Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 63 de 1/6/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 11 de mayo de 1999, de la Delegación del Gobierno de Jaén, dictada en el expediente 17/99 de enajenación mediante procedimiento negociado de terrenos propiedad del Ayuntamiento de Higuera de Calatrava.

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En el expediente instruido al efecto por el Ilmo. Ayuntamiento de Higuera de Calatrava (Jaén) se ha dado cumplimiento a lo establecido en los artículos 22 y 47 de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, 79.1 y 120.1 del R.D. Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, en relación con el artículo 141 de la Ley 13/95, de Contratos de las Administraciones Públicas, y artículos 109 y siguientes del Reglamento de Bienes de las Corporaciones Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1986, de

13 de junio.

Siendo competente la Delegada del Gobierno de la Junta de Andalucía en Jaén para dar conformidad a los expedientes de enajenación de bienes, cuando su cuantía no exceda del 25% del Presupuesto Ordinario de la Corporación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.9 del Decreto 29/1986, de 19 de febrero, de desconcentración de competencias.

En virtud de lo anteriormente expuesto, he tenido a bien disponer:

Primero. Prestar conformidad a la enajenación mediante procedimiento negociado, para dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Ayuntamiento de Higuera de Calatrava (Jaén), en sesión plenaria celebrada el día 26 de abril de 1999, del siguiente bien:

Descripción: Porción de terreno rústico de forma irregular con una superficie de 10.045 m¯ a segregar de finca denominada «Hazuela de los Bufeos¯. Linda: Al Norte con camino de servicio de nueva apertura, al Oeste con finca propiedad de don José Quesada Padilla, al Sur con finca propiedad de don Luis Cámara Alvarez y al Este con carretera de Santiago de Calatrava.

Valor pericial: A 800 ptas./m¯, son ocho millones treinta y seis mil pesetas (8.036.000 ptas.).

Inscripción en Registro de la Propiedad de Martos, Tomo 2045, Libro 59, Folio 209, Finca 4.443; Inscripción 1ª (finca matriz).

El adjudicatario queda obligado a destinar el terreno a la instalación de Industria de Almazara de Aceites, así como el cumplimiento del resto de requisitos establecidos en el Pliego de Condiciones.

Notifíquese la presente Resolución al Ayuntamiento de Higuera de Calatrava y remítase al BOJA para su publicación.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al que tenga lugar su notificación o publicación de la misma en el BOJA, ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación y Justicia de la Junta de Andalucía, bien directamente o a través de esta Delegación del Gobierno, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107.1 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Jaén, 11 de mayo de 1999.- La Delegada, María del Mar Moreno Ruiz.