Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 5 de 12/01/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

DECRETO 264/1998, de 15 de diciembre, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Galaroza (Huelva) para adoptar su Escudo Heráldico y Bandera Municipales.

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El Ilmo. Ayuntamiento de Galaroza (Huelva) ha estimado oportuno adoptar su escudo heráldico y bandera municipales, a fin de perpetuar los hechos más relevantes y peculiares de su pasado histórico.

A tal efecto, con arreglo a las facultades que le confieren las disposiciones legales vigentes y de conformidad con el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día

29 de marzo de 1998, publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 58 de fecha 18 de mayo de 1998, lo elevó a la Consejería de Gobernación y Justicia para su aprobación definitiva.

Solicitado informe a la Real Academia de Córdoba, de Ciencias, Bellas Letras y Nobles Artes, mediante acuerdo de 30 de octubre de 1997, dejó en suspenso el mismo hasta que se completase la memoria del escudo propuesto. El Ayuntamiento Pleno, mediante acuerdo adoptado en sesión celebrada el día 7 de mayo de 1998, subsanó la anterior deficiencia, por lo que la Real Academia de Córdoba emitió, mediante acuerdo de 29 de octubre de 1998, informe favorable a los proyectos de bandera y escudo municipales.

El expediente se sustanció conforme a las normas establecidas al respecto en la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local y el Decreto 14/1995, de 31 de enero, por el que se establece el procedimiento para la aprobación y rehabilitación de escudos heráldicos, banderas y otros símbolos de las entidades locales de la Comunidad Autónoma Andaluza.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía confiere competencia exclusiva a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Régimen Local.

En su virtud, al amparo de lo establecido en el artículo 2, apartado 7, del Decreto 14/1995, de 31 de enero, y del artículo

26.15 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, a propuesta de la Consejera de Gobernación y Justicia y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 15 de diciembre,

DISPONGO

Primero. Se autoriza al Ayuntamiento de Galaroza (Huelva) para adoptar su escudo heráldico y bandera municipales, que quedarán organizados en la forma siguiente:

Escudo español. De azur, un jarrón de dos asas de oro sumado de tres rosas de plata, talladas y hojadas de lo mismo y resaltado de un creciente de plata sumadas sus puntas de sendas estrellas de cinco rayos, de oro. Al timbre, Corona Real cerrada.

Bandera rectangular en la proporción de 11x18, compuesta por tres franjas de igual anchura, paralelas entre sí y perpendiculares al asta, la primera azul, la segunda blanca y la tercera amarilla. Centrado y sobrepuesto, el escudo de armas local.

Segundo. El presente Decreto producirá efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso- administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía competente en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,

Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 15 de diciembre de 1998

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación y Justicia

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