Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 147 de 18/12/1999

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Consejería de Gobernación y Justicia

ANUNCIO de la Delegación del Gobierno de Sevilla, por el que se notifica Acuerdo de Iniciación incoadoa don Antonio Gavira Martín del expediente sancionador que se cita. (SAN/ET-52/99- SE).

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Vista la denuncia reflejada en el acta de finalización dela corrida de Toros celebrada en la Real Maestranza de Caballería de Sevilla el pasado 10 de abril de 1999.

Siendo este órgano competente para la iniciación y resolución de expediente sancionador por estos hechos, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1677/1984, de 18 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de espectáculos públicos; en el Decreto

294/1984, de 20 de noviembre, que asigna tal competencia a la Consejería de Gobernación, y en uso de atribuciones que le confiere el Decreto 50/1985, de 5 de marzo, en relación con el artículo 24, y Disposición Adicional de la Ley 10/1991, de 4 de abril, sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos, y al amparo de lo establecido en la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de los artículos 11 y 13 del Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, he acordado la iniciación de expediente sancionador contra don Antonio Gavira Martín, nombrando Instructor del mismo a don José Lagares Pichardo, funcionario adscrito a esta Delegación del Gobierno, contra quien podrá promover recusación en cualquier momento de la tramitación del procedimiento cuando concurra alguna de las causas y con los requisitos dispuestos en los artículos 28 y 29 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

En cumplimiento de la normativa citada y examinada la documentación remitida por el denunciante, constan los siguientes hechos:

Que una vez muerta la sexta res del festejo, D. Antonio Gavira Martín, desde el callejón de la plaza, de forma pública y notoria, comenzó a gritar y gesticular hacia el palco, manifestando su total disconformidad con la decisión de la Presidencia en base a la no concesión de un trofeo al diestro Vicente Bejarano y sobre el resultado del reconocimiento de sus reses.

Los hechos descritos suponen una infracción del artículo 82.3 del Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero, por el que se modifica y da nueva redacción al Reglamento de espectáculos taurinos, tipificado como infracción grave en el artículo 15.s) de la Ley 10/1991, de 4 de abril, sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos, pudiéndose sancionar con multa de 25.000 ptas. a 10.000.000 de pesetas, de conformidad con el artículo 18 de la citada Ley 10/1991.

En cualquier momento del procedimiento podrá reconocer la responsabilidad en los hechos denunciados, con los efectos que establece el artículo 8 del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora de 4 de agosto de

1993.

Asimismo, se inicia un plazo de quince días para aportar cuantas alegaciones, documentos e informaciones estime convenientes y se concede trámite de audiencia por el mismo plazo, pudiendo en este período examinar el expediente y proponer las pruebas que considere oportunas, advirtiéndole que, de no hacer uso de su derecho en el plazo indicado, el de iniciación podrá ser considerado propuesta de Resolución, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del citado Reglamento de procedimiento sancionador.

Trasládese al Instructor y notifíquese al interesado.

Sevilla, 12 de noviembre de 1999. - El Delegado, José Antonio Viera Chacón.

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