Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 149 de 23/12/1999

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de la Presidencia

ORDEN de 14 de diciembre de 1999, por la que se resuelve el concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el Instituto Andaluz de la Juventud, convocado por la Orden que se cita.

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Por Orden de 30 de julio de 1999 (BOJA núm. 94, de 14 de agosto), se convocó concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el Instituto Andaluz de la Juventud (Corrección de errores publicada en BOJA núm 102, de 2 de septiembre), de conformidad con lo establecido en el artículo 25.1 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, y en el Decreto 151/1996, de 30 de abril, por el que se regulan los concursos para la provisión de puestos de trabajo de la Administración de la Junta de Andalucía adscritos a funcionarios y se aprueba el baremo que ha de regir los mismos.

Habiéndose cumplido las normas reglamentarias y los procedimientos, y en cumplimiento de lo previsto en la Base Decimoprimera de la Orden antes citada, la Comisión de Valoración ha formulado la correspondiente Propuesta de Resolución del concurso con la valoración final de los candidatos propuestos.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo único, apartado 9, del Decreto 56/1994, de atribución de competencias en materia de personal,

DISPONGO

Primero. Resolución y adjudicación de los puestos de trabajo convocados.

1º Se aprueba la Propuesta de Resolución del concurso, adjudicando, con carácter definitivo, los puestos de trabajo que se relacionan en el Anexo I de la presente Orden a los funcionarios que en el mismo se especifican.

Los destinos son irrenunciables, salvo que con anterioridad a la finalización del plazo posesorio, excluidas las prórrogas de incorporación, los interesados obtengan otro destino por convocatoria pública en el Boletín Oficial, en cuyo caso podrán optar por uno de los dos, viniendo obligados a comunicar por escrito a la Consejería de la Presidencia en el término de tres días, desde la publicación de la adjudicación, la opción realizada.

2º Se declaran desiertos los puestos que no figuran en el Anexo I de la presente Orden por no haber sido adjudicados a ningún funcionario, ya sea porque no han sido solicitados o por no reunir los candidatos solicitantes los requisitos exigidos por las bases para su adjudicación.

Segundo. Tomas de posesión.

Las tomas de posesión se ajustarán a lo establecido en la Base Decimotercera de la Orden de convocatoria del concurso.

Tercero. Recursos.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8.3 y 46 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de

1998.

Sevilla, 14 de diciembre de 1999

GASPAR ZARRIAS AREVALO

Consejero de la Presidencia

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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