Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 122 de 24/10/2000

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE MALAGA

ANUNCIO de bases.

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Anexos relativos a las plazas de la Clase del Servicio de Extinción de Incendios correspondientes a la OEP 96 (bases generales publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de

16 de febrero de 1998 y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 14 de marzo de 1998) y del Anexo relativo a la convocatoria para cubrir 1 plaza de Inspector del Servicio de Extinción de Incendios correspondiente a la OEP 2000 (bases generales publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de

19 de mayo de 2000 y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 24 de junio de 2000).

ANEXO 9: CONVOCATORIA DE 1 PLAZA DE SUBOFICIAL DE EXTINCION DE INCENDIOS

1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de 1 plaza de Suboficial de Extinción de Incendios, incluida en la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Servicio de Extinción de Incendios, perteneciente al Grupo C, en régimen funcionarial y turno de promoción interna.

2. Requisitos específicos.

- Título de Bachiller Superior, FP 2 o equivalente (la equivalencia académica deberá ser acreditada mediante certificación oficial expedida por el Organismo Público competente), o bien una antigüedad de diez años en las categorías del Grupo D de la Clase Servicio de Extinción de Incendios.

- Los aspirantes, además de poseer el título indicado anteriormente, deberán ostentar una antigüedad de, al menos, 2 años de servicio en plazas correspondientes a la categoría de Sargento de Extinción de Incendios de este Excmo. Ayuntamiento.

3. Procedimiento de selección: Concurso-oposición y Curso de Habilitación.

3.1. La convocatoria constará de dos fases, concurso-oposición y Curso de Habilitación. Los candidatos para aprobar la convocatoria deberán superar las dos fases descritas que se desarrollarán como a continuación se indica. En lo no especificado en este Anexo se aplicarán las Normas Generales de la Convocatoria publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga núm. 31, de 16 de febrero de 1998.

3.2. Calificación del concurso-oposición: El proceso selectivo se ajustará a lo determinado en el Capítulo VIII de las Normas Generales de la convocatoria, desarrollándose con las peculiaridades que a continuación se indican:

A) Fase de concurso.

El concurso se regirá por el siguiente baremo:

A.1. Méritos profesionales: La antigüedad en el servicio activo, siendo la fecha tope computable el último día del plazo de presentación de instancias, se valorará como a continuación se indica hasta un máximo de 5 puntos:

- Por cada año de servicio completo o fracción superior a 6 meses como Bombero: 0,1 punto, hasta un máximo de 0,7 puntos.

- Por cada año de servicio completo o fracción superior a 6 meses como Cabo de Extinción de Incendios: 0,25 puntos, hasta un máximo de 1,30 puntos.

- Por cada año de servicio completo o fracción superior a 6 meses como Sargento de Extinción de Incendios: 0,75 puntos, hasta un máximo de 3 puntos.

No se computarán a estos efectos los períodos inferiores a 6 meses.

A.2. Méritos académicos y de formación: Se valorarán de acuerdo con el siguiente baremo y hasta un máximo de 5 puntos.

a) La posesión de títulos académicos oficiales, siempre que se encuentren relacionados con la plaza convocada, se valorará de acuerdo con la siguiente proporción, hasta un máximo de 1 punto:

- Título medio universitario: 0,5 puntos.

- Título FP 2, Bachiller Superior o equivalente: 0,3 puntos.

- Título FP 1, Graduado Escolar o equivalente: 0,2 puntos.

En ningún caso el título exigido en la convocatoria, y que haya sido alegado para participar en la misma, podrá tenerse en cuenta a efectos de puntuarse en este apartado. Igualmente, el título superior que se alegue excluirá, en cuanto a su posible valoración, a los inferiores comprendidos en el mismo. Tampoco se tomarán en consideración las titulaciones superiores en más de un grado a la exigible.

b) Los cursos y seminarios, siempre que se encuentren

relacionados con la plaza a que se opta e impartidos por organismos oficiales, se valorarán de acuerdo a la siguiente proporción:

- De 10 a 40 horas de duración: 0,01 punto.

- De 41 a 70 horas de duración: 0,03 puntos.

- De 71 a 100 horas de duración: 0,05 puntos.

- De 101 a 200 horas de duración: 0,10 puntos.

- De 201 horas en adelante: 0,15 puntos.

No serán valorados aquellos cursos cuya duración sea inferior a 10 horas o que no se justifique su duración. Cuando el aspirante haya impartido los citados cursos como ponente, se le atribuirá el doble de la puntuación expresada anteriormente, dependiendo de la duración del curso. La puntuación máxima que se podrá otorgar en este apartado será de 3,5 puntos.

c) La acreditación por los candidatos de que han publicado tesis, textos o artículos relacionados con materias de

extinción de incendios y seguridad se puntuará con 0,25 puntos por cada tesis; 0,20 puntos por cada texto y 0,15 puntos por cada artículo, hasta un máximo de 0,5 puntos.

El Tribunal podrá otorgar en esta fase de concurso un máximo de 10 puntos.

Respecto a la indumentaria precisa para realizar las pruebas, los aspirantes vendrán equipados con vestuario deportivo adecuado: Camiseta, pantalón corto o largo y zapatillas con suela de goma o similar. En ningún caso está permitido el uso de tacos o clavos en las zapatillas. Para la prueba de natación la indumentaria única y obligatoria será: Gorro de natación y bañador de tipo competición. Está permitido usar gafas de natación.

El cronometraje de las pruebas se realizará de forma manual.

c) Tercer ejercicio: De carácter igualmente obligatorio y eliminatorio. Consistirá en unas pruebas prácticas que

demuestren la capacitación de los aspirantes en el conocimiento de los vehículos, útiles y herramientas necesarias y

complementarias en las actuaciones en materia de extinción de incendios y salvamentos. Constará de dos partes:

- Primera parte: El Tribunal determinará las pruebas

prácticas pertinentes para la evaluación profesional de los aspirantes en el conocimiento de los vehículos del Servicio e, igualmente, en la conducción de los vehículos para los que se exige la posesión del carné de conducir establecido como requisito en la presente convocatoria. Esta primera parte será calificada de 0 a 10 puntos, debiendo los aspirantes alcanzar como mínimo 5 puntos para superarla. Los aspirantes que no alcancen los 5 puntos como mínimo en esta primera parte resultarán excluidos de la convocatoria y no podrán realizar la segunda parte.

- Segunda parte: El Tribunal determinará las pruebas prácticas pertinentes para la evaluación de la cualificación profesional de los aspirantes en los conocimientos básicos reflejados en el temario. Esta segunda parte será calificada de 0 a 10 puntos, debiendo los aspirantes alcanzar como mínimo 5 puntos para superarla. Los aspirantes que no alcancen los 5 puntos como mínimo en esta segunda parte resultarán excluidos de la convocatoria.

La calificación de este tercer ejercicio se hallará sumando las puntuaciones obtenidas en la primera y segunda parte de las que consta el mismo, y posteriormente se dividirán por dos. Los candidatos deberán obtener, al menos, 5 puntos para superar este tercer ejercicio.

El Tribunal para la elaboración de cada prueba de este

ejercicio se reunirá inmediatamente antes de su realización, confeccionando un original de la prueba, que quedará bajo la custodia del Secretario/a del Tribunal.

3.2. Curso de Ingreso.

El Tribunal, terminada la calificación de los aspirantes, publicará la relación de los que hayan obtenido las mayores puntuaciones en orden decreciente y sumen un número igual al de plazas a cubrir, que serán los que pasen al Curso de Ingreso.

El Excmo. Sr. Alcalde, de conformidad con la propuesta

anterior, podrá, en su caso, proceder al nombramiento como funcionarios en prácticas de los aspirantes propuestos, rigiéndose mientras permanezcan en esta situación por las normas que regulan este supuesto en la Administración Pública, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 364/1995, de

10 de marzo, y en el Reglamento de Régimen Interior de la Escuela de Policía Local, Protección Civil y Extinción de Incendios.

