Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 83 de 25/07/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

ACUERDO de 21 de julio de 1998, del Consejo de Gobierno, sobre cumplimiento en sus propios términos de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el recurso núm. 338/91.

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Por Acuerdo de 30 de julio de 1986, el Consejo de Gobierno desestimó el recurso de reposición interpuesto por don Manuel Santiago Granado Moya contra el Decreto 228/1985, de 16 de octubre, de Actuación Comarcal de Reforma Agraria en Antequera (Málaga).

Contra dicho Acuerdo el interesado interpuso recurso contencioso-administrativo núm. 338/91 ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, estableciendo éste, en la parte dispositiva de la Sentencia núm. 294/91, de 17 de julio, lo siguiente:

«FALLAMOS

Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Manuel Santiago Granado Moya contra el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía de 30 de julio de

1986, desestimatorio del recurso de reposición deducido contra el Decreto 228/1985, de 16 de octubre, de Actuación Comarcal de Reforma Agraria de Antequera (Málaga), debemos declarar y declaramos:

1º La nulidad, por no ser ajustado a derecho, del artículo

5º, apartado b), y Anexo 3.b) del referido Decreto, en cuanto incluye a la explotación del demandante en la obligación de presentar un plan de mejora forzosa.

2º El derecho del demandante a que se le notifique personalmente las resoluciones del Presidente del IARA de 22 de marzo y 12 de abril de 1985, por las que se declaró su obligación de presentar declaración sobre aprovechamiento de los últimos cinco años en la Comarca de Reforma Agraria de Antequera.

3º El derecho del demandante a que se le notifique personalmente para alegaciones la clasificación de suelos y tablas de equivalencias a que se refiere el artículo 43.6 del Reglamento de Reforma Agraria aprobado por Decreto 276/84. Todo ello sin hacer expreso pronunciamiento sobre costas.¯

Interpuesto por el Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía recurso de apelación núm. 12.804/91 ante la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, este Tribunal en sentencia de fecha 6 de marzo de 1998, ha fallado su desestimación.

En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo

118 de la Constitución española; 17.2 de la Ley 6/85, de 1 de julio, Orgánica del Poder Judicial, y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 21 de julio de 1998,

ACUERDA

1. Cumplir en sus propios términos la sentencia de 17 de julio de 1991, dictada por la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el recurso núm. 338/1991, interpuesto por don Manuel Santiago Granado Moya, contra el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, de 30 de julio de 1986, desestimatoria del recurso de reposición contra el Decreto 228/1985, de 16 de octubre, de Actuación Comarcal de Reforma Agraria en Antequera, de conformidad con lo ordenado por la Sala.

2. Que por la Consejería de Agricultura y Pesca se realicen las actuaciones necesarias para su cumplimiento.

Sevilla, 21 de julio de 1998

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

PAULINO PLATA CANOVAS

Consejero de Agricultura y Pesca

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