Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 23 de 23/02/1999

1. Disposiciones generales

Consejería de Asuntos Sociales

ORDEN de 1 de febrero de 1999, por la que se convoca III Premio Andaluz Gitano 1999 a la promoción social y cultural de la comunidad gitana y se publican las bases que regirán el mismo.

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Mediante Orden de 28 de enero de 1997, de la Consejería de Asuntos Sociales, fue creado con carácter anual, el Premio Andaluz «Gitano¯ a la promoción social y cultural de la comunidad gitana, con carácter anual, con la finalidad de premiar la labor de las personas o instituciones que hubiesen destacado en una actividad relevante en favor del colectivo gitano andaluz, contribuyendo con ello a un mejor conocimiento y relación interétnica en Andalucía en cualquiera de los campos del conocimiento y la actividad humana. La citada disposición recoge en su artículo 2 que la convocatoria del Premio se realizará cada año, mediante Orden de la Consejería de Asuntos Sociales, por lo que procede ahora convocar el III Premio Andaluz «Gitano¯ para 1999 y publicar las bases que regirán el mismo.

En su virtud y en uso de las facultades que me confiere el artículo 39 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en relación con lo dispuesto en los Decretos 382/1996, de 1 de agosto y 396/1996, de 2 de agosto, sobre reestructuración parcial de Consejerías y de estructura orgánica de la Consejería de Asuntos Sociales respectivamente, y a propuesta del Director General de Acción e Inserción Social

D I S P O N G O

Artículo Unico. Se convoca el III Premio Andaluz «Gitano¯

1999 a la promoción social y cultural de la comunidad gitana, que se regirá por las Bases que se publican como Anexo a la presente Orden.

Disposición final. La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Sevilla, 1 de febrero de 1999

ISAIAS PEREZ SALDAÑA

Consejero de Asuntos Sociales

A N E X O

BASES QUE RIGEN LA CONVOCATORIA DEL III PREMIO ANDALUZ «GITANO¯ A LA PROMOCION SOCIAL Y CULTURAL DE LA COMUNIDAD GITANA PARA 1999

Finalidad.

1. El Premio Andaluz «Gitano¯ a la promoción social y cultural de la comunidad gitana se instituye con la finalidad de reconocer y premiar a aquellas personas, entidades e instituciones que se hayan destacado en una actividad relevante en favor del colectivo gitano andaluz, contribuyendo con ello a un mejor conocimiento intercultural y a las relaciones interétnicas en Andalucía.

Presentación.

2. Los candidatos al Premio Andaluz «Gitano¯ deberán ser propuestos a la Secretaría para la Comunidad Gitana, órgano adscrito a la Dirección General de Acción e Inserción Social de la Consejería de Asuntos Sociales, por Instituciones públicas o privadas, Federaciones o Asociaciones Gitanas u otras que tengan relación con la comunidad gitana.

Documentación a presentar.

3. Las propuestas de candidatura deberán acompañarse de la siguiente documentación:

a) Instancia de la entidad o institución que haga la propuesta dirigida al Consejero de Asuntos Sociales expresando con claridad sus datos de identificación y domicilio.

b) Certificado acreditativo de la adopción del acuerdo de presentación del candidato de conformidad con las normas estatutarias o de régimen jurídico por las que se rija la entidad u organismo proponente.

c) Datos de identificación y domicilio del candidato, así como propuesta, que deberá ser razonada, acompañada de una memoria detallada y de la documentación que se considere necesaria en orden a valorar lo méritos contraídos por el candidato para optar al Premio Andaluz «Gitano¯.

d) Declaración expresa por parte del organismo o la entidad proponente de aceptación de las bases de este Premio y del fallo del Jurado.

La documentación a la que se refieren los apartados

anteriores se presentará en sobre cerrado en el que figurará la inscripción «Premio Andaluz Gitano¯ y se dirigirá a la

Secretaría para la Comunidad Gitana, Dirección General de Acción e Inserción Social, Avda. Héroes de Toledo, s/n, Edificio Junta de Andalucía, 41071, Sevilla, presentándose en el Registro General de la Consejería de Asuntos Sociales, sito en la dirección mencionada, o en cualesquiera de los registros u oficinas establecidos en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Plazo de presentación.

4. El plazo para presentar la documentación que se exige en el punto 3 de estas Bases finalizará el día 30 de septiembre de

1999, comenzando a partir del día siguiente al de la

publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Jurado.

5. El Jurado estará compuesto por un mínimo de cinco y un máximo de ocho miembros designados por el Consejero de Asuntos Sociales entre personas de reconocido prestigio en su relación con el universo romaní en general y con la comunidad gitana andaluza en particular.

Actuará como Presidente el designado a tal efecto por el Consejero de Asuntos Sociales, quien en caso de empate ejercerá con voto de calidad.

Ejercerá como Secretario, con voz pero sin voto, un técnico adscrito a la Consejería de Asuntos Sociales.

La relación de los integrantes del Jurado se hará pública en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía antes del 30 de octubre de 1999.

El Jurado, una vez constituido, ajustará su actuación a lo establecido en el Capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El fallo del Jurado, que será inapelable, se producirá en el plazo máximo de 45 días a partir de la finalización del plazo de presentación de candidaturas.

Premio.

6. El Premio consistirá en un grupo escultórico alusivo a la comunidad gitana y una «g¯ de oro, símbolo de este premio, figurando en la base de la escultura el nombre del Premio, el nombre del premiado y el año al que corresponde.

La concesión del Premio se hará publica en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y su entrega se celebrará en un acto institucional de carácter público cuya fecha y lugar se anunciarán oportunamente.

Cuando a juicio del Jurado las propuestas recibidas para el premio Andaluz «Gitano¯ no reuniesen los méritos suficientes, éste podrá ser declarado desierto.

Asimismo, cuando a juicio del Jurado, los méritos reconocidos a los candidatos así lo aconsejen, el Premio puede ser

compartido.

Consideraciones generales.

7. Las incidencias derivadas de la aplicación de las presentes Bases serán resueltas por el Jurado constituido,

correspondiendo a la Consejería de Asuntos Sociales la

resolución de todos aquellos aspectos no contemplados en las mismas.

8. Las personas, entidades e instituciones premiadas podrán hacer uso del premio recibido indicando de forma expresa su denominación y el año al que corresponde.

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