Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 80 de 18/07/1998

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Consejería de Trabajo e Industria

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Jaén, de información pública sobre instalaciones eléctricas. (PP. 2128/98).

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Exp. núm. 7.542.

A los efectos previstos en los artículos 52 y 53 de la Ley

40/1994, de 30 de diciembre, de Ordenación del Sistema Eléctrico Nacional, y el artículo 10 del Decreto 2619/1966, de

20 de octubre, se somete a Información Pública la petición de declaración de Utilidad Pública, en concreto, implicando esta última la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de una instalación eléctrica cuya relación de afectados fue publicada en el BOP y diario de fechas 28-1-98 y 31-1-98 y cuyas características principales se señalan a continuación.

DESCRIPCION DE LA INSTALACION

Peticionario: Compañía Sevillana de Electricidad, S.A., Avda. de la Borbolla, núm. 5, Sevilla.

Finalidad de la instalación: Dar apoyo a 66 KV a la Sub. «Calvario¯, desde la Sub. «Olivares¯ en Jaén. Características de la instalación:

- Origen: Apoyo núm. 126, línea a 66 KV, «Andújar-Calvario¯.

- Final: Subestación «Olivares¯.

- Longitud: 898,28 metros.

- Término municipal afectado: Jaén.

- Tipo: Aérea.

- Tensión de servicio: 66 KV.

- Conductores: LA-180, Aisladores: Vidrio templado E-70/127.

Presupuesto en ptas.: 12.940.800.

Procedencia del material: Nacional.

Lo que se hace público para que pueda ser examinada la documentación presentada en esta Delegación Provincial, sita en Jaén, Paseo de la Estación, núm. 19, 2ª planta, y formule al mismo tiempo las reclamaciones, por duplicado, que se estimen oportunas en el plazo de 30 días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio.

Asimismo, los afectados, dentro del mismo plazo, podrán aportar los datos oportunos a los solos efectos de rectificar posibles errores en la relación indicada, de acuerdo con el artículo 56 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, así como formular las alegaciones procedentes por razón de lo dispuesto en los artículos 25 y 26 del Decreto 2619/1966, de 20 de octubre.

Los afectados podrán recabar, a través de esta Delegación Provincial, que el peticionario les facilite los datos que consideren para la identificación de los bienes.

Jaén, 8 de mayo de 1998.- El Delegado, Francisco García Martínez.

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