Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 146 de 19/12/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 23 de octubre de 2000, de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, por la que se declara como singular la adjudicación de 25 viviendas de promoción pública que se construyen en C/ Alta, en Málaga, al amparo del expediente MA- 95-060/C.

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El Decreto 166/1999, de 27 de julio, por el que se regulan las actuaciones contenidas en el III Plan Andaluz de Vivienda y Suelo 1999-2002, establece en su Disposición Adicional Octava que el procedimiento especial de adjudicación de viviendas de Promoción Pública denominado Actuación Singular previsto en el artículo 6.º del Decreto 413/1990, de 26 de diciembre, sobre adjudicación de viviendas de Promoción Pública, se denominará Adjudicación Singular. Dicho artículo 6.º establece la posibilidad de acordar la realización de actuaciones singulares destinadas a solucionar necesidades derivadas de operaciones de remodelación, relocalización y similares o aquellas otras que se consideren de interés social singular por el contenido del procedimiento o los objetivos perseguidos y que afecten a colectivos de poblaciones concretos, con la obligación de incorporar en la resolución las normas de adjudicación específicas ajustadas a las circunstancias de la operación concreta.

La Comisión Provincial de Vivienda de Málaga, en su sesión celebrada el día 12 de junio de 2000, acordó elevar a la Dirección General de Arquitectura y Vivienda propuesta de declarar como singular la adjudicación de 25 viviendas de promoción pública que se construyen en C/ Alta, en Málaga, al amparo del expediente MA-95-060/C.

Con la adjudicación singular propuesta se pretende atender diversas necesidades, como son realojos motivados por operaciones de remodelación, personas residentes en la zona en situación de infravivienda, futuros matrimonios, jóvenes menores de 35 años, así como a residentes mayores de 65 años.

En su virtud, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo

6 del Decreto 413/1990, de 26 de diciembre, y a propuesta de la Comisión Provincial de la Vivienda de Málaga, esta Dirección General ha tenido a bien resolver lo siguiente:

Primero. Se declara como singular la adjudicación de 25 viviendas de promoción pública que se construyen en C/ Alta, en Málaga, al amparo del expediente MA-95-060/C.

Segundo. Las viviendas serán adjudicadas de acuerdo con las normas específicas que figuran como Anexo a esta Resolución.

Tercero. La presente disposición entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 23 de octubre de 2000.- El Director General, Juan Morillo Torres.

NORMAS ESPECIFICAS DE ADJUDICACION DE 25 VIVIENDAS DE PROMOCION PUBLICA QUE SE CONSTRUYEN EN C/ ALTA, EN MALAGA, AL AMPARO DEL EXPEDIENTE MA-95-060/C

Primera. Podrán solicitar la adjudicación de estas viviendas unidades familiares que se encuentren en la lista de espera de

2.ª ocupación vigente en la fecha de entrada en vigor de esta Resolución, teniendo en cuenta los siguientes cupos:

a) 12 viviendas se destinan a familias procedentes de realojos.

b) 7 viviendas se destinan a unidades familiares cuyos titulares tengan menos de 35 años y sean residentes en el sector donde se ubica la promoción.

c) 3 viviendas se destinan a unidades familiares cuyos titulares tengan más de 65 años, residentes en el sector donde se encuentra la promoción.

d) 3 viviendas se destinan a unidades familiares de hasta 3 miembros residentes en el sector donde se ubica la promoción.

Segunda. 1. El régimen de adjudicación de las viviendas será el de arrendamiento.

2. Los adjudicatarios deberán reunir los requisitos

establecidos en el Decreto 413/1990, de 26 de diciembre, no pudiendo sus ingresos anuales ponderados ser superiores al millón de pesetas, conforme al artículo 37 del Decreto

166/1999, de 27 de julio.

Tercera. Corresponde al Instituto Municipal de la Vivienda del Ayuntamiento de Málaga la elaboración de la lista

provisional de adjudicatarios, que una vez aprobada por el Consejo Rector será remitida, acompañada de toda la

documentación, a la Comisión Provincial de la Vivienda de Málaga.

Cuarta. La aprobación de la lista definitiva y la

adjudicación de las indicadas viviendas corresponde a la Comisión Provincial de la Vivienda, siguiéndose a partir de entonces el procedimiento regulado en los artículos 14 y siguientes del Decreto 413/1990, de 26 de diciembre.

Dada la urgencia de la situación y conforme al artículo 1.º de la Orden de 9 de mayo de 1980 sobre agilización de actuaciones del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, en la promoción directa de viviendas de Protección Oficial se podrá hacer uso del procedimiento de urgencia regulado en el artículo 50 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico y del Procedimiento

Administrativo Común.

Quinta. Las Resoluciones de la Comisión Provincial de

Vivienda sobre adjudicación del presente grupo serán

recurribles mediante recurso de alzada ante el titular de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

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