Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 150 de 28/12/1999

1. Disposiciones generales

Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 30 de noviembre de 1999, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se convoca el Curso de Especialización en Gestión Financiera y Presupuestaria de las Entidades Locales, CEM-0014-H. 10235, a celebrar en Granada.

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El Instituto Andaluz de Administración Pública convoca el «Curso de Especialización en Gestión Financiera y Presupuestaria de las Entidades Locales¯, que organiza el Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional (CEMCI), de Granada, con sujeción a las siguientes bases:

Primera. Contenido, fecha, y lugar de celebración. Este curso, que se enmarca dentro del programa de formación para cuadros superiores, engloba a cinco módulos:

- Módulo I, sobre Recursos de las Haciendas Locales I: Recursos Financieros. CEM-0014-1. 10236 (10 y 11 de febrero de

2000).

- Módulo II, sobre Recursos de las Haciendas Locales II: Recursos Tributarios. CEM-0014-2. 10237 (9 y 10 de marzo de

2000).

- Módulo III, sobre Recursos de las Haciendas Locales III: Recursos impositivos. CEM-0014-3. 10238 (13 y 14 de abril de

2000).

- Módulo IV, sobre Gestión recaudatoria de las Entidades Locales. CEM-0014-4. 10239 (11 y 12 de mayo de 2000).

- Módulo V, sobre Presupuestación Local. CEM-0014-5.10240 (8 y

9 de junio de 2000).

Estos módulos, aun formando parte de una acción formativa integral, son independientes entre sí y tienen autonomía docente singularizada, de tal manera que se admitirá la matriculación en uno sólo o en varios de los cinco módulos programados.

Todos los módulos se celebrarán en la sede del CEMCI, Plaza de Mariana Pineda, núm. 8, Granada, en horario de 9,00 a 14,00 y de 16,30 a 19,30 horas.

La celebración efectiva del curso programado queda supeditada a que exista un número idóneo de alumnos matriculados.

Segunda. Condiciones generales de admisión. El curso estará dirigido a los cargos electos, directivos y funcionarios con habilitación de carácter nacional, al servicio de las entidades que integran la Administración Local de Andalucía.

Si el número de solicitudes lo permitiese, podrán ser admitidos al curso quienes presten servicios en la Junta de Andalucía y otras Administraciones y entidades públicas actuantes en el territorio de la Comunidad Autónoma, y que lo hubieran solicitado.

Tercera. Criterios de selección.

El número de asistentes al curso será limitado, por lo que, si es necesario, la selección de solicitantes se atendrá a los siguientes criterios:

- Puesto de trabajo desempeñado.

- Solicitud de realización del curso completo.

- Realización curso completo de contabilidad pública 1999.

- Prioridad en la presentación de solicitudes y pago anticipado de los derechos de matrícula.

El CEMCI podrá reservar el 10% de las plazas para su adjudicación discrecional a los colaboradores de este Centro o a otras personas que presten servicio en Entidades con las que el CEMCI mantenga relaciones de colaboración.

Para que la admisión se considere firme, será requisito haber abonado los derechos de matrícula y que el CEMCI la comunique por escrito.

Cuarta. Solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes para participaren el curso o módulos respectivos que se convocan se extenderá desde la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía hasta el día 15 de enero de

2000.

Las solicitudes deberán dirigirse, según modelo adjunto, al CEMCI, Plaza Mariana Pineda, número 8, Granada, C.P. 18009, o presentarse a través de cualquiera de los registros u oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

Quinta. Derechos de matrícula y expedición del certificado. Los admitidos a cada módulo deberán abonar, antes del comienzo de éste, en el CEMCI en Granada, la cantidad de 35.000 pesetas, en concepto de derechos de matrícula y expedición del

certificado (los admitidos al curso, en su globalidad, deberán abonar, antes del comienzo del primer módulo, 175.000 pesetas por la realización efectiva de los cinco módulos). Se podrá realizar el abono de los derechos de matrícula mediante giro postal o telegráfico, cheque nominativo o en efectivo, que, en el supuesto de que no fuese posible la admisión del

solicitante, le será devuelto en el plazo máximo de quince días desde el inicio del curso o de cada módulo, en su caso.

La cancelación de matrícula, para que conlleve la devolución del importe de los derechos abonados, se deberá comunicar al CEMCI al menos cinco días hábiles antes del comienzo de la actividad a que se refiera. Pasado ese plazo, sólo se procederá a la devolución del 50% del importe de los derechos. Una vez comenzado cada curso, no procederá devolución alguna.

Sexta. Puntuación.

La puntuación otorgada a este curso, de conformidad con la Resolución del INAP de 26 de octubre de 1994 (BOE de 8 de noviembre de 1994) será la siguiente:

- Por la asistencia al curso (80 horas): 0,85 puntos.

- Por la asistencia al curso con aprovechamiento evaluado mediante trabajo individualizado (100 horas): 1,40 puntos.

Séptima. Certificado de asistencia/Diploma de

Especialización.

Finalizado el curso o cada módulo, con una asistencia mínima del 90% del total de horas lectivas, los participantes tendrán derecho a la expedición del oportuno certificado acreditativo. Quienes asistan al curso de especialización en su integridad (cinco módulos) obtendrán a la finalización de las actividades un certificado de asistencia por el total de horas de presencia activa (80 horas) y, en caso de que presenten el trabajo de evaluación, y éste sea considerado apto por el Director académico del curso, entonces obtendrán un diploma de

especialización con aprovechamiento (100 horas). Quienes asistan a alguno/s de los módulos sin llegar a completar el curso, obtendrán un certificado de asistencia diferente por cada una de las concretas actividades realizadas (16 horas), sin posibilidad de obtenerlo con aprovechamiento ni puntuación.

