Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 94 de 14/08/1999

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Consejería de Trabajo e Industria

RESOLUCION de 1 de julio de 1999, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se concede autorización administrativa a Compañía Sevillana de Electricidad, SA, para una instalación de conexión eléctrica en el término municipal de Vejer de la Frontera (Cádiz). (PP. 2312/99).

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 29 de mayo de 1998, la empresa Compañía Sevillana de Electricidad, S.A., con domicilio social en Sevilla, Avda. de la Borbolla, núm. 5, solicitó en la Delegación Provincial de la Consejería de Trabajo e Industria de Cádiz autorización administrativa para realizar una instalación de conexión eléctrica de 220/66/20 KV, en la subestación denominada «Parralejo¯ en el término municipal de Vejer de la Frontera (Cádiz).

Segundo. De acuerdo con el artículo 9 del Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, que regula el procedimiento para el otorgamiento de autorización administrativa en materia de instalaciones eléctricas, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncios en el BOJA núm. de 6 de agosto de 1998, en el BOP de Cádiz núm. de 21 de julio de

1998, no produciéndose alegación alguna.

Tercero. Con fecha 3 de noviembre de 1998, la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Cádiz emite Declaración de Impacto Ambiental por la que declara viable la actividad con los condicionados recogidos en dicho documento.

La citada declaración forma parte de la instalación global para la evacuación de energía procedente de los parques eólicos a situar en el mismo término municipal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas es competente para conceder la citada autorización, según lo dispuesto en el Título I, artículo 13.14, del Estatuto de Autonomía para Andalucía, así como el Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 132/1996, de 16 de abril, sobre Reestructuración de Consejerías, y el Decreto 316/1996, de 2 de julio, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Trabajo e Industria.

Vista la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, así como el Decreto 2617/1966, citado anteriormente.

Vista la Declaración de Impacto Ambiental de la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Cádiz, así como el informe favorable de la Delegación Provincial de la Consejería de Trabajo e Industria de Cádiz.

Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, a propuesta del Servicio de Energía

R E S U E L V E

Conceder autorización administrativa a Compañía Sevillana de Electricidad, S.A., para realizar la instalación referida, cuyas características principales serán:

Tensiones nominales: 220/66/20 KV.

Tipo: Exterior/Interior.

Esquema: Simple barra.

Posición de 220 KV: 2 posiciones de transformador. 1 posición de barras. 1 posición de línea.

Posición de control: 1 sistema integrado de control. Posición de servicios auxiliares: 2 rectificadores batería 125 Vcc de 250 Ah.

Instalaciones complementarias: Telecomunicaciones. Sistema puesta a tierra.

Sistema alumbrado: Sistema protección contra incendios. Término municipal afectado: Vejer de la Frontera (Cádiz).

Esta autorización se otorga de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sin perjuicio de las que correspondan conceder a otros organismos para instalaciones anejas a la planta que quedan fuera de la competencia de esta Dirección General de Industria, Energía y Minas.

La citada instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el Capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de

20 de octubre, debiendo solicitarse la indicada aprobación en un plazo máximo de 9 meses. Caso de no ser factible, lo anteriormente expuesto, se procederá por el peticionario de la autorización a cumplimentar lo que para concesión de prórrogas se ordena en el Capítulo IV del Decreto 1775/1967, de 22 de julio.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso ordinario ante el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo e Industria en el plazo de un mes, contado a partir del día de su notificación, de

conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 1 de julio de 1999.- El Director General, Francisco Mencía Morales.

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