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En cumplimiento del artículo 15 de la Orden de 3 de enero de 2000 (BOJA núm. 8, de 22 de enero de 2000), por la que se regula la cooperación con las Diputaciones Provinciales y los Ayuntamientos de municipios con población superior a los veinte mil habitantes, pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Andalucía, en materia de Servicios Sociales Comunitarios, se da publicidad de los siguientes Convenios:
Convenio de Cooperación entre la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Huelva para el desarrollo de Servicios Sociales Comunitarios
Financiación:
- M.º Trabajo y Asuntos Sociales (Plan Concertado): 64.442.000 ptas.
- Consejería de Asuntos Sociales (Plan Concertado): D. G. Bienestar Social: 86.677.000 ptas.
- Servicios Sociales Comunitarios: 86.677.000 ptas. D. G. de Infancia y Familia: 3.000.000 de ptas.
- Ayudas económicas familiares: 3.000.000 de ptas. Total M.A.S. más C.A.: 154.119.OOO ptas.
- Ayuntamiento: 285.143.536 ptas.
Total Convenio: 439.262.536 ptas.
Convenio de Cooperación entre la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía y la Diputación Provincial de Huelva para el desarrollo de Servicios Sociales Comunitarios
Financiación:
- M.º de Trabajo y Asuntos Sociales (Plan Concertado):
125.085.000 ptas.
- Consejería de Asuntos Sociales (Plan Concertado): D. G. de Bienestar Social: 154.459.000 ptas.
- Servicios Sociales Comunitarios: 125.459.000 ptas. D. G. de Infancia y Familia 13.515.773 ptas.
- Ayudas económicas familiares: 13.515.773 ptas. Total M.A.S. más C.A.: 293.059.773 ptas.
- Diputación Provincial: 293.163.680 ptas. Total Convenio: 586.223.453 ptas.
Sevilla, 11 de octubre de 2000.- La Secretaria General Técnica, M.ª Angeles Martín Vallejo.
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