoria de una beca para Formación Periodística en el Gabinete de Prensa del Parlamento de Andalucía.

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El pasado 25 de mayo de 1998 presentó su renuncia al disfrute de la beca de formación de personal en el Gabinete de Prensa del Parlamento de Andalucía la adjudicataria de la beca convocada por Acuerdo de 24 de septiembre de 1997. Teniendo en cuenta que las bases de la citada convocatoria no establecían ningún mecanismo de sustitución en caso de renuncia, y que las necesidades de organización del propio Gabinete de Prensa aconsejan que la duración de la nueva beca sea también de un año, la Mesa del Parlamento de Andalucía, en su sesión del día de la fecha,

HA ACORDADO

Convocar una beca para formación periodística en el Gabinete de Prensa del Parlamento de Andalucía para Licenciados en Ciencias de la Información, rama de Periodismo, que hayan finalizado los estudios de licenciatura en el curso académico

96/97, de acuerdo con las siguientes

BASES

Primera. La beca tendrá por objeto contribuir a la formación de futuros profesionales de la información en la recogida, procesamiento y ordenación de información periodística relativa al Parlamento de Andalucía durante el período de vigencia de la misma, así como en el tratamiento de dicha información a través de un archivo óptico documental.

Segunda. Podrán solicitar esta beca quienes reúnan los siguientes requisitos en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes:

a) Poseer la nacionalidad española.

b) Tener el título de Licenciado en Ciencias de la Información, rama Periodismo, habiendo finalizado los estudios de licenciatura en el curso académico 96/97.

Tercera. La beca comprende las siguientes asignaciones:

a) Una asignación mensual de 100.000 ptas., pagaderas por mes vencido.

b) Una asignación para un seguro combinado de accidentes individuales, intervención quirúrgica, hospitalización y asistencia médica por un importe de 75.000 ptas., debiendo presentar en el Servicio de Gestión de Asuntos Generales y Gestión de Personal del Parlamento de Andalucía fotocopia del recibo del seguro.

El disfrute de la beca será incompatible con la percepción de cualquier otra retribución, beca o ayuda no autorizada, salvo becas de estudios universitarios cuando sus bases de concesión así lo permitan.

Cuarta. La duración de la beca será de 12 meses; al final del período se solicitará una memoria de evaluación de la actividad realizada.

Quinta. La adjudicación de la beca no supone ningún tipo de vinculación laboral entre el beneficiario y el Parlamento de Andalucía, ni implica compromiso alguno por parte de éste.

Sexta. El becario deberá permanecer asiduamente en el Gabinete de Prensa donde realizará el programa.

Séptima. El Jefe de Gabinete de Prensa presentará a la Secretaría General una evaluación trimestral de desarrollo del programa realizado por el becario. La valoración positiva será necesaria para la continuación del disfrute de la beca.

Octava. Las solicitudes se formalizarán en el impreso cuyo modelo figura en el Anexo I o fotocopia del mismo y serán dirigidas al Excmo. Sr. Presidente del Parlamento de Andalucía, presentándose en el Registro General del mismo, o por

cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo

38.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, debiendo adjuntarse la siguiente documentación:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

b) Certificación académica personal completa de la licenciatura de Ciencias de la Información, rama de Periodismo, en original o fotocopia debidamente compulsada.

c) Curriculum vitae del solicitante.

d) Documentos acreditativos o, en su defecto, fotocopia compulsada, de los méritos alegados.

No obstante lo anterior, las personas que fueron solicitantes de la beca convocada por Acuerdo de 24 de septiembre de 1997, de la Mesa de la Cámara, no estarán obligados a presentar la documentación que ya obre en poder del Parlamento de Andalucía. En este caso sólo presentarán la solicitud, acompañada de la documentación acreditativa de los méritos alegados que no se encuentre en poder del Parlamento.

Novena. La selección se realizará por una Comisión nombrada al efecto, que tendrá en cuenta en una primera fase:

a) Expediente académico.

b) Prácticas realizadas en medios de comunicación,

especialmente si han tenido alguna relación con la información parlamentaria.

c) Cursos realizados dirigidos a la formación periodística.

d) Conocimiento de idiomas extranjeros.

La Comisión de Selección realizará, en una segunda fase, una prueba a aquellos aspirantes que hubieran alcanzado un mínimo de 5 puntos en la primera fase, de acuerdo con la base décima de la presente convocatoria. La mencionada prueba consistirá en la realización de un ejercicio escrito, tipo test, con

cuestiones relacionadas con el Parlamento de Andalucía. Los aspirantes tendrán que obtener un mínimo de 5 puntos en la segunda prueba para que puedan ser sumados a la puntuación obtenido en la primera fase. Los cinco aspirantes que obtengan mayor puntuación, sumadas ambas fases, accederán a una tercerá, en la que se verificarán los méritos alegados. Esta fase se calificará de 0 a 5 puntos.

Quedará seleccionado el aspirante que tenga mayor puntuación una vez sumadas las obtenidas en las tres fases.

Igualmente, la Comisión aprobará un listado en el que figuren por orden de puntuación los aspirantes no seleccionados. En caso de renuncia de alguno de los beneficiarios de las becas, se procederá a llamar, sucesivamente, por su orden, a los candidatos que figuren en dicho listado.

Décima. La valoración de los méritos para la primera fase se efectuará de acuerdo con el siguiente baremo:

a) Expediente académico:

- Media de Sobresaliente: 5 puntos.

- Media de Notable: 3 puntos.

b) Prácticas (máximo de 4 puntos): 0,50 puntos por mes.

c) Cursos (máximo de 2 puntos): 0,25 puntos por curso.

d) Idiomas (máximo de 2 puntos): 1 punto por idioma.

Undécima. La Comisión estará constituida por el Ilmo. Sr. Secretario Primero de la Mesa de la Cámara, quien actuará como Presidente de la Comisión, siendo los Vocales de la misma la Ilma. Sra. Secretaria Segunda de la Mesa de la Cámara, un Letrado de los Servicios Jurídicos, el Jefe de Gabinete de Prensa del Parlamento de Andalucía y el Jefe del Servicio de Gestión de Personal y Asuntos Generales del Parlamento de Andalucía, quien actuará además como Secretario.

Duodécima. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales, contados a partir del siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Decimotercera. La Resolución de la Mesa de la Cámara

nombrando al becario que haya obtenido la plaza se publicará en el Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Decimocuarta. El aspirante seleccionado comenzará la

realización de las tareas encomendadas en el plazo de un mes desde la publicación de su nombramiento.

Sevilla, 10 de junio de 1998.- El Letrado Mayor, José A. Víboras Jiménez.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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