Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 138 de 30/11/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 25 de octubre de 2000, por la que se concede autorización de un ciclo formativo de grado superior, por sustitución de otro, al Centro privado de Educación Secundaria San José, de Málaga.

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Visto el expediente instruido a instancia de don José Luis Jiménez del Nido, como representante de la Fundación Loyola Andalucía y Canarias, titular del Centro de Educación Secundaria «San José¯, sito en Málaga, calle Virgen de las Flores, núm. 23, solicitando modificación de la autorización de ciclos formativos de Formación Profesional Específica de grado superior, por sustitución del Ciclo de Técnico Superior en Desarrollo de Proyectos Urbanísticos y Operaciones Topográficas por el de Técnico Superior en Desarrollo y Aplicación de Proyectos de Construcción, de acuerdo con lo establecido en el art. 19.e) del Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA de 20 de junio), sobre autorizaciones de Centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general.

Resultando que por Orden de 23 de julio de 1997 (BOJA de 9 de agosto), el Centro privado «San José¯, de Málaga, tiene autorización definitiva como Centro de Educación Secundaria para impartir las enseñanzas correspondientes al ciclo formativo de Formación Profesional Específica de grado superior de Técnico Superior en Desarrollo de Proyectos Urbanísticos y Operaciones Topográficas.

Resultando que consultado al Servicio de Supervisión y Normalización de la Dirección General de Construcciones y Equipamiento Escolar informa que los espacios formativos, superficie y grado de utilización para los dos ciclos formativos son idénticos.

Vistos: La Constitución española; la Ley Orgánica 8/1985, de

3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la participación, evaluación y el gobierno de los Centros docentes; la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común; el Real Decreto 1004/91, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias; el Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, modificado y completado por el Real Decreto 173/98, de 16 de febrero; el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorización de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General; el Real Decreto 777/98, de 30 de abril, por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la Formación Profesional en el ámbito del sistema educativo, y demás normas de vigente aplicación.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero. Autorizar, de acuerdo con el artículo 19.e) del Decreto 109/1992, de 9 junio, al Centro privado «San José¯, de Málaga, autorización para la sustitución de las enseñanzas del ciclo formativo de Formación Profesional Específica de grado superior de Técnico Superior en «Desarrollo de Proyectos Urbanísticos y Operaciones Topográficas¯ por las enseñanzas del ciclo formativo de Formación Profesional Específica de grado superior de Técnico Superior en «Desarrollo y Aplicación de Proyectos de Construcción¯.

Segundo. El ciclo formativo de Formación Profesional Específica de Técnico Superior autorizado mantiene la misma capacidad de 30 puestos escolares.

Tercero. Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Cuarto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-

administrativa ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Ciencia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículo 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 25 de octubre de 2000

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación y Ciencia

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