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De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habida cuenta que encontrándose don José Salar en ignorado paradero, no pudiendo, por tanto, haberle sido practicada notificación por otros medios, se publica extracto del acto dictado, por considerarse que la notificación íntegra por medio de anuncios lesionaría los derechos inherentes a la menor afectada.
Con fecha 20 de enero de 1999, la Delegación Provincial de Asuntos Sociales de Jaén, en el expediente de protección de menores núm. 6/97, dictó Resolución acordando:
1. El traslado del expediente del menor J.S.P. a la Direcció General dAtenció a la InfOncia, Departament de Justícia de la Generalitat de Catalunya, con la propuesta de su subrogación en el ejercicio de las funciones tutelares y que se encarguen del seguimiento del caso, reaperturando el correspondiente expediente.
2. Una vez asumida la tutela por la Generalitat de Catalunya se procederá al archivo del expediente de protección obrante en esta Delegación Provincial de Asuntos Sociales.
Para conocimiento del contenido íntegro de la Resolución dictada, don José Salar, en paradero desconocido, podrá comparecer en la Delegación Provincial de Asuntos Sociales en Jaén, sita en Paseo de la Estación, núm. 19, 3ª planta.
Jaén, 20 de enero de 1999.- La Delegada, Carmen Peñalver Pérez.
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