Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 139 de 30/11/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 15 de noviembre de 1999, de la Secretaría General Técnica, por la que se hace público el Acuerdo que se cita, por el que se delega la competencia de expedir copias autenticadas en las Unidades de Tramitación que se citan.

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El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, establece que la competencia para expedir copias autenticadas de documentos originales obrantes en los expedientes administrativos corresponderá a las Jefaturas de Sección u órgano asimilado que tengan encomendadas las funciones de tramitación y custodia de los mismos.

El Departamento de Legislación, Informes y Recursos de esta Secretaría General Técnica es el competente para expedir copias autenticadas de los documentos originales cuya tramitación le corresponda. Por razones técnicas, se hace necesario realizar la correspondiente delegación de la competencia en esta materia, en el ámbito del artículo 13 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y del artículo 47 de la Ley del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma.

Por cuanto antecede, esta Secretaría General Técnica

R E S U E L V E

Hacer público el Acuerdo de 20 de octubre de 1999, del Departamento de Legislación, Informes y Recursos del Servicio de Legislación y Recursos de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Gobernación y Justicia de la Junta de Andalucía, por el que se delega la competencia de expedir copias autenticadas en las Unidades de Tramitación que se indican, y cuyo texto figura como Anexo de la presente Resolución.

Sevilla, 15 de noviembre de 1999.- El Secretario General Técnico, Rafael Cantueso Burguillos.

ANEXO QUE SE CITA

ACUERDO DE 20 DE OCTUBRE DE 1999, DEL DEPARTAMENTO DE LEGISLACION, INFORMES Y RECURSOS DEL SERVICIO DE LEGISLACION Y RECURSOS DE LA SECRETARIA GENERAL TECNICA DE LA CONSEJERIA DE GOBERNACION Y JUSTICIA DE LA JUNTA DE ANDALUCIA, POR EL QUE SE DELEGA LA COMPETENCIA DE EXPEDIR COPIAS AUTENTICADAS EN LAS UNIDADES DE TRAMITACION QUE SE INDICAN

De conformidad con los artículos 22.2 y 24 del Decreto

204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, la competencia para expedir copias autenticadas de documentos originales obrantes en los expedientes administrativos corresponderá a las Jefaturas de Sección u órgano asimilado que tengan encomendadas las funciones de tramitación y custodia de los mismos.

Por Acuerdo de 14 de noviembre de 1996, del Departamento de Recursos de la Secretaría General Técnica, se delegó el ejercicio de la competencia de expedir copias autenticadas de documentos administrativos cuya tramitación corresponde al Departamento en la Unidad de Gestión-Legislación e Informes (518496).

El Decreto 179/1999, de 7 de septiembre, por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Gobernación y Justicia y al Instituto Andaluz de Administración Pública, modifica la denominación y número de código del puesto de trabajo del Departamento de Recursos y de la citada Unidad de Gestión-Legislación e Informes (518496), por lo que procede adecuar esta delegación en los órganos actuales.

En base a lo que antecede, de conformidad con el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 47 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma,

A C U E R D O

Primero. La competencia de expedir copias autenticadas de documentos originales atribuidas a las Jefaturas de Sección u órgano asimilado, a tenor de lo dispuesto en los artículos 22.2 y 24 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios

administrativos de atención directa a los ciudadanos, respecto de los documentos originales cuya tramitación corresponde al Departamento de Legislación, Informes y Recursos de la

Secretaría General Técnica, queda delegada en los puestos de trabajo con denominación Unidad de Tramitación y con código de puesto 518507.

Segundo. En las copias autenticadas que se expidan, en virtud de la presente delegación, se indicará expresamente esta circunstancia.

Tercero. La presente delegación de competencias podrá ser revocada en cualquier momento.

Cuarto. Queda sin efecto el Acuerdo de 14 de noviembre de

1996, del Departamento de Recursos de la Secretaría General Técnica, por el que se delega la competencia de expedir copias autenticadas en la Unidad de Gestión-Legislación e Informes (518496).

Sevilla, 20 de octubre de 1999.- La Jefa del Departamento de Legislación, Informes y Recursos, Concepción García López.

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