Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 33 de 18/03/1999

1. Disposiciones generales

Consejería de Medio Ambiente

ORDEN de 27 de enero de 1999, por la que se hace pública la IV Convocatoria de los Premios Andalucía de Medio Ambiente.

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El Decreto 76/1998, de 24 de marzo, establece las modalidades del Premio «Andalucía¯ de Medio Ambiente y en él se faculta al Titular de la Consejería para que anualmente convoque públicamente tales premios.

Con la finalidad de otorgar público testimonio de reconocimiento a la labor medioambiental de personas, organismos públicos y entidades públicas o privadas que hayan contribuido de forma notoria a la conservación, protección y difusión del medio ambiente de nuestra Comunidad Autónoma, se hace pública la IV Convocatoria de los Premios «Andalucía¯ de Medio Ambiente.

Primero. Se convocan los Premios «Andalucía¯ de Medio Ambiente 1998 en sus tres modalidades: Premio Andalucía de Conservación de la Naturaleza, Premio Andalucía de Protección de la Calidad Ambiental y Premio Andalucía de Difusión de los Valores Naturales de Andalucía.

Segundo. Podrán optar a los Premios «Andalucía¯ de Medio Ambiente, las personas, grupos de personas, organismos públicos y entidades públicas o privadas que se hayan distinguido por su labor en la conservación, protección y difusión del medio ambiente, desarrollada tanto directa como indirectamente en Andalucía. Los candidatos deberán ser propuestos por organismos públicos, o entidades públicas o privadas relacionadas con el Medio Ambiente. También podrán ser propuestos por los miembros del Jurado designado al efecto, de forma colectiva como órgano colegiado; en este último caso, el acuerdo de proposición de candidatos será adoptado conforme a la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, Título II. Cap. II para los órganos colegiados.

Tercero. Se hará entrega a cada uno de los galardonados de una obra en bronce de un artista andaluz de reconocido prestigio, una medalla conmemorativa de los Premios Andalucía de Medio Ambiente y un diploma acreditativo de la concesión.

Cuarto. Las candidaturas deberán ir acompañadas:

1º Datos personales del candidato.

2º Una relación de sus méritos y de las razones que han motivado su presentación.

3º Certificado acreditativo, en su caso, de que el Acuerdo de presentación del candidato, se ha adoptado de conformidad con las normas que para la manifestación de la voluntad rigen en la entidad u organismo proponente.

4º Una declaración expresa de aceptación de las bases de este Premio.

La referida documentación se presentará en el Registro General de la Consejería de Medio Ambiente, sito en Avda. de Eritaña, núm. 1, 41071, Sevilla.

Quinto. El plazo de presentación de la candidatura será de 45 días hábiles a partir del siguiente al de publicación de esta Orden.

Sexto. El jurado para cada uno de los premios estará compuesto por:

Premio Andalucía de Conservación de la Naturaleza:

Presidente, el Consejero de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

Vocales, el Director General de Gestión del Medio Natural y tres personas de reconocido prestigio en materia de Medio Ambiente, nombradas por el Consejero de Medio Ambiente.

Premio Andalucía de Protección Ambiental:

Presidente, el Consejero de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

Vocales, el Director General de Protección Ambiental y tres personas de reconocido prestigio en materia de Medio Ambiente, nombradas por el Consejero de Medio Ambiente.

Premio Andalucía de Difusión de los Valores Naturales:

Presidente, el Consejero de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

Vocales, el Director General de Participación y Servicios Ambientales y tres personas de reconocido prestigio en materia de Medio Ambiente, nombradas por el Consejero de Medio

Ambiente.

El Consejero podrá delegar en el Director General

correspondiente la Presidencia de los Jurados.

Actuará como Secretario de cada jurado un funcionario de cada una de las tres Direcciones Generales, que actuará con voz pero sin voto.

Séptimo. La composición de los Jurados así como el fallo de los mismos se harán públicos durante el mes siguiente al cierre de la convocatoria.

Octavo. La entrega de los Premios se realizará en acto

público cuya fecha y lugar se anunciarán oportunamente.

Noveno. El Consejero de Medio Ambiente resolverá todos

aquellos aspectos no previstos en estas bases.

Décimo. La presente Orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el BOJA.

Sevilla, 27 de enero de 1999

JOSE LUIS BLANCO ROMERO

Consejero de Medio Ambiente

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