Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 119 de 17/10/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 14 de septiembre de 2000, de la Viceconsejería, por la que se autorizan medidas cinegéticas de carácter excepcional en cotos de caza mayor no cercados (categoría B) de la provincia de Cádiz, durante la temporada 2000-2001.

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Vista la propuesta de la Delegación Provincial de Medio Ambiente en Cádiz, solicitando medidas excepcionales de caza para el control de poblaciones de las especies de caza mayor: Ciervo (Cervus elaphus), muflón (Ovis musimun), gamo (Dama dama), y cabra montés (Capra pyrenaica), en los cotos que se relacionan en el Anexo.

Visto el acuerdo del Consejo Provincial de Medio Ambiente de Cádiz, de fecha 21 de julio de 2000, sobre la conveniencia de dichas medidas.

Estando plenamente justificada la reducción de las poblaciones de ejemplares de caza mayor en los cotos que se citan, ya que durante los últimos años se ha producido un incremento importante de las poblaciones citadas, debido a diversos factores, entre los que destacan el aumento de la superficie acotada, con la consiguiente reducción del furtivismo, y la protección dispensada a las hembras y crías de estas especies, propiciándose un fuerte incremento demográfico al carecer de enemigos naturales.

Comprobando que el progresivo incremento de estas poblaciones durante los últimos años se ha traducido en efectos no deseados, tales como: La degradación de la vegetación, la dificultad para la regeneración del arbolado, y la degradación de las propias especies, pues el exceso de efectivos y el desequilibrio entre sexos ha llevado a un peor desarrollo de los individuos, con menor calidad de los trofeos y mayor vulnerabilidad ante enfermedades.

No existiendo ningún sistema viable técnicamente para reducir las poblaciones, excepto la caza mediante las modalidades que se citan para cada coto, y vista la Disposición Adicional Tercera de la Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de

25 de junio de 1991, de Regulación de la Caza en Andalucía, y en virtud del Decreto 179/2000, de 23 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Medio Ambiente, que faculta a esta Viceconsejería para tomar medidas especiales cuando concurran circunstancias de carácter excepcional, como son la excesiva densidad y el marcado desequilibrio de sexos y a propuesta de la Dirección General de Gestión del Medio Natural,

HE RESUELTO

Autorizar la captura de hembras y crías de las especies citadas, debiéndose ajustar a las siguientes condiciones:

a) El número de animales y los cotos en que se cazarán serán los determinados en el Anexo de esta Resolución. Las cifras de capturas en cada uno de los cotos se han calculado a partir de los datos del Plan Técnico de Caza aprobado, para cada uno de ellos, con especial atención a la estimación de las poblaciones y a la capacidad de carga admisible. Las modalidades a utilizar serán: Rececho, aguardo y batida.

b) Objeto: Equilibrar la densidad y la proporción de sexos de estas poblaciones.

c) Duración: El período de caza para cada coto será desde el comienzo del período hábil de cada especie hasta el 15 de abril del año 2001, para las modalidades de rececho y aguardo, y hasta el final de cada período hábil para la modalidad de batida.

d) Controles: La Delegación Provincial de Medio Ambiente en Cádiz tomará las medidas oportunas que garanticen el correcto cumplimiento de las anteriores condiciones.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de

Andalucía. No pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Medio Ambiente, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley

4/1999, de 13 de enero.

Sevilla, 14 de septiembre de 2000.- La Viceconsejera, Isabel Mateos Guilarte.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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