Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 123 de 23/10/1999

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Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 21 de septiembre de 1999, de la Viceconsejería, por la que se autorizan medidas cinegéticas de carácter excepcional en el coto privado de caza mayor denominado Cenizate, con matrícula J-10.504, situado en el término municipal de Santisteban del Puerto (Jaén). (PP. 3016/99).

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Vista la solicitud presentada por don Joaquín Malo Medina, titular del coto privado de caza mayor denominado Cenizate, con matrícula J-10.504, situado en el término municipal de Santisteban del Puerto, de la provincia de Jaén, de control de hembras de la especie ciervo en dicho coto, debido a la alta densidad existente.

Visto el informe de la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Jaén y el acuerdo del Consejo Provincial de Medio Ambiente, Forestal y de Caza de la provincia de Jaén, de fecha 16 de abril de 1999, sobre la conveniencia de dicho control.

Vista la Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca, de 25 de junio de 1991, de Regulación de la Caza en Andalucía, y en virtud de la Disposición Adicional Tercera, apartado, que faculta a esta Viceconsejería para tomar medidas especiales cuando concurran circunstancias de carácter excepcional, como son la excesiva densidad y el marcado desequilibrio de sexos.

Estando plenamente justificada la reducción de la población de ciervos en el coto, que alcanza una densidad superior a los 30 ejemplares por kilómetro cuadrado, y en concreto de las hembras, con una relación de sexos desequilibrada respecto de los machos, según se desprende del inventario realizado para la

1ª Revisión del Plan Técnico de Caza.

Estando comprobado que la excesiva densidad de ejemplares de ciervo produce efectos no deseados, tales como la degradación de la vegetación, la dificultad para la regeneración del arbolado y el deterioro sanitario y físico de las propias poblaciones de la especie.

No existiendo ningún otro sistema viable técnicamente para reducir las poblaciones, excepto la caza selectiva con arma de fuego, y a propuesta de la Dirección General de Gestión del Medio Natural, he resuelto:

Autorizar la captura de hembras de ciervo en el coto de referencia, debiendo ajustarse a las siguientes condiciones:

a) Epoca de caza: Temporada de caza 1999-2000 (período hábil de la especie).

b) Número de hembras: 50.

c) Modalidades: Rececho, aguardo y batida. Las batidas deberán ser autorizadas expresamente por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Jaén, y sólo se autorizarán cuando no sea posible cumplir el cupo mediante las modalidades de rececho y aguardo.

d) Controles: La Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Jaén tomará las medidas oportunas que garanticen el correcto cumplimiento de las anteriores condiciones.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

La presente Resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Medio Ambiente en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Sevilla, 21 de septiembre de 1999.- El Viceconsejero, Luis García Garrido.

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