Los candidatos que superen la oposición deberán seguir con aprovechamiento un Curso Selectivo de Ingreso en la Escuela de Policía Local, Protección Civil y Extinción de Incendios del Ayuntamiento de Málaga que se regulará en detalle por el procedimiento reglamentariamente previsto. En cualquier caso, el Curso tendrá una duración máxima de 400 horas lectivas.

Terminado el Curso, la Escuela remitirá al Tribunal las calificaciones que hayan otorgado a los aspirantes. Si no alcanzan la puntuación mínima exigida para la superación del Curso, o son sancionados por la comisión de una falta muy grave prevista en el Reglamento de Régimen Interior de la Escuela, quedarán eliminados del mismo y anuladas todas las actuaciones anteriores, no pudiendo ser propuestos para su nombramiento como Bomberos. Las resoluciones del Tribunal podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y en la forma establecida por las presentes Normas y en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Finalizada la calificación de los/as aspirantes, el Tribunal publicará un anuncio en el que expresará las puntuaciones atribuidas en la oposición y en el Curso de Ingreso. El nombramiento como funcionarios de carrera será efectuado por el Excmo. Sr. Alcalde, de acuerdo con la propuesta efectuada por el Tribunal.

4. Temario y cuadros.

MATERIAS COMUNES

1. La Constitución Española de 1978. Principios generales. Garantías y suspensión de los derechos fundamentales.

2. La Corona. Funciones constitucionales del Jefe de Estado. Sucesión y regencia. Las Cortes Generales: Estructura,

composición y funciones. El Gobierno: Composición y funciones.

3. La organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas: Su organización y competencias. El Estatuto de Autonomía de Andalucía.

4. Organización y funcionamiento de la Administración Local. La Función Pública Local. Adquisición y pérdida de la condición de funcionarios. Derechos y deberes de los funcionarios. Régimen disciplinario.

5. La Administración Local: Regulación actual y entidades que comprende. Especial referencia al Municipio y la Provincia. Elementos constitutivos del Municipio: Población, territorio y organización.

MATERIAS ESPECIFICAS

1. La Protección Civil. Concepto y funciones básicas. La Protección Civil en el ámbito Local. Organización y funciones.

2. Competencias de la Administración en el ámbito local en materia de Extinción de Incendios. Organización y estructura del Real Cuerpo de Bomberos de Málaga.

3. Naturaleza del fuego. El triángulo de fuego. Productos de la combustión. Transmisión del calor.

4. Clasificación de los incendios. Sistemas de extinción. Agentes extintores. Clasificación y campo de aplicación.

5. Utiles de extinción. Extintores. Características generales. Clasificación.

6. Utiles de extinción. Mangueras. Lanzas. Piezas de

acoplamiento. Clasificación y características esenciales.

7. Medios y equipos de protección personal. Características.

8. Propiedades generales y estado físico de los cuerpos. Unidades y nociones generales. Energía. Manifestaciones y propiedades de la energía. Velocidad y aceleración.

9. Fuerza, trabajo y potencia. Unidades y nociones generales. Rendimiento. Máquinas fundamentales: Palancas, poleas, torno, engranajes, plano inclinado.

10. Equilibrio de los líquidos. Unidades y nociones generales. Densidad y presión de los líquidos. Caudal. Movimiento de los líquidos por tuberías. Pérdidas de carga. Bombas hidráulicas: Clasificación.

11. Presión de los gases. Unidades y nociones generales. Presión atmosférica. Transformación de los gases. Leyes fundamentales. Manómetros y vacuómetros.

12. Electricidad. Electricidad estática y dinámica. Tensión, intensidad y resistencia eléctrica. Leyes fundamentales.

13. Interpretación básica de planos. Sistemas de

representación, escalas, curvas de nivel, perfiles y

distancias. Símbolos normalizados más usuales. Planos de construcción e instalaciones.

14. Transmisiones. Nociones sobre frecuencia y longitud de onda. El radioteléfono. Características de su operatividad. Elementos básicos. Normas de uso y disciplina de radio. Códigos ICAO.

15. Red de carreteras del municipio: Nacionales, comarcales y locales. Principales vías urbanas de la ciudad. Situación y acceso a las principales instalaciones industriales, servicios básicos y edificios singulares de la capital.

16. Principios generales de socorrismo y primeros auxilios. Conceptos generales.

CUADRO NUMERO 1

EXCLUSIONES MEDICAS

1. Obesidad-delgadez.

Obesidad o delgadez manifiestas que dificulten o incapaciten para el ejercicio de las funciones propias del cargo.

Peso no superior ni inferior al 20% del teórico ideal,

calculado según la fórmula siguiente:

P.I. = [(talla en cm - 100) + edad ] x 0,9

4

2. Exclusiones definitivas.

2.1. Ojo y visión:

2.1.1. Agudeza visual sin corrección inferior a los dos tercios de la visión normal en ambos ojos.

2.1.2. Queratotomía radial.

2.1.3. Desprendimiento de retina.

2.1.4. Estrabismo.

2.1.5. Hemianopsias.

2.1.6. Discromatopsias.

2.1.7. Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los inspectores médicos, dificulte de manera importante la agudeza visual.

2.2. Oído y audición: Agudeza auditiva que suponga una

pérdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios o de 4.000 hertzios a 45 decibelios. Asimismo, no podrá existir una pérdida auditiva en las frecuencias conversacionales igual o superior a 30 decibelios.

2.3. Otras exclusiones:

2.3.1. Aparato locomotor: Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten el desarrollo de la función de bombero, o que puedan agravarse, a juicio de los inspectores médicos, con el desempeño del puesto de trabajo: Patología ósea de extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular o articular, defectos de columna vertebral y otros procesos óseos, musculares y articulares.

2.3.2. Aparato digestivo: Cualquier proceso digestivo que, a juicio de los inspectores médicos, dificulte el desempeño del puesto de trabajo.

2.3.3. Aparato cardio-vascular: Hipertensión arterial de cualquier causa, no debiendo sobrepasar las cifras en reposo los 145 mm/Hg en presión sistólica, y los 90 mm/Hg en presión diastólica; varices o insuficiencia venosa periférica, así como cualquier otra patología o lesión cardiovascular que, a juicio de los inspectores médicos, puedan limitar el desempeño del puesto de trabajo.

2.3.4. Aparato respiratorio: El asma bronquial, broncopatía crónica obstructiva, el neumotórax espontáneo (en más de una ocasión), la tuberculosis pulmonar activa y otros procesos del aparato respiratorio que dificulten el desarrollo de la función de bomberos.

2.3.5. Sistema nervioso: Epilepsia, depresión, jaquecas, temblor de cualquier causa, alcoholismo, toxicomanías y otros procesos patológicos que dificulten el desarrollo de la función de bombero.

2.3.6. Piel y faneras: Psoriasis, eczema, cicatrices que produzcan limitación funcional y otros procesos patológicos que dificulten o limiten el desarrollo de la función de bomberos.

2.3.7. Otros procesos patológicos: Diabetes, enfermedades transmisibles en actividad, enfermedades de transmisión sexual, enfermedad inmunológica sistémica, intoxicaciones crónicas, hemopatías graves, malformaciones congénitas, psicosis y cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los

inspectores médicos, limiten o incapaciten para el ejercicio de la función de bombero.

Estas exclusiones médicas se garantizarán con pruebas

complementarias de diagnóstico.

CUADRO NUMERO 2

PRUEBAS FISICAS

1.ª Natación: 100 metros estilo libre.

El aspirante se colocará sobre el podium de salida. Al dar la salida, los participantes comenzarán la prueba con la

zambullida y progresando en cualquier estilo. En ningún caso, el aspirante se apoyará en el suelo ni se agarrará a la corchera. Se realizará 1 sólo intento.

Marca mínima exigida:

- Hombres: 1 minutos.

- Mujeres: 1 minutos.

2.ª Trepa de cuerda.

Partiendo de pie, el aspirante trepará por la cuerda sin hacer presa ni ayudarse con los pies, hasta tocar el extremo superior de la misma. Se realizará 1 sólo intento.

Marca mínima exigida:

- Hombres y mujeres: 5 metros en 10 segundos.

3.ª Barra de equilibrio.

