Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 93 de 12/8/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 23 de julio de 1999, por la que se aprueba la adaptación a la Ley 30/94, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General, de los Estatutos de la Fundación que se cita.

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Visto el expediente de adaptación a la Ley 30/94, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General, e inscripción en el Registro de Fundaciones Docentes de esta Consejería de la Fundación denominada «Segura Román¯ constituida y domiciliada en Málaga, calle Cortina del Muelle,

3, 4º-B.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La Fundación fue reconocida y clasificada por Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de fecha 9 de septiembre

1986, solicitando la adaptación de sus Estatutos a la Ley

30/94, por Escritura Pública, de fecha 12 de noviembre de 1996, ante don Miguel Olmedo Martínez, notario del Ilustre Colegio de Granada, con número de protocolo 1863, corregidas por don Antonio Olmedo Martínez, notario del Ilustre Colegio de Granada con fecha 9 de febrero de 1999 y número de protocolo 311.

Segundo. Tendrá principalmente, los objetivos y fines siguientes:

Proporcionar becas, en el número y por las cuantías económicas que cada año acuerde por el Patronato, a aquellas personas que estén cursando cualquier grado de enseñanza, incluso de formación profesional o universitaria y que reúnan las demás características que se determinan en la convocatoria.

Tercero. La dotación de la Fundación está constituida por la dotación inicial y cuanto evaluable, económicamente, reciba con ese carácter con posterioridad.

Cuarto. El gobierno, administración y representación de la Fundación se confía de modo exclusivo a un Patronato que estará formado por cinco miembros, siendo su Presidente don Sebastián Martín Molina.

Vistos la Constitución española, el Estatuto de Autonomía de Andalucía, la Ley 30/94, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en actividades de Interés General y demás normas de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Consejería tiene asignada, en virtud del Decreto 42/83, de 9 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, las competencias que en materia de Educación se traspasaron por Real Decreto 3936/82, de 29 de diciembre, y en particular sobre las Fundaciones docentes que desarrollen principalmente sus acciones en Andalucía, ejerciendo, en consecuencia, el Protectorado sobre las de esta clase.

Segundo. Se han cumplido en la tramitación del expediente todos los requisitos considerados esenciales por la Ley 30/94, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en actividades de interés general, por lo que procede la adaptación de los Estatutos de la Fundación a la Ley 30/94, y la inscripción en el pertinente Registro de Fundaciones Docentes.

En consecuencia, y en atención a los Hechos y Fundamentos de Derecho hasta aquí desarrollados, esta Consejería de Educación y Ciencia, visto el preceptivo informe de la Asesoría Jurídica, resuelve:

Primero. Autorizar la adaptación de los Estatutos a la Ley

30/94, y su inscripción en el correspondiente Registro a la Fundación denominada «Segura Román¯, con domicilio en Málaga, calle Cortina del Muelle, número 3, 4º-B.

Segundo. Aprobar los Estatutos contenidos en las escrituras públicas de fecha 12 de noviembre de 1996, corregidos con fecha

9 de febrero de 1999.

Tercero. Confirmar en sus cargos a los miembros del Patronato de la Fundación, y que han aceptado sus cargos.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir de su

publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10.1 y 46.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1998, o en el plazo de un mes, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y Ciencia conforme a las disposiciones de los artículos 107 y

116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99.

Sevilla, 23 de julio de 1999

MANUEL PEZZI CERETO

Consejero de Educación y Ciencia