Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 88 de 31/07/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 29 de junio de 1999, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba la clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Urrácal, provincia de Almería.

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Visto el expediente, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía en Almería, relativo al asunto de referencia, resultan los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Por Resolución de la Presidencia del Instituto Andaluz de Reforma Agraria se acordó el inicio de la Clasificación de las Vías Pecuarias del término municipal de Urrácal, en la provincia de Almería.

Segundo. Los trabajos de recorrido, reconocimiento y estudio de cada vía pecuaria se iniciaron el 17 de diciembre de 1996, previos los avisos y comunicaciones reglamentarias, siendo, asimismo, publicado el citado extremo en el periódico local «La Voz de Almería¯ de fecha 3 de diciembre de 1996, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Urrácal y en el de la Cámara Agraria Local.

A dichos trabajos asistió el representante designado por el Ayuntamiento, don Francisco Galera Jiménez; no asistiendo, a pesar de la previa citación, el representante y práctico de la Cámara Agraria Local, tal como consta en las correspondientes actas levantadas al efecto.

Tercero. Redactada la Proposición de Clasificación, integrada por memoria, anteproyecto de clasificación, actas de clasificación y propuesta, la misma fue remitida al Ayuntamiento, a la Cámara Agraria Local y a la Diputación Provincial.

Posteriormente, la misma fue sometida a exposición publica, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería de fecha 27 de octubre de 1997, así como en los tablones de anuncios del Ayuntamiento y de la Cámara Agraria Local.

Cuarto. A dicha Proposición de Clasificación no se han presentado alegaciones.

A los referidos hechos le son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la resolución del presente acto administrativo, en virtud de las atribuciones que le vienen conferidas en el Decreto 202/1997, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura general básica de la Consejería de Medio Ambiente, y el Decreto

155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Andalucía que desarrolla la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias.

Segundo. Según preceptúa el artículo 7 de la Ley 3/1995, de

23 de marzo, de Vías Pecuarias, «la Clasificación es el acto administrativo de carácter declarativo en virtud del cual se determinan la existencia, anchura, trazado y demás características físicas generales de cada vía pecuaria¯.

Tercero. Al presente expediente de Clasificación de las Vías Pecuarias del término municipal de Urrácal han servido de fundamento los antecedentes existentes en el Fondo Documental de Vías Pecuarias, los antecedentes de las vías pecuarias en los términos limítrofes, las informaciones de los prácticos y cuantos datos se conservan en el terreno. Integra el mencionado Fondo Documental:

- Documento núm. 1: A.H.N. Mesta. Legajo 571, Expte. 4, Purchena (1829-40): Contiene informes de una serie de

reconocimientos de vías pecuarias realizados por la

Subdelegación de la Mesta de Purchena en los años 1829, 1832,

1838 y 1839-40. En ellos se enumeran los distintos trazados viarios que se van reconociendo, que están situados en toda la demarcación de la Subdelegación, en la cual, entre otros términos municipales, se incluye el de Urrácal.

- Documento núm. 2: A.H.N. Mesta. Legajo 1.286. Certificación del Archivero de la Asociación General de Ganaderos del Reino en 1910, sobre los testimonios de actuaciones de la

Subdelegación de Purchena de los años 1829 y 1838.

- Documento núm. 3: I.G.N. Documentación y Archivo. Bosquejo Planimétrico a escala 1:25.000 de Urrácal. 1930. Incluye varios trazados pecuarios.

- Documento núm. 4: Centro de Gestión Catastral y Cooperación Tributaria de Almería. Avance Catastral de Urrácal. Complementa los itinerarios reflejados en el Documento núm. 3.

Considerando que en la presente clasificación se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, así como el Decreto 155/98, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma Andaluza, y demás legislación aplicable al caso.

Visto el informe-propuesta formulado por la Delegación

Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Almería,

RESUELVO

Aprobar la Clasificación de las Vías Pecuarias del término municipal de Urrácal (Almería), de conformidad con la Propuesta formulada por la Delegación Provincial de Almería de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, y conforme a la descripción y coordenadas absolutas UTM que se incorporan a la presente a través de los Anexos I, II y III.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía

administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, conforme a la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la

notificación de la presente, ante el Consejero de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

Lo que así acuerdo y firmo, en Sevilla, 29 de junio de 1999.- El Secretario General Técnico, Juan Jesús Jiménez Martín.