El aspirante atravesará caminando sobre una tabla de 5 metros de longitud y 12 cm de anchura, situada a 3 metros del suelo. Al llegar al final de la tabla pisará la señal sobre la misma y regresará al punto de partida. En ningún caso se tocará la barra con la mano. Se realizarán 2 intentos consecutivos. Tiempo máximo de ejecución:

- Hombres y mujeres: 15 segundos.

4.ª Dominadas en escala.

Suspendido en el borde lateral de la escala, con agarre dígito palmar hacia el frente, un poco más abierto que la anchura de los hombros.

- Posición inicial: Máxima extensión del codo.

- Posición final: Cuando la barbilla supere la barra.

Las repeticiones se considerarán realizadas según conteo del juez de la prueba.

Se contarán el número de esfuerzos en flexión por el número de veces que pasa la barbilla sobre el borde lateral de la escala en su parte superior.

Número de repeticiones:

- Hombres: 12 consecutivas sin límite de tiempo.

- Mujeres: 7 consecutivas sin límite de tiempo.

Se realizará 1 sólo intento.

5.ª Press de banca.

Sobre el banco en decúbito supino, agarre dígito palmar un poco más abierto de la anchura de los hombros sobre la barra, piernas flexionadas y pies a la misma altura del cuerpo.

- Posición inicial: Máxima extensión del codo.

- Posición final: Después de que la barra toque el pecho, se volverá a la posición inicial.

La extensión del codo debe ser completa, siendo el movimiento del recorrido de los brazos perpendicular (90º) respecto al cuerpo. Al final de la bajada, la barra deberá tocar el pecho.

Las repeticiones se considerarán realizadas según conteo del juez de la prueba. Número de repeticiones 15.

Peso:

- Hombres: 40 kg.

- Mujeres: 30 kg.

Se realizará un sólo intento.

6.ª Velocidad: 60 metros.

El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, pudiendo realizar la salida de pie o agachado, sin tacos. Dos intentos.

El aspirante no podrá cambiarse de calle.

El aspirante a la voz de «a sus puestos¯ se colocará en la línea de salida sin rebasarla. A la voz de «listos¯ inclinará el tronco hacia delante y flexionará la pierna adelante. A la voz de «ya¯ o pitido iniciará la carrera.

Tiempo máximo del recorrido:

- Hombres: 8 segundos.

- Mujeres: 9 segundos.

7.ª Carrera de resistencia: 1.000 metros.

El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, detrás de la línea de salida, sin sobrepasarla. A la voz de «ya¯ o pitido saldrá a recorrer la distancia requerida por calle libre. Un solo intento.

Tiempo máximo:

- Hombres: 3 minutos.

- Mujeres: 3 minutos.

Se realizará un sólo intento.

8.ª Salto de longitud con pies juntos.

El aspirante se colocará ante una raya de un metro de largo y

0,05 metros de ancho, marcada en el suelo, paralela al foso de saltos y a una distancia de 0,05 metros del borde anterior del mismo.

La medición se efectuará desde la parte de la raya más alejada del foso hasta la última huella que deje el cuerpo del

aspirante sobre la arena del foso.

Será eliminado si el salto no se produce con un impulso simultáneo de ambos pies. Será nulo aquél en el que, una vez separados los pies del suelo, vuelvan a apoyarse de nuevo para la impulsión definitiva.

Se permitirán dos intentos consecutivos.

Longitud mínima de salto:

- Hombres: 2 metros.

- Mujeres: 1,75 metros.

ANEXO 11: CONVOCATORIA DE 1 PLAZA DE INSPECTOR DEL SERVICIO DE EXTINCION DE INCENDIOS

1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de 1 plaza de Inspector del Servicio de Extinción de Incendios, incluida en la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Cometidos Especiales, perteneciente al Grupo A, en régimen funcionarial y turno libre.

2. Requisitos específicos.

- Nacionalidad española.

- Título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.

- Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B en la categoría BTP.

- Compromiso de conducir vehículos oficiales del Servicio de Protección Civil, Extinción de Incendios y Salvamentos, en concordancia con el apartado anterior.

Estos requisitos deberán reunirse por los aspirantes antes de que termine el último día del plazo de presentación de

solicitudes. Igualmente, los candidatos están obligados a acreditarlos documentalmente en el plazo fijado en la Base núm. de las Normas Generales de la Convocatoria, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga núm. 95, de 19 de mayo de 2000, y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 72, de 24 de junio de 2000.

3. Procedimiento de selección: Concurso de méritos y Curso de Habilitación.

3.1. Fase de concurso.

El concurso se regirá por el siguiente baremo:

A.1. Méritos profesionales: Se valorará como a continuación se indica, hasta un máximo de 4,5 puntos:

- Por ser funcionario de carrera con la categoría de Oficial del Servicio de Extinción de Incendios (Grupo A) en Cuerpos de Bomberos de Administraciones Locales: 2 puntos.

- Por haber desempeñado la Jefatura en Cuerpos de Bomberos de capitales de provincia: 2,5 puntos.

A.2. Méritos académicos y de formación: Se valorarán de acuerdo con el siguiente baremo y hasta un máximo de 3,5 puntos.

a) La posesión de títulos académicos oficiales, siempre que se encuentren relacionados con la plaza convocada, se valorará de acuerdo con la siguiente proporción, hasta un máximo de 1 punto:

- Título de Doctor o estudios universitarios de Postgrado:

0,5 puntos.

- Licenciatura o Escuela Técnica Superior: 0,5 puntos.

En ningún caso, el título exigido en la convocatoria, y que haya sido alegado para participar en la misma, podrá tenerse en cuenta a efectos de puntuarse en este apartado. Igualmente, el título superior que se alegue excluirá en cuanto a su posible valoración a los inferiores comprendidos en el mismo.

b) Los cursos y seminarios, siempre que se encuentren

relacionados con la plaza a que se opta e impartidos por organismos oficiales, se valorarán de acuerdo a la siguiente proporción:

- Hasta 40 horas de duración: 0,01 punto.

- De 41 a 70 horas de duración: 0,03 puntos.

- De 71 a 100 horas de duración: 0,05 puntos.

- De 101 a 200 horas de duración: 0,10 puntos.

- De 201 horas en adelante: 0,15 puntos.

No serán valorados aquellos cursos que no se justifique su duración. Cuando el aspirante haya impartido los citados cursos como ponente, se le atribuirá el triple de la puntuación expresada anteriormente, dependiendo de la duración del curso. La puntuación máxima que se podrá otorgar en este apartado será de 2 puntos.

c) La acreditación por los candidatos de que han publicado tesis, textos o artículos relacionados con materias de

extinción de incendios y seguridad se puntuará con 0,25 puntos por cada tesis; 0,20 puntos por cada texto y 0,15 puntos por cada artículo, hasta un máximo de 0,5 puntos.

A.3. Se efectuará una entrevista curricular a los aspirantes, que se calificará con un máximo de 2 puntos.

El Tribunal podrá otorgar en esta fase de concurso un máximo de 10 puntos.

3.2. Curso de Habilitación.

El Tribunal, terminada la calificación de los aspirantes, publicará un anuncio comprensivo de las puntuaciones obtenidas por los aspirantes en orden decreciente, precisando el

candidato que haya obtenido la mayor calificación, que será el que pase al Curso de Habilitación.

El Excmo. Sr. Alcalde, de conformidad con la propuesta

anterior, podrá, en su caso, proceder al nombramiento como funcionario en prácticas del aspirante propuesto, rigiéndose mientras permanezca en esta situación por las normas que regulan este supuesto en la Administración Pública, de

conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y en el Reglamento de Régimen Interior de la Escuela de Policía Local, Protección Civil y Extinción de Incendios.

El candidato que supere el concurso deberá seguir con

aprovechamiento un Curso Selectivo de Habilitación que será organizado por la Escuela de Policía Local, Protección Civil y Extinción de Incendios del Ayuntamiento de Málaga, regulándose en detalle por el procedimiento reglamentariamente previsto. En cualquier caso, el Curso tendrá una duración máxima de 100 horas lectivas.

