Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 125 de 31/10/2000

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE ALMUÑECAR (GRANADA)

RESOLUCION 2548/2000, de 10 de octubre, de la Alcaldía, sobre rectificación de errores en anuncio de bases.

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Al amparo de lo dispuesto en el art. 105 de la Ley/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se rectifican los errores detectados en la convocatoria para provisión de una plaza de Suboficial de la Policía Local vacante en la plantilla de este Ayuntamiento, publicada en el BOP de Granada núm., de 23 de agosto de 2000, y BOJA núm., de

16 de septiembre de 2000, en el siguiente sentido:

Base 6.ª

Donde dice: 6.5. El Tribunal no podrá constituirse, ni actuar, sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros (Presidente y Vocales) titulares o suplentes, indistintamente.

Queda redactado: 6.5. El Tribunal no podrá constituirse, ni actuar, sin la asistencia de, al menos, cuatro de los Vocales y el Presidente, titulares o suplentes, indistintamente.

Base 8.ª

Donde dice: El proceso selectivo constará de las siguientes pruebas y fases:

1. Examen médico.

2. Selección.

2.1. Concurso.

2.2. Oposición.

3. Curso de capacitación.

8.1. Examen médico: Se efectuará con sujeción al cuadro de exclusiones médicas que garanticen la idoneidad, conforme a las prescripciones contenidas en la Orden de 29 de enero de 1993 (BOJA núm. 13, de 6 de febrero). Anexo III.

8.2. Selección: La selección constará de dos fases: Una de concurso y otra de oposición.

La calificación total del concurso-oposición estará determinada por la suma de la puntuación obtenida en ambas fases.

8.2.1. Fase de concurso: Esta fase será previa a la de oposición, no tendrá carácter eliminatorio y no podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

Constituido el Tribunal, éste procederá con carácter previo a la evaluación de los méritos alegados y justificados por los/as aspirantes y que figuran, de conformidad con la Orden de 29 de enero de 1993, de la Consejería de Gobernación, en el Anexo V, teniendo en cuenta que en ningún caso la valoración de los méritos puede ser superior al 45% de la máxima prevista para la fase de oposición.

Terminada la valoración de méritos de los/as aspirantes y antes de dar comienzo a los ejercicios de la fase de oposición, se hará pública aquélla en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

8.2.2. Fase de oposición: Constará de las siguientes pruebas y ejercicios:

Primera. Prueba de aptitud física. Los/as aspirantes realizarán los ejercicios físicos que para el acceso a Suboficial se describen en la Orden de 29 de enero de 1993, de la Consejería de Gobernación, detalladas en el Anexo II de la presente convocatoria y en el orden que se establecen.

El Tribunal valorará con la calificación de apto/a o no apto/a. En caso de que en alguna de las pruebas citadas el/la aspirante no supere la marca mínima exigida, se le calificará de no apto/a, no pasando a la prueba siguiente al ser todas ellas eliminatorias.

Para la realización de las pruebas de aptitud física, los/as aspirantes deberán entregar al Tribunal un certificado médico en el que se haga constar que reúnen las condiciones físicas para las pruebas deportivas recogidas en el Anexo II.

Segunda. Prueba psicotécnica. Consistirá en la realización de uno o más test que evalúen los factores que se indican en el Anexo IV.

Tercera. Prueba de conocimientos.

Primer ejercicio. Consistirá en desarrollar por escrito, en un período máximo de tres horas, dos temas extraídos al azar de entre los que figuran en el programa de materias de estas bases. Anexo I.

Segundo ejercicio. Consistirá en la resolución por escrito, en un período máximo de dos horas, de dos casos prácticos

relacionados con el programa de materias de estas bases. Anexo I.

Se calificará de 0 a 10 puntos cada uno de los ejercicios, siendo necesario, para aprobar, obtener como mínimo 5 puntos en cada uno de ellos.

La calificación final será la suma de ambos dividido por dos.

8.3. Curso de capacitación: Superar con aprovechamiento el curso de capacitación en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía o Escuelas de Policía de las Corporaciones Locales.

Queda redactado: El proceso selectivo constará de las

siguientes pruebas y fases:

1. Selección.1.1. Concurso.

1.2. Oposición.

2. Curso de capacitación.

8.1. Selección: La selección constará de dos fases: Una de concurso y otra de oposición.

La calificación total del concurso-oposición estará determinada por la suma de la puntuación obtenida en ambas fases.

8.1.1. Fase de concurso: Esta fase será previa a la de

oposición, no tendrá carácter eliminatorio y no podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

Constituido el Tribunal, éste procederá con carácter previo a la evaluación de los méritos alegados y justificados por los/las aspirantes y que figuran, de conformidad con la Orden de 29 de enero de la Consejería de Gobernación, en el Anexo V, teniendo en cuenta que en ningún caso la valoración de los méritos puede ser superior al 45% de la máxima prevista para la fase de oposición.

Terminada la valoración de méritos de los/las aspirantes y antes de dar comienzo a los ejercicios de la fase de oposición, se hará pública aquélla en el tablón de anuncios del

Ayuntamiento.

8.1.2. Fase de oposición: Constará de las siguientes pruebas y ejercicios:

Primera. Prueba de aptitud física. Los/as aspirantes

realizarán los ejercicios físicos que para el acceso a

Suboficial se describen en la Orden de 29 de enero de 1993, de la Consejería de Gobernación, detalladas en el Anexo II de la presente convocatoria y en el orden que se establecen.

El Tribunal valorará con la calificación de apto/a o no apto/a. En caso de que en alguna de las pruebas citadas el/la aspirante no supere la marca mínima exigida, se le calificará de no apto/a, no pasando a la prueba siguiente al ser todas ellas eliminatorias.

Para la realización de las pruebas de aptitud física, los/as aspirantes deberán entregar al Tribunal un certificado médico en el que se haga constar que reúnen las condiciones físicas para las pruebas deportivas recogidas en el Anexo II.

Segunda. Examen médico. Se efectuará con sujeción al cuadro de exclusiones médicas que garanticen la idoneidad, conforme a las prescripciones contenidas en la Orden de 29 de enero de

1993 (BOJA núm. 13, de 6 de febrero). Anexo III. Tercera. Prueba psicotécnica. Consistirá en la realización de uno o más test que evalúen los factores que se indican en el Anexo IV.

Cuarta. Prueba de conocimientos.

Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito, en un período máximo de tres horas, dos temas extraídos al azar entre los que figuran en el programa de materias de estas bases. Anexo I.

Segundo ejercicio. Consistirá en la resolución por escrito, en un período máximo de dos horas, de dos casos prácticos

relacionados con el programa de materias de estas bases. Anexo I.

Se calificará de 0 a 10 puntos cada uno de los ejercicios, siendo necesario, para aprobar, obtener como mínimo 5 puntos en cada uno de ellos.

La calificación final, será la suma de ambos, dividido por dos.

8.2. Curso de capacitación: Superar con aprovechamiento el curso de capacitación de la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía o Escuelas de Policía de las Corporaciones Locales.

ANEXO IV

PRUEBA PSICOTECNICA

Donde dice: Aptitudes específicas: Comprensión y fluidez verbal, razonamiento verbal y espacial, y memoria. Atributos que requieren una puntuación alta.

Queda redactado: Aptitudes específicas: Comprensión y fluidez verbal, razonamiento verbal y espacial, y memoria. Atributos que requieren una puntuación media-alta.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Almuñécar, 10 de octubre de 2000.- El Alcalde.

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