Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 51 de 04/05/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

DECRETO 81/1999, de 30 de marzo, por el que se acepta la donación a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el Ayuntamiento de Cañete de las Torres (Córdoba), de una parcela de terreno procedente de los trances Saltamatas, Sileruela y Jesús, actualmente Polígono 13, parcela 3, del citado municipio, con destino a la construcción de un Centro de Enseñanza Secundaria; y se adscribe a la Consejería de Educación y Ciencia.

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Por el Ayuntamiento de Cañete de las Torres (Córdoba) fue ofrecida a la Comunidad Autónoma de Andalucía una parcela de terreno procedente de los trances Saltamatas, Sileruela y Jesús, actualmente Polígono 13, parcela 3 del citado municipio, con destino a la construcción de un Centro de Enseñanza Secundaria.

Por la Consejería de Educación y Ciencia se considera de interés la aceptación de la referida donación, que permitirá incrementar la dotación para escolarización secundaria.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el día 30 de marzo de 1999,

D I S P O N G O

Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la donación ofrecida por el Ayuntamiento de Cañete de las Torres (Córdoba) de la siguiente finca:

Porción de terreno procedente de la rústica o tercera suerte de las tres en que se dividió una parcela de tierra calma, procedente de los trances llamados Saltamatas, Sileruela y Jesús, término de Cañete de las Torres, con superficie de 6.000 m¯. Linda: Norte, Clara García Cano; Sur, José Crespo Marín; Levante, Polideportivo Municipal; y, Oeste, finca matriz.

Consta inscrita en el Registro de la Propiedad de Bujalance, a favor del Ayuntamiento de Cañete de las Torres, al folio 6 del tomo 668, libro 156, finca 7.940.

Segundo. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 14 de la mencionada Ley, la finca donada deberá incorporarse al Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, una vez inscrita a su favor en el Registro de la Propiedad, quedando adscrita a la Consejería de Educación y Ciencia, con destino a la construcción de un Centro de Enseñanza Secundaria.

Tercero. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.

Sevilla, 30 de marzo de 1999

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda

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