Terminado el Curso, la Escuela remitirá al Tribunal la

calificación que haya otorgado al aspirante. Si no alcanza la puntuación mínima exigida para la superación del Curso, o es sancionado por la comisión de una falta muy grave prevista en el Reglamento de Régimen Interior de la Escuela, quedará eliminado del mismo y anuladas todas las actuaciones

anteriores, no pudiendo ser propuesto para su nombramiento como Inspector.

Terminada la calificación del aspirante, el Tribunal publicará anuncio que expresará las calificaciones obtenidas en el concurso y en el Curso de Habilitación. El nombramiento será efectuado por el Excmo. Sr. Alcalde en base a la propuesta efectuada por el Tribunal.

Málaga, 4 de septiembre de 2000.- El Alcalde, P.D., El Tte. Alcalde Delegado de Personal y Organización, Manuel Ramos Gámez. B) Fase de oposición.

Se desarrollará del siguiente modo:

B.1. Primer ejercicio: Pruebas psicotécnicas, encaminadas a evaluar la idoneidad del candidato para el puesto a cubrir.

A estos efectos, el Tribunal podrá solicitar la colaboración de los asesores técnicos que estime oportuno. Este ejercicio será eliminatorio y se calificará de apto o no apto.

B.2. Segundo ejercicio: De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en contestar en el plazo máximo de 90 minutos un test de 70 preguntas sobre el conjunto del temario que se adjunta. La puntuación a otorgar por la realización de este ejercicio será de 0 a 10 puntos, debiendo los aspirantes alcanzar para superarlo, como mínimo, 5 puntos.

B.3. Tercer ejercicio: De carácter igualmente obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en un supuesto práctico cuyo contenido estará relacionado con el temario y con el puesto de trabajo, elaborado por el Tribunal momentos antes de su realización. Dicho ejercicio tendrá una duración máxima de 150 minutos y el Tribunal podrá exigir que sea leído posteriormente por los interesados. La puntuación a otorgar por la realización de este ejercicio será de 0 a 10 puntos, debiendo los aspirantes alcanzar para superarlo, como mínimo, 5 puntos.

3.3. Finalizada la calificación, el Tribunal hará pública la relación definitiva de aprobados en el concurso-oposición, por orden de puntuación, en la que constarán las calificaciones otorgadas en cada prueba, en el concurso y el resultado final. Para ello se adicionarán los puntos obtenidos en la fase de concurso con los atribuidos en la fase de oposición. En el supuesto de que se produzca un empate en la puntuación obtenida por los aspirantes en el concurso-oposición, se seguirá para resolverlo el criterio de la mayor puntuación obtenida por los candidatos en el ejercicio práctico de la fase de oposición y, de persistir el empate, se atenderá a la mayor edad de los aspirantes.

3.4. Curso de Habilitación.

El Tribunal, terminada la calificación de los aspirantes, publicará la relación de los que hayan obtenido las mejores puntuaciones en orden decreciente y sumen un número igual al de plazas a cubrir, que serán los que pasen al Curso de

Habilitación.

El Excmo. Sr. Alcalde, de conformidad con la propuesta

anterior, podrá, en su caso, proceder al nombramiento como funcionarios en prácticas de los aspirantes propuestos, rigiéndose mientras permanezcan en esta situación por las normas que regulan este supuesto en la Administración Pública, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 364/1995, de

10 de marzo, y en el Reglamento de Régimen Interior de la Escuela de Policía Local, Protección Civil y Extinción de Incendios.

Los candidatos que superen el concurso-oposición deberán seguir con aprovechamiento un Curso Selectivo de Habilitación que será organizado por la Escuela de Policía Local, Protección Civil y Extinción de Incendios del Ayuntamiento de Málaga, regulándose en detalle por el procedimiento reglamentariamente previsto. En cualquier caso, el Curso tendrá una duración máxima de 100 horas lectivas.

Terminado el Curso, la Escuela remitirá al Tribunal las calificaciones que hayan otorgado a los aspirantes. Si no alcanzan la puntuación mínima exigida para la superación del Curso o son sancionados por la comisión de una falta muy grave prevista en el Reglamento de Régimen Interior de la Escuela, quedarán eliminados del mismo y anuladas todas las actuaciones anteriores, no pudiendo ser propuestos para su nombramiento como Suboficiales.

Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará anuncio que expresará las calificaciones obtenidas en el concurso-oposición y en el Curso de Habilitación. El nombramiento será efectuado por el Excmo. Sr. Alcalde en base a la propuesta efectuada por el Tribunal.

4. Temario y cuadros.

MATERIAS COMUNES

1. La Constitución Española de 1978. Principios generales. Derechos fundamentales y libertades públicas. Garantías y suspensión de los derechos fundamentales.

2. La Corona. Funciones constitucionales del Jefe de Estado. Sucesión y regencia. El refrendo.

3. Las Cortes Generales: Estructura, composición y funciones. Funcionamiento de las Cámaras. Status de los parlamentarios.

4. El Gobierno, composición y funciones. La Administración del Estado. El Poder Judicial.

5. Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas: Su organización y competencias. El Estatuto de Autonomía de Andalucía.

6. Estructura de la Administración Local: Entes Locales básicos y opcionales. Organización y competencias del Municipio. Organización y competencias de la Provincia.

7. Organización y funcionamiento de la Administración Local: El Alcalde. Los Tenientes de Alcalde. El Pleno. La Comisión de Gobierno. Organos complementarios.

8. La Función Pública Local. Adquisición y pérdida de la condición de funcionarios. Derechos y deberes de los

funcionarios. Régimen disciplinario.

MATERIAS ESPECIFICAS

1. La Ley 2/85, de Protección Civil. Fundamento jurídico. Organización territorial y funciones de Protección Civil.

2. La Protección Civil en el ámbito local. Organización y funciones.

3. Planificación de las emergencias. Objetivos. Clasificación de los Planes de Emergencia. Elementos a destacar en la elaboración de los Planes de Emergencia.

4. Plan de Autoprotección en locales y edificios. Guía de elaboración. Evaluación del riesgo. Medios de Protección. Plan de emergencia. Implantación.

5. El Plan de Emergencia Municipal. Confección del mapa de riesgos potenciales. Catalogación de medios y recursos. Activación del Plan. Estructura del Plan.

6. El Plan Municipal de Inundaciones. El Plan Provincial de Incendios Forestales. El Plan Provincial del Sector Químico.

7. La Norma Básica de la Edificación NBE.CPI-96. Objeto y ámbito de aplicación. Compartimentación. Evacuación: Elementos de la evacuación. Señalización.

8. La Norma Básica de la Edificación NBE.CPI-96. Comportamiento ante el fuego de los elementos constructivos y materiales. Instalaciones generales y locales de riesgo especial.

9. Reglamento de instalaciones de protección contra incendios. R.D. 1942/93.

10. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/95. Objeto y ámbito de aplicación. La seguridad personal y colectiva.

11. Reglamento General de Policía y Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas. Ambito de aplicación. Requisitos que deben reunir los edificios y locales destinados a espectáculos.

12. Reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas. Conceptos y principios generales de protección del medio ambiente.

13. Reglamento de aparatos elevadores. Aspectos generales y medidas de protección.

14. Reglamento de aparatos a presión sobre extintores de incendios. Normas UNE. Descripción y ensayos.

15. Reglamento de explosivos. Normativa reguladora de la manipulación y uso de artificios en la realización de

espectáculos públicos de fuegos artificiales.

16. La inspección de las condiciones de protección contra incendios. Conceptos básicos. Metodología general. Pruebas y mantenimiento de los sistemas de protección contra incendios.

17. Investigación básica de incendios. Conceptos. El proceso de observación. La toma de datos.

18. Ordenanzas Fiscales. Tasas por los Servicios de Extinción de Incendios y Salvamentos. Sujeto pasivo y responsables. Prestaciones del Servicio sujetas a tasas. Exenciones.

19. Estructura y organización de los Servicios de Extinción de Incendios y Salvamentos. Servicios municipales, provinciales y estatales. Modelos de gestión. Servicios privados.20. La Reglamentación de los Cuerpos de Bomberos. Características esenciales.

21. El Real Cuerpo de Bomberos de Málaga. Funciones y

competencias. Estructura y funcionamiento. Organización territorial en el municipio.

