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A los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentada sin efecto la notificación de la Resolución de Archivo recaída en el expediente sancionador núm. 201/96, incoado a la entidad Grupo Asticol, S.L., con domicilio últimamente conocido en Ctra. Palma del Río, núm. 15, de Ecija (Sevilla), significándole que contra dicha Resolución de Archivo, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante la Dirección General de Salud Pública y Participación, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en la Disposición Transitoria
2ª de la Ley 4/99, de 13 de enero, de modificación de la Ley
30/92, de 26 de noviembre (BOE núm. 12, de 14-1-99), en relación con lo dispuesto en los arts. 114 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 19 de agosto de 1999.- El Delegado, Francisco Javier Cuberta Galdós.
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