Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 72 de 24/06/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

ORDEN de 9 de junio de 1999, por la que se autoriza la mención Vino de la Tierra para los vinos originarios de la comarca vitícola Norte de Granada.

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El Reglamento (CEE) núm. 822/87 del Consejo, de 16 de marzo de 1987 (DOCE núm. L 84, de 27 de marzo de 1987), por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola, determina en el artículo 72 que el Consejo, a propuesta de la Comisión, establecerá las normas para la designación y presentación de los vinos, y reserva el nombre de vino de mesa al vino definido en el punto 13 del Anexo I.

Esas normas se contienen en el Reglamento (CEE) núm. 2392/89, del Consejo, de 24 de julio de 1989 (DOCE núm. L 232, de 9 de agosto de 1989), por el que se establecen las normas generales para la designación y presentación de los vinos y mostos de uva. A tal efecto, establece que las normas se aplicarán en la designación de los productos en el etiquetado así como en otros documentos. En cuanto a la designación de los vinos de mesa, se establece que puede completarse con la mención de «Vino de la Tierra¯ para los vinos de mesa originarios de España cuando se hayan establecido las normas para su utilización con arreglo a las condiciones enunciadas en su artículo 4.3.

Dichas normas han sido establecidas en España mediante la Orden de 11 de diciembre de 1986, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, que regula la utilización de nombres geográficos y de la mención «Vino de la Tierra¯ en la designación de los vinos de mesa, fijándose en los respectivos anexos las demarcaciones geográficas afectadas, así como las características técnicas que deben reunir los vinos procedentes de las mismas. Por otra parte, en su Disposición Adicional establece que las modificaciones que las Comunidades Autónomas, en ejercicio de sus competencias, introduzcan en las relaciones contenidas en los Anexos I y II de la Orden, y en el Anexo 2 de la Orden de 1 de agosto de 1979, deberán notificarse al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a los efectos de actualización de los citados anexos y del cumplimiento de lo dispuesto en la normativa comunitaria.

Esta Comunidad Autónoma ha asumido las competencias en la materia, en virtud de los artículos 18-1-4ª y 13.16 del Estatuto de Autonomía de Andalucía, las cuales son ejercidas a través de esta Consejería, en base a lo establecido en el Decreto 220/1994, de 6 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Agricultura y Pesca y del IARA.

Por todo ello, teniendo en cuenta la iniciativa del sector vitícola afectado para la mención de «Vino de la Tierra¯ en los vinos de mesa originarios de la comarca vitícola del Norte de la provincia de Granada, así como la propuesta del Director General de Industrias y Promoción Agroalimentaria, y en uso de facultades que tengo conferidas,

D I S P O N G O

Unico. Se autoriza la mención «Vino de la Tierra Norte de Granada¯ a los vinos originarios de la comarca vitícola Norte de Granada definidos en el Anexo de esta Orden y que cumplan las características definidas en la Orden de 11 de diciembre de

1986, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Sevilla, 9 de junio de 1999

PAULINO PLATA CANOVAS

Consejero de Agricultura y Pesca

ANEXO

Comarca vitícola: Norte de Granada.

Términos Municipales: Aldeire, Alicún de Ortega, Alquife, Alruñán, Baza, Beas de Guadix, Benalúa de Guadix, Benamaurel, Caniles, Castril, Castilléjar, Cogollos de Guadix, Cortes de Baza, Cortes y Graena, Cuevas del Campo, Cúllar, Darro, Dehesas de Guadix, Diezma, Dólar, Ferreira, Fonelas, Freila, Galera, Gor, Gorafe, Guadix, Huélago, Huéneja, Huéscar, Jerez del Marquesado, La Calahorra, La Peza, Lanteira, Lugros, Marchal, Orce, Polícar, Puebla de Don Fadrique, Purullena, Valle del Zalabí, Villanueva de las Torres, Zújar.

Variedades principales:

Para blancos: Chardonay, Baladí verdejo, Airén, Torrontés. Para tintos y rosados: Tempranillo, Monastrell, Garnacha Tinta.

Variedades complementarias:

Para blancos: Palomino, Pedro Ximénez, Macabeo.

Para tintos y rosados: Cabernet Sauvignon, Merlot.

Tipos de vinos:

Blancos: Con una graduación mínima de 10º.

Rosados: Con una graduación mínima de 10,5º.

Tintos: Con una graduación mínima de 11,5º.