ANEXO I A LA RESOLUCION DE LA SECRETARIA GENERAL TECNICA, DE FECHA 29 DE JUNIO DE 1999, POR LA QUE SE APRUEBA LA

CLASIFICACION DE LAS VIAS PECUARIAS DEL TERMINO MUNICIPAL DE URRACAL, PROVINCIA DE ALMERIA

Los datos técnicos de las vías pecuarias objeto de esta clasificación son los siguientes:

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

(*) La vía, o al menos algún tramo de ella, transcurre por la línea de división de dos términos municipales y la anchura se reparte entre ambos, correspondiendo al término municipal objeto de esta clasificación solamente la mitad de la anchura legal.

ANEXO II A LA RESOLUCION DE LA SECRETARIA GENERAL TECNICA, DE FECHA 29 DE JUNIO DE 1999, POR LA QUE SE APRUEBA LA

CLASIFICACION DE LAS VIAS PECUARIAS DEL TERMINO MUNICIPAL DE URRACAL, PROVINCIA DE ALMERIA

1. Vereda de los Charcones.

Identificador para el inventario de Vías Pecuarias: 04963001. Procede:

Continúa: Finaliza al unirse a la Vereda de la Loma del Toril. Dirección general: S-SE.

Longitud: 3.782 m.

Anchura: 15 m.

Estado de conservación: En general, Regular.

Cruces con carreteras: Uno con la carretera provincial. Uso actual: Como vía de comunicación agraria local.

Observaciones: Aparece descrita en el Documento núm. 1 y núm.

2. También hay una parte de su trazado reflejado en el

Documento núm. 3 y núm. 4.

Descripción: Comienza su itinerario en la Carretera Provincial

844, a la altura de la calle El Pilar, en el pueblo de

Urrácal. Toma dirección S-SE, deja la carretera a la izquierda y sube por un camino de tierra que se dirige al cementerio municipal; queda a la izquierda el camino de entrada a la Ermita de San Blas y a la derecha un estrechamiento de la Rambla Salá conocido como El Estrecho.

Avanza por la ladera de un cerro, deja a la izquierda el Cementerio y llega hasta un camino asfaltado que se le une por la izquierda. Continúa llevándolo en su interior; pasados unos

300 m, una vez que ha superado el cortijo Perea, gira a la izquierda y cruza la carretera provincial 844, dejando a la derecha El Cortijillo; aparecen ahora en ambos márgenes cultivos de olivos y almendros, que predominarán durante el resto del recorrido.

Cruza la Rambla de la Lampera; transcurridos unos 250 m, se le une por la izquierda el Camino de los Charcones, también asfaltado. En esta intersección, la vereda toma dirección SE.

Prosigue su itinerario llevando el Camino de los Charcones en su interior; llega así a una bifurcación en la que se le separa por la izquierda un camino asfaltado. La vereda continúa por el que trae, ahora de tierra.

Avanza dejando a su izquierda varios caminos de acceso a cortijos, entre ellos al Cortijo El Rualor, que posee una balsa que queda a la izquierda del camino. A unos 150 m de la balsa, se pasa junto a un embalse que queda también a la izquierda.

A unos 800 m del embalse anterior quedan a la derecha las vertientes de la Rambla de la Lampera, que en esta zona recibe el nombre de Cañá Honda y llega, llevando siempre el camino en su interior, al cortijo de los Charcones. Desde éste continúa por camino hasta el límite de términos con Purchena donde finaliza su recorrido por Urrácal, al tiempo que se le separa por la izquierda la Vereda de la Loma del Toril.

2. Vereda de la Cueva de Milano.

Identificador para el inventario de Vías Pecuarias: 04963002. Procede: Del término municipal de Somontín, donde recibe el mismo nombre.

Continúa:

Dirección general: E.

Longitud: 1903m.

Anchura: 6 m.

Estado de conservación: En general, Regular.

