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Don Juan José Romero Bolívar, titular de la concesión VJA-
062 «Noalejo y Jaén con Hijuela¯, solicita, al amparo de los artículos 78 y 82 del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, la supresión de la Hijuela entre La Guardia-Jaén, así como modificación en su número de expediciones, calendarios y horarios.
De conformidad con el artículo 86 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico y de Procedimiento Administrativo, los interesados y afectados en este expediente podrán personarse en el procedimiento, previo examen de la documentación pertinente, en el Servicio de Transportes de Jaén, sito en la calle Arquitecto Berges, núm. 7, bajo, y efectuar cuantas alegaciones y observaciones estimen oportunas en el plazo de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación.
Jaén, 17 de agosto de 1999.- El Delegado, Manuel Fernández Rascón.
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