22. Instalaciones de los Parques. Descripción y justificación. El centro de comunicaciones. Organización y funciones.

Instalaciones auxiliares y especiales. El mantenimiento de las instalaciones.

23. Elementos operativos básicos. El material. Los vehículos contra incendios. Planificación de las emergencias. Recursos movilizables.

24. El Jefe de Zona. El Jefe de Turno. El Jefe de Unidad. Cometidos y funciones generales: La Guardia. El turno y su composición. Planificación de las salidas. Las revisiones. La formación durante la guardia.

25. Técnicas de dirección de personal: Concepto, funciones y responsabilidades. Forma de las órdenes y estilos de mando. Planificación y organización del trabajo.

26. El Acuerdo de Funcionarios. Calendarios y jornadas

laborales. Permisos reglamentarios. Planificación de los descansos.

27. La formación. Metodología didáctica. Los grupos y su dinámica. El proceso de enseñanza y aprendizaje. La

comunicación didáctica. Recursos.

28. La documentación del Servicio. Clasificación. Tipos de partes e Informes. Peticiones y comunicados. Su tramitación interna.

29. El comportamiento humano ante las emergencias. Conductas adaptadas e inadaptadas. La multitud. Fases del comportamiento humano ante el pánico. Medidas preventivas.

30. Intervención en centro de distribución y llenado de G.L.P. Fases. Medidas preventivas.

31. Intervención en incendio en gran superficie comercial. Zona de almacenaje. Fases. Medidas preventivas.

32. Intervención en accidente e incendio en avión de pasajeros. La coordinación con los servicios del Aeropuerto.

33. Intervención en accidentes portuarios. Riesgos que pueden presentarse. La coordinación con los servicios del Puerto.

34. Intervención en incendio en centro hospitalario.

Características del siniestro. La evacuación. Fases.

35. Intervención en incendio en centro hotelero. Fases y medidas preventivas.

36. Empujes del terreno. Concepto y variables. Entibación de zanjas y túneles. Métodos y medidas preventivas.

37. Cimentaciones y muros. Tipos. Métodos constructivos. Apuntalamiento de los mismos. Medidas preventivas.

38. Entramados. Elementos verticales y horizontales que los componen. Suelos simples y compuestos. Viguetas y vigas maestras. Voladizos.

39. Cubiertas. Material de cubrición. Disposiciones generales. Estructuras de las cubiertas. Forjados. Clasificación. Forjados especiales.

40. Ruinas. Manifestación del estado de ruina. Tipo de

lesiones. Medidas de actuación. Medidas de seguridad.

Hundimientos. Medidas de demolición. La seguridad en los trabajos de demolición.

ANEXO 10: CONVOCATORIA DE 3 PLAZAS DE SARGENTO DE EXTINCION DE INCENDIOS

1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de 3 plazas de Sargento de Extinción de Incendios, incluidas en la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Servicio de Extinción de Incendios, pertenecientes al Grupo C, en régimen funcionarial y turno de promoción interna.

2. Requisitos específicos.

- Título de Bachiller Superior, FP 2 o equivalente (la

equivalencia académica deberá ser acreditada mediante

certificado oficial expedido por el Organismo Público

competente), o bien una antigüedad de diez años en las

categorías del Grupo D de la Clase Servicio de Extinción de Incendios.

- Los aspirantes, además de poseer el título indicado

anteriormente, deberán ostentar una antigüedad de, al menos, 2 años de servicio en plazas correspondientes a la categoría de Cabo de Extinción de Incendios de este Excmo. Ayuntamiento.

Estos requisitos deberán reunirse por los aspirantes antes de que termine el último día del plazo de presentación de

solicitudes. Igualmente, los candidatos están obligados a acreditarlos documentalmente en el plazo fijado en la base núm.

51 de las Normas Generales de la Convocatoria.

3. Procedimiento de selección: Concurso-oposición y Curso de Habilitación.

3.1. La convocatoria constará de 2 fases, concurso-oposición y Curso de Habilitación. Los candidatos para aprobar la

convocatoria deberán superar las 2 fases descritas que se desarrollarán como a continuación se indica. En lo no

especificado en este Anexo, se aplicarán las Normas Generales de la convocatoria publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga núm. 31, de 16 de febrero de 1998.

3.2. Calificación del concurso-oposición: El proceso selectivo se ajustará a lo determinado en el Capítulo VIII de las Normas Generales de la Convocatoria, desarrollándose con las

peculiaridades que a continuación se indican:

A) Fase de concurso.

El concurso se regirá por el siguiente baremo:

A.1. Méritos profesionales: La antigüedad en el servicio activo, siendo la fecha tope computable el último día del plazo de presentación de instancias, se valorará como a continuación se indica, hasta un máximo de 5 puntos:

- Por cada año de servicio o fracción superior a 6 meses como Bombero: 0,25 puntos.

- Por cada año de servicio o fracción superior a 6 meses como Cabo de Extinción de Incendios: 0,75 puntos.

No se computarán a estos efectos los períodos inferiores a 6 meses.

A.2. Méritos académicos y de formación: Se valorarán de acuerdo con el siguiente baremo y hasta un máximo de 5 puntos.

a) La posesión de títulos académicos oficiales, siempre que se encuentren relacionados con la plaza convocada, se valorará de acuerdo con la siguiente proporción, hasta un máximo de 1 punto:

- Título medio universitario: 0,5 puntos.

- Título FP 2, Bachiller Superior o equivalente: 0,3 puntos.

- Título FP 1, Graduado Escolar o equivalente: 0,2 puntos.

En ningún caso, el título exigido en la convocatoria, y que haya sido alegado para participar en la misma, podrá tenerse en cuenta a efectos de puntuarse en este apartado. Igualmente, el título superior que se alegue excluirá, en cuanto a su posible valoración, a los inferiores comprendidos en el mismo. Tampoco se tomarán en consideración las titulaciones superiores en más de un grado a la exigible.

b) Los cursos y seminarios, siempre que se encuentren

relacionados con la plaza a que se opta e impartidos por organismos oficiales, se valorarán de acuerdo a la siguiente proporción:

- De 10 a 40 horas de duración: 0,01 punto.

- De 41 a 70 horas de duración: 0,03 puntos.

- De 71 a 100 horas de duración: 0,05 puntos.

- De 101 a 200 horas de duración: 0,10 puntos.

- De 201 horas en adelante: 0,15 puntos.

No serán valorados aquellos cursos cuya duración sea inferior a 10 horas o que no se justifique su duración. Cuando el aspirante haya impartido los citados cursos como ponente, se le atribuirá el doble de la puntuación expresada anteriormente, dependiendo de la duración del curso. La puntuación máxima que se podrá otorgar en este apartado será de 3,5 puntos.

c) La acreditación por los candidatos de que han publicado tesis, textos o artículos relacionados con materias de

extinción de incendios y seguridad se puntuará con 0,25 puntos por cada tesis 0,20 puntos por cada texto y 0,15 puntos por cada artículo, hasta un máximo de 0,5 puntos.

El Tribunal podrá otorgar en esta fase de concurso un máximo de 10 puntos.

B) Fase de oposición.

Se desarrollará del siguiente modo:

B.1. Primer ejercicio: De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en contestar en el plazo máximo de 80 minutos un test de 60 preguntas sobre el conjunto del temario que se adjunta. La puntuación a otorgar por la realización de este ejercicio será de 0 a 10 puntos, debiendo los aspirantes alcanzar para superarlo, como mínimo, 5 puntos.

B.2. Segundo ejercicio: Pruebas psicotécnicas, encaminadas a evaluar la idoneidad del candidato para el puesto a cubrir.

A estos efectos, el Tribunal podrá solicitar la colaboración de los asesores técnicos que estime oportuno. Este ejercicio será eliminatorio y se calificará de apto o no apto.

B.3. Tercer ejercicio: De carácter igualmente obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en un supuesto práctico cuyo contenido estará relacionado con el temario y con el puesto de trabajo, elaborado por el Tribunal momentos antes de su realización. Dicho ejercicio tendrá una duración máxima de 120 minutos y el Tribunal podrá exigir que sea leído posteriormente por los interesados. La puntuación a otorgar por la realización de este ejercicio será de 0 a 10 puntos, debiendo los aspirantes alcanzar para superarlo, como mínimo, 5 puntos.