Cruces con carreteras: Se identifica durante un corto trecho con la carretera provincial 844.

Uso actual: Ninguno.

Observaciones: Parte de su trazado aparece reflejado en el documento núm. 3.

Descripción: Comienza su trazado por Urrácal en el límite de términos con Somontín, a unos 200 m al S-SO del cerro El Castillico (1) . Avanza por este límite de términos (2) durante

300 m aproximadamente, con dirección N, por terrenos de repoblación, llevando en su interior una pequeña trocha.

A la altura de la Cueva del Milano, la vía gira hacia el E, para adentrarse en el término de Urrácal, llevando siempre en su interior la trocha anteriormente citada. Continúa de esta forma hasta llegar a una zona de desnivel muy pronunciado, en donde la trocha desaparece. Desciende entonces de forma brusca hasta el Barranco del Cañico, a la altura de un nacimiento de agua conocido como El Cañico.

En el lecho del barranco, aparece gran cantidad de vegetación que ocupa totalmente el trazado de la vía pecuaria y que dificulta la marcha.

Cruza el Barranco del Cañico, a la altura de un depósito de agua que deja a la izquierda y continúa al otro lado por la falda sur del monte conocido como El Castillico, llevando en su interior una acequia de reciente construcción.

Llega de esta forma a la altura de otro depósito de agua que queda a la izquierda y baja por la ladera del monte

anteriormente citado hasta llegar a la Carretera Provincial 844 que une Urrácal y Somontín; a esta altura deja a la izquierda la piscina municipal y una pista polideportiva. La vereda cruza la Rambla Salá y avanza llevando la carretera en su interior durante aproximadamente 150 m, llegando así a la entrada de la población a la altura de la calle El Pilar, momento en que se une a la Vereda de los Charcones y finaliza su recorrido.

(1) Denominación de la cartografía 1:10.000, al parecer errónea.

(2) El límite de términos coincide con la línea de mojones existentes en el terreno.

3. Vereda de la Loma del Toril.

Identificador para el inventario de Vías Pecuarias: 04963003. Procede: Del término municipal de Purchena.

Continúa: Por el término municipal de Olula del Río, donde recibe el nombre de Vereda de las Zorreras.

Dirección general: E.

Longitud: 1920m.

Anchura: 20 m.

Estado de conservación: En general, Regular.

Cruces con carreteras: Ninguno.

Uso actual: No se observa tránsito ganadero, y se utiliza como camino agrario local.

Observaciones: Parte de su trazado aparece reflejado en el Documento núm. 3.

Descripción: Comienza su itinerario a unos 100 m al Sur-sureste del Cortijo de los Charcones al separarse de la Vereda de los Charcones en un cruce de caminos situado en el partitérminos con Purchena.

Toma dirección E y avanza por un camino por el límite de términos entre Urrácal y Purchena, dejando a la derecha las edificaciones de una granja. Sigue de esta forma, entre parcelas cultivadas, separándose unos 650 m más adelante, por la derecha, un camino que se dirige a la Carretera C-323.

Desde el cruce anterior continúa, siempre por el partitérminos, con la dirección que trae por un camino mal definido sobre el terreno que acabará por ser una simple trocha. Discurre en este tramo primero entre cultivos de secano y luego en zona de monte bajo por lo alto de la Loma del Toril.

Llega de esta forma a las inmediaciones de la Rambla de la Cuna, a cuyo cauce desciende, alcanzando así el M3T entre Urrácal, Olula del Río y Purchena. En este punto finaliza su recorrido por Urrácal para continuar por Olula del Río.

ANEXO III A LA RESOLUCION DE LA SECRETARIA GENERAL TECNICA, DE FECHA 29 DE JUNIO DE 1999, POR LA QUE SE APRUEBA LA

CLASIFICACION DE LAS VIAS PECUARIAS DEL TERMINO MUNICIPAL DE URRACAL, PROVINCIA DE ALMERIA

COORDENADAS ABSOLUTAS U.T.M. DE LOS PUNTOS SINGULARES POR DONDE DISCURREN LAS VIAS PECUARIAS DEL TERMINO MUNICIPAL DE URRACAL (ALMERIA)

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]