Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
La Delegación Provincial de la Consejería de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía en Córdoba hace saber:
De acuerdo con lo establecido en los Decretos 2617/1966 y
2619/1966, ambos de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas y expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas respectivamente, en aplicación de lo dispuesto en la Ley 54/1997, de 28 de noviembre, del Sector Eléctrico, se somete a información el siguiente proyecto:
Peticionario: Compañía Sevillana de Electricidad, S.A., con domicilio en Córdoba, calle García Lovera, 1. Finalidad: Mejora de la calidad del servicio. Objeto: Autorización administrativa, información pública, aprobación del proyecto y declaración de utilidad pública y declaración del procedimiento de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados. Se adjunta relación anexa de afectados con descripción de los bienes afectados.
Descripción: Línea eléctrica de Alta Tensión a 66 KV, subestación Villanueva de Córdoba-Cardeña.
Términos municipales afectados: Villanueva de Córdoba y Cardeña.
Lo que se hace público para general conocimiento, y pueda ser examinado el expediente en las Oficinas de la Delegación Provincial de Trabajo e Industria, sita en calle Manriques, número 2, y presentar las alegaciones que crean oportunas por triplicado en el plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este anuncio.
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
Afecciones derivadas de la expropiación, a tenor de lo establecido en los artículos 52 y siguientes de la Ley 54/1997, de 28 de noviembre, del Sector Eléctrico:
a) Para los apoyos, expropiación del pleno dominio.
b) Para el vuelo de la línea, constitución de servidumbre forzosa de paso de energía eléctrica, con la prohibición de construir o realizar edificaciones o plantaciones de cualquier tipo excediendo las distancias mínimas reglamentarias.
c) Derecho de acceso o de paso a la finca para realizar reparaciones, mantenimiento, etc.
d) Ocupación temporal de la parcela durante el tiempo de ejecución de las instalaciones.
Córdoba, 5 de noviembre de 1999.- El Delegado, Antonio Poyato Poyato.
Descargar PDF