3.3. Finalizada la calificación, el Tribunal hará pública la relación definitiva de aprobados en el concurso-oposición, por orden de puntuación, en la que constarán las calificaciones otorgadas en cada prueba, en el concurso y el resultado final. Para ello se adicionarán los puntos obtenidos en la fase de concurso con los atribuidos en la fase de oposición. En el supuesto de que se produzca un empate en la puntuación obtenida por los aspirantes en el concurso-oposición, se seguirá para resolverlo el criterio de la mayor puntuación obtenida por los candidatos en el ejercicio práctico de la fase de oposición y, de persistir el empate, se atenderá a la mayor edad de los aspirantes.

3.4. Calificación del Curso de Habilitación.

El Tribunal, terminada la calificación de los aspirantes, publicará la relación de los que hayan obtenido las mejores puntuaciones en orden decreciente y sumen un número igual al de plazas a cubrir, que serán los que pasen al Curso de

Habilitación.

El Excmo. Sr. Alcalde, de conformidad con la propuesta

anterior, podrá, en su caso, proceder al nombramiento como funcionarios en prácticas de los aspirantes propuestos, rigiéndose mientras permanezcan en esta situación por las normas que regulan este supuesto en la Administración Pública, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 364/1995, de

10 de marzo, y en el Reglamento de Régimen Interior de la Escuela de Policía Local, Protección Civil y Extinción de Incendios.

Los candidatos que superen el concurso-oposición deberán seguir con aprovechamiento un Curso Selectivo de Habilitación que será organizado por la Escuela de Policía Local, Protección Civil y Extinción de Incendios del Ayuntamiento de Málaga, regulándose en detalle por el procedimiento reglamentariamente previsto. En cualquier caso, el Curso tendrá una duración máxima de 100 horas lectivas.

Terminado el Curso, la Escuela remitirá al Tribunal las calificaciones que hayan otorgado a los aspirantes. Si no alcanzan la puntuación mínima exigida para la superación del Curso o son sancionados por la comisión de una falta muy grave prevista en el Reglamento de Régimen Interior de la Escuela, quedarán eliminados del mismo y anuladas todas las actuaciones anteriores, no pudiendo ser propuestos para su nombramiento como Sargentos.

Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará anuncio que expresará las calificaciones obtenidas en la fase de concurso-oposición y en el Curso de Habilitación. El nombramiento será efectuado por el Excmo. Sr. Alcalde en base a la propuesta efectuada por el Tribunal.

4. Temario y cuadros.

MATERIAS COMUNES

1. La Constitución Española de 1978. Principios generales. Derechos fundamentales y libertades públicas. Garantías y suspensión de los derechos fundamentales.

2. La Corona. Funciones constitucionales del Jefe de Estado. Sucesión y regencia. El refrendo.

3. Las Cortes Generales. Estructura, composición y funciones. Funcionamiento de las Cámaras. Status de los parlamentarios.

4. El Gobierno, composición y funciones. La Administración del Estado. El Poder Judicial.

5. Organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas: Su organización y competencias. El Estatuto de Autonomía de Andalucía.

6. Estructura de la Administración Local: Entes Locales básicos y opcionales. Organización y competencias del Municipio. Organización y competencias de la Provincia.

7. Organización y funcionamiento de la Administración Local: El Alcalde. Los Tenientes de Alcalde. El Pleno. La Comisión de Gobierno. Organos complementarios.

8. La Función Pública Local. Adquisición y pérdida de la condición de funcionarios. Derechos y deberes de los

funcionarios. Régimen disciplinario.

MATERIAS ESPECIFICAS

1. La Ley 2/85, de Protección Civil. Organización y funciones de la Protección Civil.

2. El Plan de Emergencia Municipal. Confección del mapa de riesgos potenciales. Catalogación de medios y recursos. Activación del Plan. Estructura del Plan.

3. El Plan Municipal de Inundaciones. El Plan Provincial de Incendios Forestales. El Plan Provincial del Sector Químico.

4. La Norma Básica de la Edificación NBE.CPI-96.

Compartimentación. Evacuación: Instalaciones generales y locales de riesgo especial. Instalaciones de protección contra incendios.

5. Reglamento de Instalaciones de Protección contra incendios. Sistemas de detección, alarma y extinción de incendios. Instalación de alumbrado de emergencia. Dotación y

características generales.

6. Reglamento General de Policía y Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas. Ambito de aplicación. Requisitos que deben reunir los edificios y locales destinados a espectáculos.

7. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/95. Objeto y ámbito de aplicación. La seguridad personal y colectiva.

8. Ordenanzas Fiscales. Tasas por los Servicios de Extinción de Incendios y Salvamentos. Sujeto pasivo y responsables.

Prestaciones del Servicio sujetas a tasas. Exenciones.

9. Técnicas de dirección de personal: Concepto, funciones y responsabilidades. Formas y estilos de mando. Planificación y organización del trabajo.

10. La formación. Métodos de formación. Principios básicos. Niveles de formación. Formación básica y permanente del bombero.

11. Organización del Servicio. Funciones y competencias de los distintos Departamentos. Zonificación de los Parques. Ambito geográfico de actuación. Coordinación general. El centro de comunicaciones.

12. El Sargento como Jefe de Parque. Cometidos y funciones generales. La Guardia. Organización del personal de las Salidas. Las revisiones diarias. El mantenimiento de las instalaciones. Planificación de los descansos. Programación de las prácticas y actividades formativas.

13. La documentación del Servicio. Clasificación. Tipos de Partes e Informes. Peticiones y comunicados. Su tramitación interna.

14. El comportamiento humano en situaciones de emergencia. La multitud. Fases de comportamiento. El pánico. Medidas

preventivas.

15. Instalaciones generales de los edificios. Descripción. Riesgos de incendio y propagación. Protección de incendios.

16. El humo. Movimiento del humo en los edificios. Composición, efectos y comportamiento de los incendios. Su influencia en la extinción.

17. La ventilación. La presión positiva. Su uso en la

extinción. Desarrollo y métodos. Equipos. Uso y mantenimiento.

18. La protección personal: Objetivos y conceptos.

Clasificación. La protección respiratoria. El equipo de respiración autónomo. Descripción, uso y mantenimiento.

19. Material de exploración. Detectores y analizadores. Medidores de oxígeno y explosímetros. Cámaras térmicas. Detectores geofísicos. Descripción, uso y mantenimiento de los mismos.

20. Investigación básica de incendios. Conceptos. El proceso de observación. La toma de datos.

21. Mercancías peligrosas. Reglamentos y normativas sobre el transporte de mercancías peligrosas. Clasificación de las mercancías peligrosas. Identificación de las mercancías peligrosas. Señalización.

22. Explosiones. Concepto y clasificación. Ondas expansivas y sus efectos. Métodos de intervención. Características y efectos de los términos Bleve, Flashover y Backdraft.

23. Metodología general de las intervenciones. Tren de salida. Salidas de apoyo. Fases y operaciones. Consideraciones

generales.

24. Intervención en siniestro con mercancías peligrosas en situación de almacenamiento, transporte y derrame. Fases. Medidas de prevención y extinción.

25. Intervención en incendio en centro de transformación de energía eléctrica. Fases. Medidas de prevención y extinción.

26. Intervención en incendio en edificio de gran altura. Fases. Medidas de prevención y extinción.

27. Intervención en incendios en túneles. Fases. Medidas de seguridad.

28. Intervención en incendios bajo rasante. Caso especial de aparcamientos subterráneos. Fases y medidas preventivas.

29. Intervención en incendios forestales. Métodos y fases de la extinción. Medios a emplear.

30. Intervención en salvamento y rescate de heridos atrapados en ascensor bloqueado. Fases. Medidas de seguridad.

31. Empujes de terreno. Concepto y variables. Entibación de zanjas y túneles. Métodos y medidas preventivas.

32. Cimentaciones y muros. Tipos. Métodos constructivos. Apuntalamiento de los mismos. Medidas preventivas.

33. Entramados. Elementos verticales y horizontales que los componen. Suelos simples y compuestos. Viguetas y vigas maestras. Voladizos.

