Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 10 de 23/01/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 3 de septiembre de 1998, de la Viceconsejería, por la que se acuerda la adquisición de la finca de Los Carneros, sita en el término municipal de Escacena del Campo (Huelva), propiedad de Las Contiendas, SL, mediante el ejercicio del derecho de tanteo.

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Resultando: Que don Pedro Parias Sainz de Rozas, en nombre y representación de la mercantil Las Contiendas, S.L. comunica, mediante escrito presentado en el Registro de la Delegación Provincial de Huelva, con fecha 27 de marzo de 1998, la transmisión de 420 ha. de la finca Los Carneros, sita en el términos municipal de Escacena del Campo (Huelva), inscrita en el Registro de la Propiedad de La Palma del Condado a los folios 100 al 118 vuelto, del tomo 542, libro 57 de Escacena, finca 1.359, inscripciones 16 a. a la 23 a. a la también mercantil Ibersilva, S.A., en el precio de 56.700.000 ptas.

Resultando: Que el citado señor es requerido por la Delegación Provincial de Huelva, mediante escrito núm. 8.169, de 14 de mayo de 1998, para que aporte la documentación establecida en el artículo 64 del Reglamento Forestal del Estado. Se reitera dicho requerimiento mediante escrito número 6.123, de 13 de abril de 1998.

Resultando: Que, mediante escrito, de 18 de mayo, presentado en el Registro de Entrada con fecha de 4 de junio, don Pedro Parias aporta la documentación requerida, salvo la relativa a la situación registral de la finca.

Resultando: Que, entre los documentos aportados figuran las escrituras de compraventa de la citada finca por parte de Las Contiendas, S.L., realizada ante el Notario del Ilustre Colegio de Sevilla, don Antonio Carrasco García, con número de su protocolo 2.697 y fecha de 12 de julio de 1991, en la cual consta la descripción de la finca, cuya transcripción literal es la siguiente: Terreno que formó parte de la antigua Dehesa de La Contienda, hoy conocida por La Dehesa de los Carneros, en el término municipal de Escacena del Campo; con una extensión superficial, según el Registro de la Propiedad, de setecientas setenta y una hectáreas, treinta y siete áreas y cuatro centiáreas, aunque de medición practicada con motivo de las presentes operaciones, resulta que la verdadera superficie es de cuatrocientas ochenta y seis hectáreas, noventa y ocho áreas y setenta y cinco centiáreas. Linda, por el Norte, con finca vendida al Patrimonio Forestal del Estado por los Hermanos Mauri Benedicto; por el Este, con finca de don Narciso Darnaude, antes «Tío de los Perritos¯, de quien la hubo el nombrado don Narciso, que el lindero más moderno por este viento; por el Sur, con finca de Manuel Martínez Azcoitia; y por el Oeste, con casa de don Manuel Márquez.

Resultando: Que, obtenida nota simple del Registro de la Propiedad de La Palma del Condado el 23 de junio de 1998, consta en la misma que la precitada finca se encuentra gravada con una servidumbre de paso al Arroyo llamado «Laureles o Junta de los Laureles¯ y de abrevadero en el mismo para los ganados del partido de terreno al sitio de Domingo Ruiz, según consta en la inscripción 6ª Asimismo, existe un Gravamen Restitutorio sobre 2/18 partes indivisas de participación de 110/900 partes indivisas de la finca, de la que es fiducitaria la incapacitada doña Isabel Mauri Rivero, según consta en su inscripción 21ª Igualmente existe nota de afección fiscal consignada al margen de su inscripción 28ª

Resultando: Que, no obstante lo consignado en el Resultando anterior, don Pedro Parias hace constar en su escrito de 18 de mayo de 1998, «que la finca no tiene actualmente ningún tipo de cargas ni servidumbres¯.

Resultando: Que la Delegación Provincial de Huelva, con fecha de 18 de junio de 1998 informa favorablemente la adquisición de la finca Los Carneros, mediante el ejercicio del derecho de tanteo, dadas las características y condiciones de venta, pronunciándose en el mismo sentido la Dirección General de Gestión del Medio Natural, mediante escrito de 9 de julio de

1998.

Resultando: Que por Resolución, de 4 de agosto, de esta Viceconsejería, se acuerda el inicio del expediente de

adquisición de la mentada finca, mediante el ejercicio del Derecho de Retracto.

Resultando: Que dicha Resolución fue notificada, en forma y plazo, al representante legal de Las Contiendas, S.L., el día 6 de agosto de 1998, concediendo un plazo de diez días para que formulara las alegaciones que a su derecho convinieren, no existiendo constancia de que se haya hecho uso del mismo.

Considerando: Que por la Disposición Adicional Séptima de la Ley 8/1996, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad de Andalucía para 1997, se suprime la Agencia de Medio Ambiente y que las competencias y funciones de ésta quedan atribuidas a la Consejería de Medio Ambiente, y se entenderán asignadas al Viceconsejero las competencias actualmente atribuidas al Presidente de la Agencia de Medio Ambiente.

Vista la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía; la Ley de 10 de marzo de 1941 sobre Patrimonio Forestal del Estado; la Ley 8/1996, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1997; el Decreto

208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el

Reglamento Forestal de Andalucía, el Decreto de 30 de mayo de

1941, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación de la Ley de 10 de marzo de 1941, sobre el Patrimonio Forestal del Estado.

En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 148/1994, de 2 de agosto, sobre reestructuración de Consejerías y por el Decreto 202/1997, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y vista la propuesta de la Secretaría General Técnica,

HE RESUELTO

Acordar la adquisición, mediante el ejercicio del derecho de tanteo, de la finca Los Carneros, antes descrita, sita en el término municipal de Escacena del Campo (Huelva) a la mercantil Las Contiendas, S.L., por el precio de 56.700.000 ptas. y de la que se segregará la parte indicada en los planos que se han aportado por la propiedad.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía

administrativa, podrá interponerse recurso ordinario, en el plazo de un mes, contado a partir de su notificación, ante el Excmo. Sr. Consejero de Medio Ambiente, sin perjuicio de los demás recursos que en Derecho procedan.

Sevilla, 3 de septiembre de 1998.- El Viceconsejero, Luis García Garrido.

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