No obstante, al personal al servicio de la Junta de Andalucía, que reúna los requisitos para ello, se le expedirá:

- Certificado de asistencia (80 horas) o

- Certificado de asistencia (100 horas) en el supuesto de que se presente el trabajo de evaluación (optativo) y sea

calificado apto por el Director académico del curso.

El CEMCI podrá disponer de los sistemas de control que estime oportunos para comprobar la asistencia.

Octava. Diploma de Experto y Máster.

De acuerdo con el plan de formación para el año 2000, la realización del presente curso de especialización y la

obtención del correspondiente diploma de aprovechamiento será computable para la posterior obtención del diploma de experto en Haciendas Locales y del máster en esta misma materia, para lo que será imprescindible que el alumno acredite estar en posesión de la titulación de Diplomado o Licenciado

universitario respectivamente y, además, que se cumplan el resto de requisitos contemplados por este Centro para la obtención de dichas titulaciones.

Sevilla, 30 de noviembre de 1999.- El Director, Joaquín Castillo Sempere.

ANEXO I

I. Contenido.

- Módulo I, sobre Recursos de las Haciendas Locales I: Recursos Financieros (Granada, 10 y 11 de febrero de 2000).

- Módulo II, sobre Recursos de las Haciendas Locales II: Recursos Tributarios (Granada 9 y 10 de marzo de 2000).

- Módulo III, sobre Recursos de la Haciendas Locales III: Recursos Impositivos (Granada, 13 y 14 de abril de 2000).

- Módulo IV, sobre Gestión Recaudatoria de las Entidades Locales (Granada, 11 y 12 de mayo de 2000).

- Módulo V, sobre Presupuestación Local (Granada, 8 y 9 de junio de 2000).

II. Objetivos.

Analizar la aplicación de técnicas de productividad, calidad, programación, planificación en el proceso productivo de las Entidades Locales, así como la localización en el mismo de las técnicas gerenciales del sector privado, y su incidencia en el desarrollo local.

Profundizar en la ordenación legislativa actualmente vigente en materia tributaria, recaudatoria y financiera, de aplicación a las EE.LL., así como del control económico-financiero en las mismas.

Recabar información sobre resultados obtenidos a raíz de la implantación en materia económico-financiera de técnicas manageriales, confrontando los datos resultantes de la

modernización en la gestión de los servicios públicos.

III. Destinatarios.

El curso está dirigido a los cargos electos de las Entidades Locales, directivos y funcionarios con habilitación de carácter nacional y, en general, al personal de nivel superior que desempeñe puestos de trabajo con funciones económico-

financieras.

IV. Avance de programa:

Módulo I. Recursos de las Haciendas Locales I: Recursos Financieros.

- Naturaleza del poder tributario de las CC.LL. Principios y límites. Fuentes de financiación.

- La Ley de Derechos y Garantías del contribuyente y su aplicación al sistema tributario local.

- Gestión de los recursos tributarios locales. Fases:

Iniciación, comprobación, liquidación y recaudación.

Procedimiento sancionador.

- Imposición y ordenación. Competencia local. Delegación de competencias y colaboración en la gestión.

- Recursos financieros no tributarios: Operaciones de crédito.

- Ingresos de Derecho Privado. Participación en ingresos. Subvenciones. Prestación personal y de transporte.

Módulo II. Recursos de las Haciendas Locales II: Recursos Tributarios.

- El Impuesto sobre Actividades Económicas (I).

- El Impuesto sobre Actividades Económicas (II).

- Recursos de otras EE.LL.: Recargo provincial sobre el IAE y metropolitano sobre el IBI. Las Contribuciones Especiales.

- Las Tasas y su diferenciación de los Precios Públicos (I).

- Las Tasas y su diferenciación de los Precios Públicos (II).

- Revisión, Nulidad, Anulabilidad, rectificación de errores de hecho y devolución de ingresos indebidos. El recurso de reposición. Aplicación de la vía económico-administrativa.

Módulo III. Recursos de las Haciendas Locales III: Recursos Impositivos.

- El Impuesto sobre Bienes Inmuebles: Valoración catastral de los inmuebles.

- El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (I).

- El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (II).

- El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.

- El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.

- El Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

Módulo IV. Gestión Recaudatoria de las Entidades Locales.

- Gestión Recaudatoria. Organos de recaudación y obligados al pago. Alternativas organizativas de servicio.

- El cumplimiento como forma extintiva. Consignación.

Imputación de pagos. Prescripción. Otras formas de extinción.

- Procedimiento de recaudación en período voluntario. Plazos, efectos y justificantes de ingreso. Aplazamiento y

fraccionamiento del pago.

- Procedimiento de recaudación en vía de apremio. Títulos para la ejecución: Requisitos. Consecuencias de su inicio.

- Embargo de bienes y su valoración. Enajenación y aplicación a la deuda. Las costas.

- Oposición al apremio y tercerías. Créditos incobrables. Finalización del expediente. Responsabilidades.

Módulo V. La Presupuestación Local.

- El Presupuesto: Su concepto. El marco normativo de la presupuestación local. Principios presupuestarios

fundamentales.

- El Presupuesto general: Contenido y estructura. Partidas de ingresos y partidas de gastos.

- El Presupuesto por programas: Referencia histórica y

significación actual. Los Presupuestos locales.

- Nuevas técnicas de presupuestación. La planificación

estratégica y la dirección por objetivos.

- La base de ejecución del presupuesto. Los niveles de

vinculación jurídica de los distintos créditos.

- Modificaciones presupuestarias. Créditos extraordinarios y suplementos de crédito. Ampliaciones. Transferencias.

Generación de créditos. Incorporación de remanentes. Bajas.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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