34. Cubiertas. Material de cubrición. Disposiciones generales. Estructuras de las cubiertas. Forjados. Clasificación. Forjados especiales.

35. Ruinas. Manifestación del estado de ruina. Tipo de

lesiones. Medidas de actuación. Medidas de seguridad.

Hundimientos. Medidas de demolición. La seguridad en los trabajados de demolición.

ANEXO 11: CONVOCATORIA DE 11 PLAZAS DE CABO DE EXTINCION DE INCENDIOS

1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de 11 plazas de Cabo de Extinción de Incendios, incluidas en la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Servicio de Extinción de Incendios, pertenecientes al Grupo D, en régimen funcionarial y turno de promoción interna.

2. requisitos específicos.

- Título de Graduado Escolar, Formación Profesional 1 grado o equivalente (la equivalencia académica deberá ser acreditada mediante certificado oficial expedido por el Organismo Público competente).

- Los aspirantes, además de poseer el título indicado

anteriormente, deberán ostentar una antigüedad de, al menos, 2 años de servicio en plazas correspondientes a la categoría de bombero de Extinción de Incendios de este Excmo. Ayuntamiento.

Estos requisitos deberán reunirse por los aspirantes antes de que termine el último día del plazo de presentación de

solicitudes. Igualmente, los candidatos están obligados a acreditarlos documentalmente en el plazo fijado en la Base núm. de las Normas Generales de la convocatoria.

3. Procedimiento de selección: Concurso-oposición y Curso de Habilitación.

3.1. La convocatoria constará de 2 fases, concurso-oposición y Curso de Habilitación. Los candidatos, para aprobar la

convocatoria, deberán superar las 2 fases descritas, que se desarrollarán como a continuación se indica. En lo no

especificado en este Anexo, se aplicarán las Normas Generales de la convocatoria, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga núm. 31, de 16 de febrero de 1998.

3.2. Calificación del concurso-oposición.

El proceso selectivo se ajustará a lo determinado en el Capítulo VIII de las Normas Generales de la convocatoria, desarrollándose con las peculiaridades que a continuación se indican:

A) Fase de concurso.

El concurso se regirá por el siguiente baremo:

A.1. Méritos profesionales: La antigüedad en el servicio activo, siendo la fecha tope computable el último día del plazo de presentación de instancias, se valorará como a continuación se indica, hasta un máximo de 5 puntos:

- Por cada año de servicio completo o fracción superior a 6 meses como Bombero: 0,25 puntos.

No se computarán a estos efectos los períodos inferiores a 6 meses.

A.2. Méritos académicos y de formación: Se valorarán de acuerdo con el siguiente baremo y hasta un máximo de 5 puntos.

a) La posesión de títulos académicos oficiales, siempre que se encuentren relacionados con la plaza convocada, se valorará de acuerdo con la siguiente proporción, hasta un máximo de 0,5 puntos:

- Título F.P. 2, Bachiller Superior o equivalente: 0,3

puntos.

- Título F.P. 1, Graduado Escolar o equivalente: 0,2 puntos.

En ningún caso, el título exigido en la convocatoria, y que haya sido alegado para participar en la misma, podrá tenerse en cuenta a efectos de puntuarse en este apartado. Igualmente, el título superior que se alegue excluirá en cuanto a su posible valoración a los inferiores comprendidos en el mismo. Tampoco se tomarán en consideración las titulaciones superiores en más de un grado a la exigible.

b) Los cursos y seminarios, siempre que se encuentren

relacionados con la plaza a que se opta e impartidos por organismos oficiales, se valorarán de acuerdo a la siguiente proporción:

- De 10 a 40 horas de duración: 0,01 punto.

- De 41 a 70 horas de duración: 0,03 puntos.

- De 71 a 100 horas de duración: 0,05 puntos.

- De 101 a 200 horas de duración: .0,10 puntos.

- De 201 horas en adelante: 0,15 puntos.

No serán valorados aquellos cursos cuya duración sea inferior a 10 horas o que no se justifique su duración. Cuando el aspirante haya impartido los citados cursos como ponente, se le atribuirá el doble de la puntuación expresada anteriormente, dependiendo de la duración del curso. La puntuación máxima que se podrá otorgar en este apartado será de 4 puntos.

c) La acreditación por los candidatos de que han publicado tesis, textos o artículos relacionados con materias de

extinción de incendios y seguridad, se puntuará con 0,25 puntos por cada tesis, 0,20 puntos por cada texto y 0,15 puntos por cada artículo, hasta un máximo de 0,5 puntos.

El Tribunal podrá otorgar en esta fase de concurso un máximo de 10 puntos.

B) Fase de oposición.

Se desarrollará del siguiente modo:

B.1. Primer ejercicio: De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en contestar en el plazo máximo de 70 minutos un test de 50 preguntas sobre el conjunto del temario que se adjunta. La puntuación a otorgar por la realización de este ejercicio será de 0 a 10 puntos, debiendo los aspirantes alcanzar para superarlo, como mínimo, 5 puntos.

B.2. Segundo ejercicio: Pruebas psicotécnicas, encaminadas a determinar la idoneidad del candidato para el puesto a cubrir.

A estos efectos, el Tribunal podrá solicitar la colaboración de los asesores técnicos que estime oportuno. Este ejercicio será eliminatorio y se calificará de apto o no apto.

B.3. Tercer ejercicio: De carácter igualmente obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en un supuesto práctico, cuyo contenido estará relacionado con el temario y con el puesto de trabajo, elaborado por el Tribunal momentos antes de su realización. Dicho ejercicio tendrá una duración máxima de 90 minutos y podrá ser leído posteriormente por los interesados. La puntuación a otorgar por la realización de este ejercicio será de 0 a 10 puntos, debiendo los

aspirantes alcanzar para superarlo, como mínimo, 5 puntos.

3.3. Finalizada la calificación, el Tribunal hará pública la relación definitiva de aprobados en el concurso-oposición, por orden de puntuación, en la que constarán las calificaciones otorgadas en cada prueba, en el concurso y el resultado final. Para ello se adicionarán los puntos obtenidos en la fase de concurso con los atribuidos en la fase de oposición. En el supuesto de que se produzca un empate en la puntuación obtenida por los aspirantes en el concurso-oposición, se seguirá para resolverlo el criterio de la mayor puntuación obtenida por los candidatos en el ejercicio práctico de la fase de oposición y, de persistir el empate, se atenderá a la mayor edad de los aspirantes.

3.4. Calificación del Curso de Habilitación.

El Tribunal, terminada la calificación de los aspirantes, publicará la relación de los que hayan obtenido las mejores puntuaciones en orden decreciente y sumen un número igual al de plazas a cubrir, que serán los que pasen al Curso de

Habilitación.

El Excmo. Sr. Alcalde, de conformidad con la propuesta

anterior, podrá, en su caso, proceder al nombramiento como funcionarios en prácticas de los aspirantes propuestos, rigiéndose mientras permanezcan en esta situación por las normas que regulan este supuesto en la Administración Pública, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 364/1995, de

10 de marzo, y en el Reglamento de Régimen Interior de la Escuela de Policía Local, Protección Civil y Extinción de Incendios.

Los candidatos que superen el concurso-oposición deberán seguir con aprovechamiento un Curso Selectivo de Habilitación en la Escuela de Policía Local, Protección Civil y Extinción de Incendios del Ayuntamiento de Málaga que se regularán en detalle por el procedimiento reglamentariamente previsto. En cualquier caso, el Curso tendrá una duración máxima de 100 horas lectivas.

Terminado el Curso, la Escuela remitirá al Tribunal las calificaciones que hayan otorgado a los aspirantes. Si no alcanzan la puntuación mínima exigida para la superación del Curso, o son sancionados por la comisión de una falta muy grave prevista en el Reglamento de Régimen Interior de la Escuela, quedarán eliminados del mismo y anuladas todas las actuaciones anteriores, no pudiendo ser propuestos para su nombramiento como Cabos.

Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará anuncio que expresará las calificaciones obtenidas en el concurso-oposición y en el Curso de Habilitación. El nombramiento será efectuado por el Excmo. Sr. Alcalde en base a la propuesta efectuada por el Tribunal.

4. Temario y cuadros.

MATERIAS COMUNES

1. La Constitución Española de 1978. Principios generales. Derechos fundamentales y libertades públicas. Garantías y suspensión de los derechos fundamentales.

2. La Corona. Funciones constitucionales del Jefe de Estado. Sucesión y regencia. El refrendo.

3. Las Cortes Generales. Estructura, composición y

funcionamiento. El Gobierno: Composición y funciones.

4. Organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas: Su organización y competencias. El Estatuto de Autonomía de Andalucía.

5. Estructura de la Administración Local: Entes Locales básicos y opcionales. Organización y competencias del Municipio. Organización y competencias de la Provincia.

MATERIAS ESPECIFICAS

1. La Protección Civil. Concepto y funciones básicas. La Protección Civil en el ámbito Local.

2. Plan de Autoprotección en locales y edificios. Guía de elaboración. Evaluación del riesgo. Medios de Protección. Plan de emergencia. Implantación.

3. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/95. Objeto y ámbito de aplicación. Derechos y obligaciones de los

trabajadores en materia de prevención de riesgos.

4. Instalaciones de protección contra incendios. Definición y componentes. Características principales.

5. Documentación del Servicio. Clasificación. Tipos de partes. El Parte de Intervención. Elementos esenciales. El informe de la intervención.

6. Utiles de extinción. Mangueras. Lanzas. Piezas de

acoplamiento. Clasificación y características esenciales.

7. Equipos de extinción. Espumas. Principio de funcionamiento. Generadores y proporcionadores. Características principales.

8. Extintores portátiles. Clasificación. Eficacia y criterios de calidad. Emplazamiento y señalización.

9. Materiales y equipos de elevación, tracción. Gatos

hidráulicos. Cabrestantes. Cojines elevadores. Características principales. Medidas de seguridad.

10. Materiales y equipos de corte y separación. Equipo de oxicorte. Lanza térmica. Radiales. Motosierras. Equipo

hidráulico de descarcelación. Características principales. Medidas de seguridad.

11. Material de iluminación y suministro eléctrico.

Características. Medidas de seguridad. Material de aislamiento eléctrico.

12. Vehículo de contra incendios. Clasificación.

Especificaciones técnicas. Instalación hidráulica. Dotación y equipamiento. Autoescalas y brazo articulado. Características principales.

13. Equipos de protección personal. El equipo personal. Equipos de protección respiratoria. Trajes de protección térmica y química. Características principales.

14. Mercancías peligrosas. Reglamentos y normativas sobre transporte de mercancías peligrosas. Clasificación de las mercancías peligrosas. Identificación y señalización.

15. El incendio forestal. Causas, prevención y extinción. Factores que influyen en su desarrollo. Organización local y provincial.

16. Técnicas de extinción. Incendios en pisos. Medios que intervienen en este tipo de siniestros. Fases que componen la intervención. Operaciones a realizar.

17. Técnicas de intervención en accidentes de tráfico. Fases de una operación de desencarcelación. Consideraciones generales en este tipo de accidente.

18. Intervención en incendio en nave industrial. Fases. Medidas de prevención y extinción.

19. Intervención en derrame de mercancías peligrosas en transporte por carretera. Fases. Medidas de prevención y extinción.

20. Construcción aplicada. Naturaleza de los terrenos y su comportamiento. Muros. Clasificación. Materiales empleados en su construcción. Huecos en los muros. Denominación de sus elementos.

21. Entramados. Elementos verticales y horizontales que los componen. Suelos simples y compuestos. Viguetas y vigas maestras. Voladizos.

22. Cubiertas. Material de cubrición. Disposiciones generales. Estructuras de las cubiertas. Forjados. Clasificación. Formados especiales.

ANEXO 12: CONVOCATORIA DE 2 PLAZAS DE BOMBERO

1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de 2 plazas de Bombero, incluidas en la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Extinción de Incendios, pertenecientes al Grupo D, en régimen funcionarial y turno libre.

2. Requisitos específicos.

- Título de Graduado Escolar, Formación Profesional 1 Grado o equivalente.

- Estar en posesión del permiso de conducción de la clase C.

- Compromiso de conducir vehículos oficiales del Servicio de Protección Civil, Extinción de Incendios y Salvamentos, en concordancia con el apartado anterior.

Estos requisitos deberán reunirse por los aspirantes antes de que termine el último día del plazo de presentación de

solicitudes. Igualmente, los candidatos están obligados a acreditarlos documentalmente en el plazo fijado en la Base núm. de las Normas Generales de la Convocatoria, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga núm. 31, de 16 de febrero de 1998.

3. Procedimiento de selección: Oposición y Curso de Ingreso.

3.1. El procedimiento selectivo se ajustará a lo determinado en el Capítulo VI de las Normas Generales de la convocatoria, con las siguientes particularidades:

a) Primer ejercicio: De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Constará de dos pruebas:

1.ª prueba: Consistirá en contestar un test de 40 preguntas, con respuestas alternativas, sobre el conjunto del temario que se adjunta, en el plazo máximo de 60 minutos. Los aspirantes deberán alcanzar, al menos, 5 puntos para superar esta prueba, que se valorará de 0 a 10 puntos, quedando excluidos los candidatos que no obtengan la puntuación mínima anteriormente expuesta. El desarrollo de esta primera prueba se efectuará de acuerdo con lo dispuesto en la Base núm..e) de las Normas Generales de la Convocatoria.

2.ª prueba: Consistirá en una prueba de evaluación psicológica, que incluye ejercicios aptitudinales y de personalidad. Dichos ejercicios se ajustarán al profesiograma de las plazas de bomberos convocadas, teniéndose en cuenta los siguientes factores:

a) Aptitudes intelectuales: Se valorarán los factores de inteligencia general, razonamiento lógico, aptitud numérica, aptitud verbal, aptitud espacial y aptitud mecánica.

b) Personalidad: Se valorarán los factores de estabilidad emocional, responsabilidad, control personal/autocontrol, rapidez decisión/acción/iniciativa, flexibilidad/adaptación y capacidad de trabajo en equipo.

Los citados factores serán ponderados en su importancia por el Tribunal, que tendrá presente para ello las funciones atribuidas a las plazas que se pretenden cubrir. A estos efectos, el Tribunal podrá solicitar la colaboración de los asesores técnicos que estime oportuno. Esta segunda prueba psicotécnica será eliminatoria y se calificará de apto o no apto, siendo necesario para superar la prueba obtener la calificación de apto.

b) Segundo ejercicio: Pruebas físicas. De carácter igualmente obligatorio y eliminatorio. Previamente a la realización de este ejercicio, los candidatos deberán presentar al Tribunal un certificado médico que acredite su aptitud para efectuar las pruebas físicas. Los candidatos que no aporten dicho

certificado, o del mismo se deduzca que no pueden realizar el ejercicio, serán declarados no aptos por el Tribunal y

excluidos de la convocatoria. Asimismo, antes de la realización de este ejercicio, los aspirantes serán examinados por los servicios médicos del Ayuntamiento, con la finalidad de analizar si superan el cuadro de exclusiones médicas que se incorpora al presente Anexo. A tal efecto, los candidatos deberán ser declarados aptos por el Tribunal, a la vista del informe médico emitido, para poder efectuar las pruebas físicas, siendo eliminados de la convocatoria los declarados no aptos.

Las pruebas físicas serán las que se detallan en el cuadro adjunto al presente Anexo. Para superar estas pruebas, los candidatos deberán obtener la condición aptos. Resultarán eliminados los aspirantes que no superen alguna de las marcas mínimas, siendo declarados en consecuencia no aptos.

Inmediatamente después de realizadas cada una de las pruebas, se declarará por el Tribunal el apto o no para pasar a la prueba siguiente y así sucesivamente.

El orden de ejecución de las pruebas será determinado por el Tribunal libremente.

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